AMPLIACION ORDENANZA Nº 1253- FRACCIONAMIENTO LOPEZ

AMPLIACION ORDENANZA Nº 1253- FRACCIONAMIENTO LOPEZ

                                              Villa de Merlo (San Luis), 03 de Octubre de 2012.-

 
 

ORDENANZA Nº VIII-0500 HCD-2012

               
VISTO: 
La presentación efectuada por la Sra. MARIA CRISTINA VILLARREAL; y:
 
CONSIDERANDO:
Que a través de la misma, (que obra ingresada a éste cuerpo como Nota Recibida Nº 510-HCD-2012, de fecha 20.09.2012); la mencionada, solicita ser incluida dentro del listado de personas beneficiarias que estableció la Ordenanza Nº 1253-HCD-2011.-
Que la mencionada norma legal dispuso una excepción en cuanto a la superficie de lotes se refiere de acuerdo a la zona, permitiendo el fraccionamiento de la forma propuesta, por tratarse de situaciones ya consumadas de personas con familias numerosas y de medianos y bajos recursos económicos.-
Que este nuevo caso planteado por VILLARREAL reúne idénticas circunstancias que las planteadas en la Ordenanza Nº 1253-HCD-2011. Por ejemplo, la peticionante acredita la donación que le efectuara su padre Máximo López; sus bajos recursos; la existencia de tres hijas menores de edad de 14, 12 y 10 años de edad, actualmente; proyecto de Plano de Obra de la vivienda que tiene en ejecución.-
Que la presentación de referencia pasó a la Comisión de Planeamiento del Concejo, la que a su vez presentó su dictámen al Plenario del Cuerpo, quienes por unanimidad decidieron hacer lugar al pedido de la interesada, tal como está formulado.-
 
POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE  LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA LA SIGUIENTE:
 

ORDENANZA

ART.1º: INCORPORAR, por las razones expuestas en los considerandos de la presente Ordenanza, a la MARIA CRISTINA VILLARREAL, D.N.I. Nº 21.948.961, dentro del listado de personas beneficiarias que reconoce la Ordenanza Nº VIII-0221-HCD-2011 (1253), y en consecuencia AUTORIZAR, a que su parcela integre el fraccionamiento regulado en la citada norma legal.-
ART. 2º: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE ARCHIVESE.-
 
http://hcdvillademerlo.com.ar.j8a.com.ar/autorizar-fraccionamiento-maximo-lopez/

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