REGULARIZACION DE DEUDAS

REGULARIZACION DE DEUDAS

                                          Villa de Merlo (San Luis), 22 de febrero de 2012

 

ORDENANZA VII-0460-2012-HCD

 
 
VISTO:
El nivel relativamente alto de deudores morosos de Tasas que presenta la Municipalidad de la Villa de Merlo; y:
 
CONSIDERANDO:

Que es necesario definir una política de recaudación para mejorar dichos índices y que a su vez, resulte equitativo para quienes cumplen adecuadamente con sus compromisos de pago.

Que a efectos de realizar una mejor prestación de los servicios es necesario concientizar a la  comunidad de la necesidad de lograr una mejor recaudación.

POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD  VILLA DE MERLO, SAN LUIS,  EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA LA SIGUIENTE:

 

O R D E N A N Z A

 
ART. 1°: ESTABLECER a partir del 1º de marzo del corriente y hasta el día 31 de mayo de 2012, un plan de regularización de deudas de tasas de servicios a la propiedad y tasas de comercio e industria.-
 

 I.-           RÉGIMEN GENERAL

 
Todo contribuyente que no este al día y que no quede comprendido en el Inciso II podrá acogerse al presente plan:
OPCIÓN CONTADO: 15% de descuento de los intereses por mora. Accede al beneficio del Inciso III.-
PLANES DE CUOTAS: se otorgarán planes de hasta 24 cuotas con descuento en los intereses por mora de acuerdo a la siguiente tabla:
 

Cuotas Descuento de Interés por Mora Interés x financiación Anticipo
Contado 15%
Hasta 6 10% 0,50% 15%
De 7 a 12 5% 0,75% 15%
De 13 a 24 1,00% 15%

 
La falta de pago de 2 cuotas seguidas o alternadas (en el caso de la opción de 7 a 12 cuotas); y de 3 cuotas seguidas o alternadas (en  el caso de la opción de 13 a 24 cuotas), acarreará la sanción del decaimiento del plan elegido, imputándose lo abonado a la deuda general y perdiendo el contribuyente los descuentos y facilidades establecidos en la presente Ordenanza.-
 
 

  • PLAN SOCIAL ESPECIAL

 
Toda persona que acredite condición de jubilado o pensionado, beneficiarios del plan jefes de hogar, plan de inclusión social, seguridad comunitaria, u otros y empleados de la administración pública municipal y provincial, podrá acogerse al plan social especial:
OPCIÓN CONTADO: 20% de descuento de los intereses por mora. Accede al beneficio del Inciso III.-
PLANES DE CUOTAS: se otorgarán planes de hasta 24 cuotas con descuento en los intereses por mora de acuerdo a la siguiente tabla:
 
 

Cuotas Descuento de Interés x Mora Interés x financiación Anticipo
Contado 20%
Hasta 6 15% 0,25% 5%
De 7 a 12   0,40% 5%
De 13 a 24       0,75% 5%

 
La falta de pago de 2 cuotas seguidas o alternadas (en el caso de la opción de 7 a 12 cuotas); y de 3 cuotas seguidas o alternadas (en  el caso de la opción de 13 a 24 cuotas), acarreará la sanción del decaimiento del plan elegido, imputándose lo abonado a la deuda general y perdiendo el contribuyente los descuentos y facilidades establecidos en la presente Ordenanza.-
 

 III.-        DESCUENTOS Y BENEFICIOS POR BUEN CONTRIBUYENTE

Todos aquellos contribuyentes que pagaron en término el año 2011 acceden a los  siguientes beneficios:

OPCIÓN CONTADO: quien opte por realizar el pago anual 2012 de contado recibe la bonificación de UNA CUOTA (la última).-

Quien no opte por la opción contado recibirá la bonificación del importe equivalente a MEDIA CUOTA  del año 2012, siempre y cuando no registre deuda vencida al vencimiento de la misma.-

Quienes regularicen su situación mediante la opción contado de los Incisos I y II de la presente Ordenanza quedan comprendidos de igual manera en el presente régimen de  beneficios.-

 
ART. 2°: El Departamento Ejecutivo Municipal dará amplia difusión al plan determinado por esta Ordenanza.
 
ART. 3°: COMUNIQUESE, REGISTRESE, NOTIFIQUESE, PUBLIQUESE Y OPORTUNAMENTE ARCHIVESE.-
 
 

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