Villa de Merlo (San Luis), 22 de febrero de 2012
ORDENANZA VII-0460-2012-HCD
VISTO:
El nivel relativamente alto de deudores morosos de Tasas que presenta la Municipalidad de la Villa de Merlo; y:
CONSIDERANDO:
Que es necesario definir una política de recaudación para mejorar dichos índices y que a su vez, resulte equitativo para quienes cumplen adecuadamente con sus compromisos de pago.
Que a efectos de realizar una mejor prestación de los servicios es necesario concientizar a la comunidad de la necesidad de lograr una mejor recaudación.
POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ART. 1°: ESTABLECER a partir del 1º de marzo del corriente y hasta el día 31 de mayo de 2012, un plan de regularización de deudas de tasas de servicios a la propiedad y tasas de comercio e industria.-
I.- RÉGIMEN GENERAL
Todo contribuyente que no este al día y que no quede comprendido en el Inciso II podrá acogerse al presente plan:
OPCIÓN CONTADO: 15% de descuento de los intereses por mora. Accede al beneficio del Inciso III.-
PLANES DE CUOTAS: se otorgarán planes de hasta 24 cuotas con descuento en los intereses por mora de acuerdo a la siguiente tabla:
Cuotas | Descuento de Interés por Mora | Interés x financiación | Anticipo |
Contado | 15% | — | — |
Hasta 6 | 10% | 0,50% | 15% |
De 7 a 12 | 5% | 0,75% | 15% |
De 13 a 24 | — | 1,00% | 15% |
La falta de pago de 2 cuotas seguidas o alternadas (en el caso de la opción de 7 a 12 cuotas); y de 3 cuotas seguidas o alternadas (en el caso de la opción de 13 a 24 cuotas), acarreará la sanción del decaimiento del plan elegido, imputándose lo abonado a la deuda general y perdiendo el contribuyente los descuentos y facilidades establecidos en la presente Ordenanza.-
- – PLAN SOCIAL ESPECIAL
Toda persona que acredite condición de jubilado o pensionado, beneficiarios del plan jefes de hogar, plan de inclusión social, seguridad comunitaria, u otros y empleados de la administración pública municipal y provincial, podrá acogerse al plan social especial:
OPCIÓN CONTADO: 20% de descuento de los intereses por mora. Accede al beneficio del Inciso III.-
PLANES DE CUOTAS: se otorgarán planes de hasta 24 cuotas con descuento en los intereses por mora de acuerdo a la siguiente tabla:
Cuotas | Descuento de Interés x Mora | Interés x financiación | Anticipo |
Contado | 20% | — | — |
Hasta 6 | 15% | 0,25% | 5% |
De 7 a 12 | 0,40% | 5% | |
De 13 a 24 | 0,75% | 5% |
La falta de pago de 2 cuotas seguidas o alternadas (en el caso de la opción de 7 a 12 cuotas); y de 3 cuotas seguidas o alternadas (en el caso de la opción de 13 a 24 cuotas), acarreará la sanción del decaimiento del plan elegido, imputándose lo abonado a la deuda general y perdiendo el contribuyente los descuentos y facilidades establecidos en la presente Ordenanza.-
III.- DESCUENTOS Y BENEFICIOS POR BUEN CONTRIBUYENTE
Todos aquellos contribuyentes que pagaron en término el año 2011 acceden a los siguientes beneficios:
OPCIÓN CONTADO: quien opte por realizar el pago anual 2012 de contado recibe la bonificación de UNA CUOTA (la última).-
Quien no opte por la opción contado recibirá la bonificación del importe equivalente a MEDIA CUOTA del año 2012, siempre y cuando no registre deuda vencida al vencimiento de la misma.-
Quienes regularicen su situación mediante la opción contado de los Incisos I y II de la presente Ordenanza quedan comprendidos de igual manera en el presente régimen de beneficios.-
ART. 2°: El Departamento Ejecutivo Municipal dará amplia difusión al plan determinado por esta Ordenanza.
ART. 3°: COMUNIQUESE, REGISTRESE, NOTIFIQUESE, PUBLIQUESE Y OPORTUNAMENTE ARCHIVESE.-