Villa de Merlo (San Luis), 29 de Noviembre de 2010.-
ORDENANZA Nº 1222-HCD-2010
VISTO:
La Ordenanza Nº 1173-HCD-2009, que mantuvo la creación de becas en su oportunidad solicitadas, para cubrir la atención de alumnos especiales a la escuela común para este año 2010; y:
CONSIDERANDO:
Que a su vez, las Ordenanzas anteriores Nº 965-HCD-2006; Nº 1007-HCD-2006; Nº 1074-HCD-2007; Nº 1101-HCD-2008 y Nº 1173-HCD-2009, fueron dictadas en el mismo sentido.-
Que en el corriente año con fecha 21.10.2010, ingresaron las Notas Recibidas Nº 620-HCD-2010 y Nº 636-HCD-2010, mediante la cual la Asociación APATri- 21 y padres de otros niños, solicitan la renovación de las becas en cuestión, para el próximo Año 2011.-
Que a su vez éstos niños, han logrado importantes avances, los cuales evidencian una singular significación, por lo que un cambio de escuelas significaría un atraso en sus desarrollos.-
Que por todo ello piden al Cuerpo la renovación de las Becas para el próximo año 2011.-
Que al Concejo le sigue quedado completamente en claro el avance de éstos niños y maduración incluso de las personas que trabajan con ellos, razón por la cual por unanimidad se decidió en la reunión de Comisión de Hacienda y HCD, dar curso a éste pedido, y lo mismo sucedió en la Comisión Plenario del Cuerpo.-
POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
ART. 1º: MANTENER, la cantidad de TRES (03) Becas Mensuales para los siguientes niños: CAROLINA MAGALI MOYANO, AZUL YAEL SAPIO MARVEGGIO y SANTINO ARIAS MORALES, a fin de darle continuidad (y comenzar en el caso de los dos últimos), a la integración de los mismos, en la Escuela Modelo de Educación Integral, (E.M.E.I.), por la suma de PESOS TRES MIL TRESCIENTOS OCHENTA ($ 3.380,00.-).-, anuales en total, cada una de ellas, las que deberán abonarse de la siguiente forma: la suma de $580.- en concepto de Matrícula/Inscripción en el mes de Enero de 2011 y la suma de $280.- en concepto de Matrícula mensual, por diez meses del año lectivo 2011 para cada uno de ellos.-
ART. 2º: MANTENER, la cantidad de DOS (02) Becas Mensuales para los niños JUAN MANUEL MOREIRA y TOBIAS MORENO (el segundo estaba en E.M.E.I.), a fin de darle continuidad a la integración de los mismos, en la “Escuela San Francisco de Asís”, por la suma de PESOS DOS MIL SEISCIENTOS ($2.600,00).-anuales en total, la que deberá abonarse de la siguiente forma: la suma de $400.- en concepto de Matrícula/Inscripción en el mes de Enero de 2011 y la suma de $220.-, en concepto de Matrícula mensual, por diez meses del año lectivo 2011.-
ART. 3º: ORDENAR, al D.E.M., a incluir en el Presupuesto del Año 2011, las erogaciones resultantes para dar cumplimiento a lo ordenado en los dos Artículos precedentes.-
ART. 4º: MANTENER, los criterios adoptados y ordenados en los Artículos Nº 4º y 5º, de la Ordenanza Nº 965-HCD-2006; Art. 5º de la Ordenanza Nº 1007-HCD-2006; Ordenanza Nº 1074-HCD-2007; Ordenanza Nº 1101-HCD-2008; y Ordenanza Nº 1173-HCD-2009; con la sola modalidad de que en adelante éstos beneficios serán otorgados en forma personal a los beneficiarios y que el Municipio a través del Área correspondiente, realizará los pagos directamente a los Establecimientos Educacionales mencionados en los Arts. 1º y 2º de la Presente Ordenanza, según corresponda.-
ART. 5º: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-