Villa de Merlo, (San Luís), 24 de agosto de 2011.-
ORDENANZA Nº 1251-HCD-2011.-
VISTO:
La Nota Recibida Nº 494-HCD-09; el pedido de Profesionales de la Construcción; el pedido del Sr. Juez de Faltas; los casos tratados oportunamente por la Comisión Evaluadora y posteriormente por el HCD; y las Ordenanzas Nº 1232-HCD-2010 y Nº 1246-HCD-2011, referidas a la necesidad de regularizar obras existentes; y:
CONSIDERANDO:
Que resulta de suma importancia poner fin a la situación irregular de obras sin declarar anteriores a la Ordenanza Nº 744-HCD-2000, clandestinas y otras con violaciones a las Ordenanzas vigentes.-
Que estamos en momentos históricos desde un punto de vista Urbanístico, a punto ya, de la sanción de una nueva y específica Ordenanza de Planeamiento Urbano.-
Que esta nueva Ordenanza introducirá nuevos conceptos en cuanto al USO y OCUPACION del suelo en la Villa de Merlo.-
Que existen importantes avances llevados a cabo por el Equipo de trabajo destinado a la confección de esta nueva Ordenanza, integrado por Profesionales de los Colegios de Arquitectos, de Ingenieros, profesionales del Ejecutivo Municipal y miembros del HCD.-
Que este nuevo proyecto propone cambios sustanciales en lo que se refiere a Zonificación y modificaciones de los Indicadores Urbanísticos, todos ellos tratados oportunamente en reuniones previas con el HCD.-
Que la aprobación de tal norma resulta inminente y en un breve plazo.-
Que las Ordenanzas Nº 1232-HCD-2010 y Nº 1246-HCD-2011, tienen por objeto Regularizar la situación de Construcciones, para de esta manera poder dar comienzo, con un nuevo Código de Planeamiento un una nueva etapa de Desarrollo Urbanístico de la Villa de Merlo, con la menor cantidad de situaciones complejas y conflictivas dentro de un nuevo marco Legal.-
Que pese a lo normado en la Ordenanza Nº 1246-HCD-2011, sancionada con el objeto de prorrogar la fecha de vencimiento de la Ordenanza Nº 1232-HCD-2010, no se ha percibido una adhesión en la medida de lo esperado dadas las cantidades de irregularidades que se observan y que acciona a diario el Cuerpo de Inspectores de la Secretaría de Planeamiento.-
Que con motivo de las recientes e innumerables visitas realizadas a vecinos de la Villa, se ha observado, el desconocimiento de la Ordenanza Nº 1232-HCD-2010, de sus alcances, fines y beneficios.-
Que si bien muchos vecinos tienen conocimiento de los aspectos generales, desconocen otros aspectos importantes como los Articulados referidos a la Clasificación de Faltas (Art. 6º) y lo referido a las Condiciones de Pago (Art. 7º) generando por estos motivos cierta aprensión a su adhesión por temor a multas o sanciones y a la adquisición de compromisos de pagos fuera de su alcance.-
Que esta misma situación se observó también para aquellos Propietarios de Construcciones Comerciales e Industriales para cuyos casos también se contempló la Ordenanza y con beneficios adicionales como en el caso de las Construcciones Industriales contempladas en su (Art. 8º).-
Que resulta aún oportuna y conveniente la sanción de una nueva prórroga dado la situación legislativa en la que se encuentra la nueva Ordenanza referida al Código de Planeamiento.-
Que la inminente sanción de un nuevo Código de Planeamiento generaría una difícil situación de Resolución de aquellas obras y/o Ampliaciones sin Planos Aprobados pero conformes a las Ordenanzas vigentes (Ordenanza Nº 744-HCD-2000 y sus modificatorias) ya que éstas serían Derogadas por la nueva Ordenanza.-
Que para tal fin disponemos de un tiempo necesario para ejecutar una importante campaña de difusión de dicha Ordenanza de Regularización haciendo hincapié a los beneficios Legales y Económicos de la misma y de las dificultades y costos que significarían su no adhesión.-
Que hoy el Municipio cuenta con un importante trabajo realizado sobre el Catastro Municipal transcripto en un Plano General, información esta que junto a la información brindada por la totalidad de las Construcciones Inscriptas, resultan la base indispensable para la proyección de las necesidades de la Villa de Merlo y que el hecho de NO contar con datos precisos puede hacernos arribar a evaluaciones erróneas.-
Que toda la documentación existente de Obras Públicas y Privadas más toda aquella que se reúna a partir de este REGIMEN ESPECIAL PARA REGULARIZACION DE CONSTRUCCIONES volcadas en el Plano General de Catastro, contribuirían enormemente a la información que requiere el Municipio para la confección de PLANOS DE OCUPACION Y USO DEL SUELO de la Villa de Merlo, herramientas esenciales para la continuidad de los trabajos de PLANEAMIENTO.-
POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LES CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ART. 1º: PRORROGAR, hasta el próximo día Martes 01 de Noviembre de 2011, el Plazo para la presentación de las Solicitudes de Regularización, mencionado en el inciso “a” del Art. 3º, de la Ordenanza Nº 1232-HCD-2010.-
ART. 2º: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-