AUTORIZAR AL DEM APROBAR PLANO ANSELMO TISSERA- RATIFICADA POR ORD. 1152

AUTORIZAR AL DEM APROBAR PLANO ANSELMO TISSERA- RATIFICADA POR ORD. 1152

Villa de Merlo, San Luis, 14 de Abril de 2009.-

 ORDENANZA Nº 1140-HCD-2009.-

VISTO:

La Nota Recibida N° 064 HCD-HCD-2009; y:
CONSIDERANDO:

 Que la misma ha sido ingresada a este Concejo, con fecha 16.03.2009, por el vecino Héctor Roberto Tisera,  quien solicita que se adopte resolución  sobre una  subdivisión de parcela por cuestiones de herencia e  identificada en el Plano de Mensura y División confeccionado por el Agrimensor Roberto Martínez, con Dominio Inscripto en el Registro Provincial de la Propiedad Inmueble al Tomo 12, Ley 3236, de Junín, Folio Nº 355, Numero 9513.-

 Que el Plano fue presentado oportunamente en el mes de Septiembre del Año 2008 por ante la Secretaria de Planeamiento de la Municipalidad de Merlo.-

 Que el Plano no pudo ser aprobado por el Departamento Ejecutivo Municipal al no cumplimentar con la Ordenanza N° 744-HCD-2000.-

 Que la Ordenanza N° 1063-HCD-2007, si bien considera algunos aspectos relacionados a subdivisiones de parcelas por razones hereditarias,  no contempla este problema en particular.-

 Que el inconveniente de esta subdivisión radica en la superficie de las parcelas resultantes siendo estas de 1939,63 m2 cuando la Ordenanza mencionada dispone para esta zona superficies mínimas de 2500 m2.-

 Que la superficie de cada parcela a subdividirse, surge por una situación de hecho preexistente que surge de fraccionar la parcela original en 5 partes iguales, justamente por tratarse de cinco hermanos herederos declarados y que reciben la herencia también en cinco (5) partes iguales, dando por resultado las parcelas A, B, C, D y E  de 1939,63 m2 , cada una.-

 Que la superficie de cada parcela y plano presentado, resultante de practicar la  subdivisión conforme los términos de la Declaratoria de Herederos,  no resulta de superficies pequeñas, sino por el contrario, dichas parcelas alcanzan dimensiones cercanas a las mínimas exigidas por el ordenamiento vigente ya mencionado.-

 Que el presente inmueble  es el único que integra el acervo hereditario de ésta Sucesión.-

 Que se debe atender esta situación por tratarse de un caso especial que afecta el interés de vecinos como es el caso de estos cinco (5) herederos, cuyos padres fallecieron en los años 1983 y 1987, es decir, cuando aún no se encontraba vigente la actual normativa (Ordenanza Nº 744-HCD-2000).-

 POR TODO ELLO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA LA SIGUIENTE:

 

O R D E N A N Z A

 

ART. 1º:  AUTORIZAR al DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL, a la aprobación del Plano de Mensura y División, propiedad de ANSELMO TISERA, cuya inscripción de Dominio es Tomo 12, Ley 3236, de Junín, Folio Nº 355, Número 9513, Padrón Nº 5846, el que contempla la subdivisión de la parcela original en parcelas A, B, C, D y E, según consta en el plano presentado por profesional competente, excepcionándose para ello, de toda disposición vigente que se contraponga a lo dispuesto en la presente norma.-

 ART. 2º: COMUNIQUESE, REGISTRESE, PUBLIQUESE Y OPORTUNAMENTE ARCHIVESE.-
 

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