Villa de Merlo, San Luis, 18 de marzo de 2008
O R D E N A N Z A Nº 1085-HCD-08
VISTO:
Las modificaciones realizadas al Código Tributario Municipal, y a su vez la necesidad de adecuar la Ordenanza Tarifaria a los nuevos
lineamientos introducidos; y:
CONSIDERANDO:
Que una de las normas relacionadas al tema, es la Ordenanza No 941-HCD-2005.-
Que el Art. 1°, de la referida norma legal, en lo que se refiere a la redacción existente es poco afortunada, prestándose a confusión el
uso del vocablo “Tasas”, en éste caso en particular.-
Que en consecuencia y siendo necesario rectificar lo expuesto, se dispone lo siguiente.-
POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ART. 1°: MODIFICAR, el Artículo 1°, de la Ordenanza No 941-HCD-2005, por el siguiente texto: “INCORPORAR, en la Ordenanza No 651-HCD-97, el Capítulo XV, que dice: Gastos Administrativos por verificación de Títulos y Matrículas de Servicios Profesionales Directos e Indirectos”.-
ART. 2º: COMUNIQUESE, NOTIFIQUESE, REGISTRESE, PUBLIQUESE Y OPORTUNAMENTE ARCHIVESE.-