Villa de Merlo, San Luis, 06 de Mayo de 2008
O R D E N A N Z A Nº 1088-HCD-2008
VISTO:
La necesidad de establecer un orden en el sentido de circulación que presenta la arteria Avenida Los Almendros, en el trayecto entre Avenida del Deporte y Calle Conlara de ésta Ciudad; y:
CONSIDERANDO:
Que concretamente en el sector individualizado de la citada arteria, existe una curva cerrada, que transitando la misma en sentido Oeste-Este, se ubica hacia la izquierda.-
Que en el lugar donde nace la curva hacia la derecha, ésta empalma con una calle sin salida, la cual está debidamente señalizada.-
Que ésta arteria se ha transformado en una de las más transitadas de la Villa, por constituir una de las escasas alternativas de circulación en el sentido de su trazado, cuando se encuentra congestionada su paralela, Avda. del Sol.-
Que en dicho sector, mantener el doble sentido de circulación como tiene en la actualidad, implica un peligro potencial para vehículos y peatones.-
Que recientemente han ingresado a éste Concejo pedidos de vecinos advirtiendo de este peligro, de la curva cerrada que presenta esta arteria a lo que debemos sumarla que es angosta en ese sector. Valga a modo de ejemplo la Nota Recibida Nº 091-HCD-2008, ingresada con fecha 04.04.08, remitida por el vecino Héctor E. Carballo, en éstos términos.-
Que si bién éste Cuerpo ha supeditado el futuro e hipotético ordenamiento integral del tránsito en la Villa, a los resultados técnicos que surjan del Plan de Desarrollo Local Regional, en marcha en la actualidad, éstas cuestiones urgentes, ameritan el tratamiento por parte de éste Concejo.-
POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ART. 1º: ESTABLECER, que la Avenida Los Almendros, en el sector de la misma, ubicado entre Avenida del Deporte y Calle Conlara, el que comprende una curva cerrada, tendrá un único sentido de circulación de Oeste a Este, transitando en sentido Oeste- Este.-
ART. 2º: ESTABLECER, que la Avenida Los Almendros, en el sector comprendido entre Calle Conlara y Avenida del Deporte, (transitando en sentido Este- Oeste), tendrá un único sentido de circulación de Este a Oeste.-
ART. 3º: SOLICITASE, al D.E.M. que realice la señalización correspondiente en las arterias mencionadas en la presente.-
ART. 4º: SUGERIR Y SOLICITAR, al D.E.M. que realice la difusión correspondiente a la Comunidad, de los cambios de circulación establecidos.-
ART. 5º: COMUNIQUESE, NOTIFIQUESE, REGISTRESE, PUBLIQUESE Y OPORTUNAMENTE ARCHIVESE.-