ORDENANZA Nº 906-HCD-2005 "ACEPTA VEHÍCULOS DONADOS POR VIALIDAD"

ORDENANZA Nº 906-HCD-2005 "ACEPTA VEHÍCULOS DONADOS POR VIALIDAD"

Villa de Merlo, S.L., 30  de marzo de 2005.-

 

ORDENANZA Nº 906-HCD-2005

 
VISTO:
La documentación enviada a este Honorable Concejo Deliberante por el Departamento Ejecutivo Municipal, ingresada el día 25 de febrero del cte. año como Nota R. Nº 671-HCD-05 referida a la donación de unidades vehiculares por parte de la Dirección de Vialidad Nacional y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo expresado en la Resolución Nº 65/05 emitida en Buenos Aires el 24 de enero de 2005, por disposición del Administrador de la Dirección Nacional de Vialidad, en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto Ley 505/58, resuelve en el Art. 1º : Aprobar la donación a la Municipalidad de Villa de Merlo, San Luis, de :
–      Un Camión con Caja Volcadora hidráulica marca “Ford”, Modelo F-700-D con motor Perkins Nº PA-6480642, Chasis Nº KALCA-04184 Chapa Dominio Nº C- 1.193.407, Legajo Nº 42-Fn-83;
–      Un camión Regador de Agua, Marca Chevrolet, Modelo CD 61703, Chasis Nº HO 44166 con motor Bedford Modelo 350-D-6 Nº A 351 D-19221 Chapa Patente Nº D 015795 (tanque 4500 lts.) Legajo Nº 3-Cnr-72.
–      Una cargadora Frontal “Yale” Modelo 134  a Trojan – Serie Nº 0605/204. Legajo Nº 30-NO-1-Km.-
Que, de acuerdo a lo referido  en la Nota Nº 671-HCD-05, las mencionadas unidades vehiculares se obtienen como resultado de las gestiones realizadas por el Departamento Ejecutivo Municipal ante la Dirección Nacional de Vialidad cuya solicitud inicia el Expediente Nº 7143-VS-04.-
Que en la  Nota Nº 671-HCD-05 el Departamento Ejecutivo Municipal solicita se dicte la ordenanza de aceptación de las donaciones recibidas a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley de Régimen Municipal, Ley Nº XII-0349-2004 (5756 “R”) Art. 17º, inc. 4º.-
Que este Honorable Concejo Deliberante considera pertinente acceder a lo solicitado por el Departamento Ejecutivo Municipal.-
 
POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA LA SIGUIENTE:
 

ORDENANZA

 
Art.1º).-                    ACEPTAR  la donación realizada por disposición  del Administrador General de la Dirección Nacional de Vialidad en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto Ley 505/58, a favor de la Municipalidad de Villa de Merlo, San Luis, de las siguientes unidades vehiculares:
–      Un Camión con Caja Volcadora hidráulica marca “Ford”, Modelo F-700-D con motor Perkins Nº PA-6480642, Chasis Nº KALCA-04184 Chapa Dominio Nº C- 1.193.407, Legajo Nº 42-Fn-83;
 
–      Un camión Regador de Agua, Marca Chevrolet, Modelo CD 61703, Chasis Nº HO 44166 con motor Bedford Modelo 350-D-6 Nº A 351 D-19221 Chapa Patente Nº D 015795 (tanque 4500 lts.) Legajo Nº 3-Cnr-72.
 
–      Una cargadora Frontal “Yale” Modelo 134  a Trojan – Serie Nº 0605/204. Legajo Nº 30-NO-1-Km.-
 
Art.2º).-                    Comuníquese, Regístrese, Publíquese  y Archívese.-
 
 
 
Presidente  HCD: Prof.  Ana M. Nicoletti
Secretario Legislativo HCD: Dr. Jorge Flores

Los comentarios están cerrados.