TENDIDO AEREO RED ELECTRICA HOTEL HOWARD JOHNSON

TENDIDO AEREO RED ELECTRICA HOTEL HOWARD JOHNSON

Villa de Merlo (S.L.), 13 de Agosto de 2004.-

 

ORDENANZA Nº 869-HCD-2004

 
VISTO:
El Decreto Nº 40-IM-2002, de fecha 31 de Diciembre de 2002, referente a la iluminación en la zona Noreste del radio urbano, Y:
 
CONSIDERANDO:
Que el mencionado Decreto Municipal, llegó a éste Honorable Concejo Deliberante, no por la vía natural de recepción, cual sería la remisión del mismo por parte del Ejecutivo Municipal, (ello pese a lo dispuesto en su Art. 3º), sino con motivo de la “Cronología de Notas referentes al Hotel Howard Johnson”, presentada al Concejo por el Sr. Secretario de Planeamiento, Ing. Alejandro Miles, documental recepcionada bajo el número interno de Nota R. Nº  196-HCD-2004.-
Que la mencionada norma autoriza en forma excepcional la extensión del alumbrado público con la modalidad aérea en la zona de El Rincón (intersección de Avda. Los Césares y Avda. Dos Venados), Barranca Colorada, Pantanillo, Pasos Malos y Piedra Blanca Arriba (hasta Hotel Piedra Blanca), y en aquella zona donde la demanda se justifique por el bien común.-
Que el Decreto en cuestión está redactado en franca oposición y controversia con las Ordenanzas vigentes dictadas por éste en relación al tema de tendido eléctrico aéreo, lo que hace presumir que por ésta razón no fue remitido al Concejo para ser refrendado.-
Que es deber innato, primario y primordial de éste Cuerpo Legislativo, velar por respeto y la intangibilidad de las Ordenanzas que se dictan.-
 
POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO  DELIBERANTE DE LA CIUDAD  VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY,  PRODUCE LA SIGUIENTE:
 

ORDENANZA

 
Art.1º).-                    DEROGAR en todas y cada una de sus partes, por ser nulo y contrario a derecho, el Decreto Nª 40-IM-2002, dictado por el Departamento Ejecutivo Municipal, de fecha 31 de Diciembre de 2002, y toda otra disposición adoptada con motivo del mismo.-
Art.2º).-                    REMITIR copia de la presente al Departamento Ejecutivo Municipal para su toma de razón.-
Art.3º).-                    Comuníquese, Regístrese, Publíquese y Archívese.-
 

Los comentarios están cerrados.