Villa de Merlo (S.L.) 08 de Abril de 2003.-
ORDENANZA Nº 812-HCD-2003.-
VISTO:
El Despacho de Comisión referido al derecho de construcción en las edificaciones de origen público; Y
CONSIDERANDO:
Que es una realidad que los ex Moteles de Merlo era una Obra Pública Provincial que fue construida con una antigüedad de alrededor de treinta años.-
Que en iguales condiciones existen obras públicas afectadas a diversos usos y de la misma o mayor antigüedad.-
Que a esa fecha no estaba reglamentada la Tasa de Derecho de Construcción.-
Que resulta útil y necesario contar con documentación de todas aquellas obras que respondan a estas características.-
Que resulta razonable eximir del pago de los Derechos de Construcción a las obras públicas que se ajusten a estos considerandos.-
POR TODO ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE VILLA DE MERLO (S.L.), EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Art.1º).- Exigir la presentación de los planos conforme a obra de todas aquellas construcciones de origen público que se mantengan o no bajo el dominio estatal y que no están debidamente registradas en el Municipio, en oportunidad de efectuar tramitaciones vinculadas con modificaciones, ampliaciones edilicias, de suministro de servicios públicos o cualquier otro trámite requerido por el Ejecutivo Municipal que los exija.-
Art.2º).- Eximir del pago de los Derechos de Construcción para la aprobación de los planos indicados en el artículo que antecede, en lo referido a la planta existente.-
Art.3º).- Comuníquese, Publíquese, Regístrese, Archívese.-
Presidente H.C.D.: Dr. Mario E. Mini
Secretaria Legislativa H.C.D.: Dra. Susana Segura