Villa de Merlo (S.L.) 20 de Junio de 2003.-
ORDENANZA Nº 815-HCD-2003
VISTO:
El Despacho de Comisión referido al Segundo Trimestre correspondiente al Balance del Año 2000 y:
CONSIDERANDO:
Que se efectivizaron las correcciones formales oportunamente requeridas por este Cuerpo.-
Que las Ejecuciones Presupuestarias de Ingresos y Egresos han sido confeccionadas conforme lo dispuesto por la Ley Nº 1213 de Régimen Municipal con saldos correctos.-
Que los Cheques Nº 05504301 al Nº 05504305 correlativos no han podido ser compulsados por encontrarse los mismos en poder del Juzgado del Crimen de la localidad de Concarán (S.L.), en virtud del secuestro judicial ordenado en autos: “CANO MANUEL SALVADOR – SU DENUNCIA”, conforme surge de la copia del acta de secuestro agregada.-
Que no obstante ello, los mismos no fueron ingresados al Banco y en consecuencia no interfieren en los saldos.-
Que en virtud de ello, este Concejo concluye que el referido trimestre reúne los requisitos formales y legales para su aprobación, debiendo en consecuencia concluir su tratamiento y resolver su aprobación.-
POR TODO ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE VILLA DE MERLO (SAN LUIS) EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Art.1º).- Apruébase el Segundo Trimestre del Balance correspondiente al Año 2000.-
Art.2º).- Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Archívese.-
Presidente H.C.D.: Dr. Mario E. Mini
Secretaria Legislativa H.C.D.: Dra. Susana Segura