ORDENANZA Nº 760-HCD-2001
VISTO:
El Despacho de Comisión referido a la modificación de la Ordenanza Nº 744 –HCD-2000, para la Zona Central del indicador-urbanístico Fb; y
CONSIDERANDO:
Que las soluciones o planteos aislados de mantenimiento, mejoras, remodelaciones o construcciones nuevas, en edificios o predios del Área Central, requieren la aplicación de criterios ordenados que permitan la armonización de repuestas posibles.
Que dentro de la Zona central existen distintos sectores, cada uno con características particulares y con una identidad definida que es necesario mantener y reforzar.
Que es necesario particularizar materiales y/o colores que ayuden a reforzar la imagen del pueblo serrano, que deseamos se le imprima al paisaje urbano.
Que es conveniente redefinir el Indicador Urbanístico Fb de la Zona Central.
POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE VILLA DE MERLO (S.L) EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Art.1º).- Modificase el Indicador Urbanístico Fb para la Zona Central, aplicándose de la siguiente forma según sectores.
F – TECHOS
I.- Sector Plaza Marques de Sobremonte sobre sus cuatro caras circundantes y las ocho cuadras de aproximación a la misma, incluyendo ambos frentes de los lotes ubicados en esquina.-
b) Material:
· Teja cerámica roja tipo colonial.
· Superficie plana roja y transitable.
II.- Sobre los lotes frentistas a: Av. del Sol, calle San Martín y calle Poeta Conti.-
b) Material:
· Teja cerámica roja.
· Teja chapa prepintada, horneada, color rojo.
· Superficie plana roja y transitable.
III.-Resto de las calles.
b) Material:
Residencial: * Teja cerámica roja.
· Teja chapa prepintada, horneada color rojo.
· Superficie plana roja y transitable.
Para otros Usos:
· Chapa estructural prepintada, horneada color rojo.
Art.2º).- Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Archívese.