INCORPORA ART. 9 EN LA TARIFARIA 651/97

INCORPORA ART. 9 EN LA TARIFARIA 651/97

Villa de Merlo, (S.L.), 2 de Junio de 2000

 

ORDENANZA  Nº 742-HCD-2000

VISTO:
La nota Nº 2025/00, presentada a este Concejo por la Asociación Empresaria Hotelera Gastronómica de Villa de Merlo, referida al incumplimiento de las exigencias impositivas en cuanto a la habilitación de comercios; y
CONSIDERANDO:
Que las condiciones, requisitos y obligaciones tributarias que se exigen para la habilitación de establecimientos comerciales, están reglamentados por la Ordenanza Nº 651 –HCD/97, en el Artículo 9 Bis, Capítulo III.
Que existen establecimientos comerciales que no cumplen con las exigencias legales referidas al pago de tasas municipales, e impuestos provinciales y nacionales.
Que esta situación genera una desigualdad de condiciones en la que deben competir quienes desarrollan una actividad comercial cumpliendo estrictamente con todas las exigencias impositivas establecidas por ley.
Que resulta necesario contemplar y reglamentar tal situación, fijando normas equitativas que aseguren un marco de igualdad para todos aquellos que desarrollen una actividad comercial, para lo cual debe incorporarse un nuevo inciso al artículo 9 Bis de la Ordenanza Nº 651/97.
Que en virtud de las relaciones jurídicas, de colaboración y cooperación existentes entre el Estado Nacional, Provincial y Municipal, es obligación del municipio velar por el cumplimiento de las leyes provinciales y nacionales.
 
POR TODO ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO (S.L) EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA
 

Art.1º).-                    Incorpórase como inciso 4) al art. 9 Bis de la Ordenanza Nº 651/97 el siguiente texto: “ Para toda habilitación comercial deberá presentarse, además del certificado exigido por el inciso anterior , la inscripción ante la Dirección Provincial de Ingresos Públicos y en la A.F.I.P. o los organismos que en el futuro la reemplacen o sustituyan.
Art.2º).-                    Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Archívese.
 
Presidente HCD: Dr. Mario E. Mini
Secretaria Legislativa HCD: Dra. Susana Segura
 

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