Villa de Merlo (San Luis), 13 de mayo de 1994.-
ORDENANZA Nº 552-HCD-1994
VISTO:
El crecimiento poblacional de la Escuela Nº 65, y por ende el edilicio; que esta Institución ha ido aumentando sucesivamente en la construcción de nuevas aulas.-
Que en este momento, actuando en forma acelerada se construye un cuerpo sanitario, imprescindible, porque el uso del edificio por una escuela secundaria nocturna lo exige.-
Que se realizará próximamente el techado del patio para convertirlo en Salón de Uso Múltiple, instalación deseada por el Personal Docente y necesaria para efectuar los actos escolares, comunitarios de distinta índole, por ser éste la Escuela Núcleo; y:
CONSIDERANDO:
Que con el constante crecimiento edilicio “Justificado y Necesario”, la Escuela y los niños han perdido su espacio verde.-
Que la Escuela carece de patio al aire libre y los niños sobrepasan la cantidad de 650, quienes cuentan para recreos solamente con una entrada de vehículos de 8 metros de ancho por 60 metros de fondo, incluyendo las prácticas de deportes y juegos colectivos.-
Que a la par de la Escuela existe un loteo, que sería el pulmón imprescindible para la descompresión ambiental que esta Institución Educativa necesita.-
POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
ART. 1) Comisionar al Poder Ejecutivo Municipal para gestionar ante las autoridades del Gobierno Provincial, la expropiación del terreno sito en Avda. del Sol y calle Poeta Gutiérrez Conti, colindante con la Escuela Nº 65, del que se acompaña plano, el que será destinado a espacio de recreación y juegos.-
ART. 2) Solicitar que a efectos del Art. 1º el Departamento Ejecutivo Municipal tome a su cargo los trámites de mensura y escrituración de las parcelas involucradas en la expropiación, si esa prospera.-
ART. 3) Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
Presidente H.C.D.: Jorge H. Arias
Secretaria H.C.D.: Stella M. Herrero de Dulcich