SEÑALIZACION DE CALLES Y DOMICILIOS

SEÑALIZACION DE CALLES Y DOMICILIOS

Merlo, San Luis, 23 de Noviembre de 1988

 

ORDENANZA Nº 405-HCD-1988

 
VISTO:
El gran crecimiento demográfico experimentado por nuestra Ciudad de Merlo y la inexistencia de una señalización adecuada en las calles de la misma, hecho que trae aparejados numerosos inconvenientes, ya sea en el ordenamiento del transito o en la distribución de los envios postales, y:
CONSIDERANDO:
Que la solución de esta carencia permitiría minimizar los inconvenientes señalados y además brindaría al turista que nos visita la imagen de una Ciudad moderna y ordenada, por todo lo expuesto, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MERLO sanciona la presente:

 ORDENANZA

 

  • Señalizar las calles de la Zona Céntrica, Barrio San Agustín, Barrio San José, Barrio Parque, El Rincón y Piedra Blanca desde Avda. Norte y Avda. de los Incas con carteles indicadores con nombres, altura numérica y sentido de circulación de automotores.-
  • Colocar carteles indicadores con los horarios de estacionamiento, carga y descarga, velocidad máxima, escuelas en la zona céntrica.-
  • Los frentistas deberán colocar a su cargo chapas con la numeración correspondiente a sus respectivos domicilios.-
  • Las características físicas de la señalización, deberán ser unificadas de acuerdo al criterio del Ejecutivo Municipal.-
  • Imputar los gastos que origine el cumplimiento de los artículos 1º y 2º de la presente Ordenanza al Rubro Servicios.-
  • Comuníquese, Notifíquese, Publíquese y Archívese.-

 
Presidente HCD: Francisco Catroppa
Secretaria HCD: María de los Ángeles O. de Espasandin

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