Merlo, San Luis, 23 de Noviembre de 1988
ORDENANZA Nº 406-HCD-1988
VISTO:
El crecimiento, demostrado según el último Censo Poblacional Provincial, de nuestra Ciudad de Merlo, y que ello trae como prioridad numero uno, la salud de la Comunidad, en una necesidad de atención médica, en la totalidad de las especialidades, y:
CONSIDERANDO:
Que para la Señora Adelina Magdalena Miretti de Flores, esto es de fundamental importancia, y, en un gesto de amor y solidaridad hacia sus semejantes, de quien a lo largo de su vida, como mujer, madre, esposa, es sin duda un ejemplo para Merlo. Y que junto a su esposo Don Miguel Ángel Flores, quien nos representara tan dignamente, ante la Legislatura Provincial, decide Donar 5.000 m2, que juntamente con la parcela ubicada a continuación y que la misma Señora de Flores, en igual acto, hiciera entrega según Ordenanza Nº 344, sancionada el día 12 de agosto de 1985, para la construcción del nuevo Hospital de Merlo hacen un total de (10.000 m2) DIEZ MIL METROS CUADRADOS. Por todo lo expuesto, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MERLO sanciona la presente:
ORDENANZA
- Aceptase a la Señora Adelina Magdalena Miretti de Flores, la donación de CINCO MIL METROS CUADRADOS (5.000m2), según consta en el Titulo de Dominio, inscripto al Tomo 23 (Ley 3236) de Junín, Folio 2769, Numero 17.730, Inscripción Primera en San Luis el 30 de Agosto de 1982, Padrón Nº 6.920 de la Receptoria de Merlo (13), que juntamente a lo ya donado, según Ordenanza Nº 344 del 12/08/1985, hacen un total de 10.000 m2.-
- La misma está ubicada a continuación de la parcela de igual superficie, hacia el Norte, con un frente sobre Avda. Juana Azurduy de cincuenta metros por cien metros de fondo.-
- A los fines de dar fiel cumplimiento la Municipalidad de Merlo (S.L.) deberá:
- Ejecutar la construcción de las calles que se detallan a continuación:
- Prolongación de la calle Juan D Perón cien (100) metros hacia el Oeste;
- Construcción de una calle de Este a Oeste, paralela a la calle Juan D. Perón de cien (100) metros de extensión en el costado Norte de la parcela cedida,
- Apertura de una calle de Sur a Norte, paralela a Juan de Videla y los Huarpes.
- Ejecutar la construcción de las calles que se detallan a continuación:
Las calles citadas serán del ancho reglamentario para lo cual se ceden las superficies necesarias y quedando de esta forma las parcelas cedidas separadas del resto del campo por calles publicas.
- Los alambrados que se realicen serán a cargo de la Municipalidad efectuándose el desmonte de las parcelas adyacentes.
- Acreditar la superficie que se dona como anticipo de la que la donante debe dejar a la Comuna cuando realizare posteriormente loteos y como ha quedado establecido en anteriores actos de donación efectuados a la Municipalidad.
- Exención del pago de tasas Municipales por el término de diez años a la mencionada propiedad.
- Exención del pago de cualquier tipo de mejora edilicia que pueda efectuarse en el frente de la propiedad como pavimento, luz, agua, etc., por el mismo lapso citado.
- Todos los gastos que por diversos motivos se originaren tales como mensuras, deslinde, escrituración, etc. serán a cargo del beneficiario.-
- Pase al Ejecutivo Municipal, para sus diligenciamientos correspondientes.-
- Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.-
Presidente HCD: Francisco Catroppa
Secretaria HCD: María de los Ángeles O. de Espasandin