Villa de Merlo, (San Luis), 11 de Agosto de 2022.-
ORDENANZA N° IX-1060-C.D.-2022
VISTO:
La Nota Recibida Nº 244-CD-2022 de fecha 28 de Julio de 2022, ingresada a este Concejo Deliberante; y:
CONSIDERANDO:
Que a través de la misma, el Sr. Intendente Municipal Dr. Juan Álvarez Pinto, remite el Decreto N° 36-IM-2022, de fecha 26.07.2022, para su conocimiento y homologación por parte de este C.D.-
Que el Decreto se refiere al “Convenio de Provisión de Agua Cruda entre la Municipalidad de la Villa de Merlo y la Cooperativa de Provisión de Agua, Obras y Servicios Merlo LTDA”, de fecha 22 de diciembre de 2020, firmado entre la Municipalidad de la Villa de Merlo y la Cooperativa de Provisión de Agua, Obras y Servicios Merlo LTDA.-
Que el convenio citado ut supra en su cláusula “SEXTA”, “Derechos y obligaciones de las partes”, establece que el Municipio estará facultado para realizar las inspecciones que estime necesarias a los fines de constatar el cumplimiento del presente convenio, ejercer como órgano de contralor en cuanto a la calidad y prestación del servicio del agua potable de acuerdo a las normativas vigentes.-
Que mediante DECRETO Nº 12-IM-2022 de fecha 21 de Marzo de 2022, se creó la DIRECCION DE GESTION DEL AGUA dependiente de la Secretaria de Servicios Públicos, y dicho instrumento legal en los subpuntos 3 y 5 se establecen como facultades: “3. Ejercer la fiscalización de las acciones y desarrollos de empresas privadas, cooperativas, consorcios y cualquier organización que use o modifique el recurso hídrico superficial o subterráneo.”; y “5. Realizar relevamientos y monitoreos del recurso hídrico para dotar a los proyectos y normativas de una base técnica y permitir el desarrollo de estudios de investigación de diversa índole”.–
Que analizado en la Comisión Plenario de este C.D. esta considera procedente lo dispuesto en el Decreto que nos ocupa, por lo que resuelve su homologación.-
Que por todo ello se dispone conforme a continuación se establece.-
POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
ARTICULO 1º: HOMOLOGAR, en todas sus partes, el Decreto N° 36-IM-2022, de fecha 26 de Julio de 2022.-
ARTICULO 2°: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-