INCORPORAR A DIRECCION DE SALUD REGISTRO PACIENTES CELIACOS

INCORPORAR A DIRECCION DE SALUD REGISTRO PACIENTES CELIACOS

Villa de Merlo (San Luis), 26 de Noviembre de 2007.-

 

O R D E N A N Z A  Nº 1070-HCD-2007

VISTO: 
La necesidad de detectar y proteger a los pacientes celíacos; y:
 
CONSIDERANDO:
          Que es necesario garantizar y promover la detección temprana y oportuna del enfermo celíaco.-
Que es menester, contar con una amplia información.-
Que es una enfermedad que padece el 1% de la población argentina.-
Que nuestra Ciudad Villa de Merlo, tiene aproximadamente entre noventa y cien personas que padecen ésta problemática.-
Que la Dirección de Salud y Educación debería incluírlos a fin de colaborar en la prevención de éstas patologías.-
 
POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO  DELIBERANTE DE LA CIUDAD  VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:

  O R D E N A N Z A

 
ART. 1º: INCORPORAR, a la Dirección de Salud y Educación del Municipio, un Registro de pacientes celíacos a partir de la sanción de la presente.- 
ART. 2º: HACER SABER, a la referida Dirección, que deberán confeccionar una lista de alimentos autorizados para el consumo de pacientes celíacos, a los fines de hacer conocer la misma a los vecinos interesados.-
  ART. 3º: COMUNIQUESE, REGISTRESE, PUBLIQUESE Y OPORTUNAMENTE ARCHIVESE.-.-
 
 

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