Merlo, San Luis, 19 de marzo de 1976
ORDENANZA Nº 95-HCD-1976
VISTO:
El proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo, referido para su estudio y posterior tratamiento, y:
CONSIDERANDO:
Que el mismo cubre una verdadera necesidad, dado el constante progreso de nuestra localidad, y que es menester poder identificar las calles que la componen, como así también numerar sus casas, ya que ello contribuye a mejorar la imagen de la mismo, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON CONFERIDAS, SANCIONA CON FUERZA LEGAL LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
- Procédase a la numeración domiciliaria de todos los edificios ubicados dentro del ejido urbano de esta localidad, sobre calles y avenidas con nombres.-
- La referida numeración será realizada en chapas rectangulares, enlozadas, fondo blanco o inscripción de números de calles correspondientes, en color azul.-
- El estudio previo para establecer las respectivas numeraciones, la provisión y colocación de las citadas placas, será realizada por personas o empresas contratadas al efecto.-
- El importe de cada placa se fija en la suma de $ 200 (doscientos pesos), el cual deberá ser abonado inmediatamente después de colocada por el propietario del inmueble o de quien lo represente.-
- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
Presidente HCD: Alejandro Gómez
Secretario H.C.D.: José Maria Vecino