CREA COMSION FESTIVAL VALLE DEL SOL

Villa de Merlo, (San Luis), 06 de Septiembre de 2006.-

 

ORDENANZA  N° 992-HCD-2006

VISTO:
La necesidad de mantener vigente el acervo Nacional y mantener nuestro patrimonio artístico y cultural que, por muchos años, la comunidad merlina aportó para la difusión de nuestro acervo Nacional como fue primeramente el Festival Folklórico “Valle del Sol” y actualmente la Fiesta Nacional “Valle del Sol”, que ha vestido de gala nuestro Escenario Mayor “Antonio Esteban Agüero”, con la presencia de las más destacadas figuras de nuestra música Nacional y Provincial y:
 
CONSIDERANDO:
Que es necesario prestigiar e impulsar ésta Fiesta Nacional, por todo lo que representa para la comunidad merlina.
Que un Festival de éstas dimensiones debe aportar no solamente el prestigio de una comunidad que ama nuestra música Nacional, sino también el aporte de aquellas expresiones que surgen de nuestra propia sociedad.
Que un evento de éstas características debe servir como desafío y compromiso de todos, para que el éxito de ésta fiesta no solamente recoja los frutos a través de una apropiada difusión  tanto a nivel Provincial, como Nacional por los medios más importantes, para que económicamente genere los fondos necesarios para la promoción y difusión de nuestras figuras locales.
Que es necesario año a año producir un mejoramiento y ampliación de las instalaciones donde se realiza el Festival.
Que es necesario la conformación de una Comisión Organizadora estable, conformada por personalidades de reconocida trayectoria y experiencia en éste tipo de eventos; avalada por el Departamento Ejecutivo Municipal y el Concejo Deliberante.
 
POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD  VILLA DE MERLO, SAN LUIS,  EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY,  SANCIONA LA SIGUIENTE:
 

ORDENANZA

 ART. 1º: Créase la Comisión Organizadora Permanente de la “Fiesta Nacional Valle del Sol”.-
ART. 2º:  La Comisión Organizadora estará integrada por ciudadanos de reconocida trayectoria dentro de nuestra comunidad y en especial aquellos que tengan la suficiente experiencia en la organización de éste tipo de eventos.-
ART. 3º: Los miembros designados en ésta Comisión serán Ad-Honorem.-
ART. 4º: La Comisión Organizadora estará conformada por una mesa Ejecutiva integrada por dos (2) miembros del Ejecutivo Municipal; dos (2) miembros del Honorable Concejo Deliberante y cinco (5) miembros de la Comunidad, los que durarán en sus cargos dos años, pudiendo ser reelegidos por un periodo similar. El Presidente natural de ésta Comisión será el Intendente en ejercicio de sus funciones.-
ART. 5º: La Comisión Organizadora podrá designar colaboradores activos en las mismas condiciones que en el Art. 3 °.-
ART. 6º: La Comisión Organizadora tendrá las atribuciones y la responsabilidad en todas sus decisiones, en todos los actos referentes  al buen desarrollo y realización de la Fiesta Nacional Valle del Sol.-
ART. 7º: La Comisión Organizadora deberá contar con una Cuenta de Ahorro especial, en una Institución Bancaria de nuestra Localidad.-
ART. 8º: Incluír a partir del próximo Presupuesto Anual, en el mismo, una partida  destinada a cumplir los objetivos establecidos en la presente Ordenanza.-
ART. 9º: Será obligación de la Comisión Organizadora elaborar y presentar Balance correspondiente a ingresos y egresos dentro de los sesenta días de finalizado el evento, firmado y aprobado por todos sus integrantes para su posterior publicación.-
ART.10º: Las autoridades Municipales pondrán a disposición de la Comisión Organizadora el predio y escenario Municipal, en el tiempo que se considere necesario para refacciones y ensayos.-
ART. 11º: De forma.-
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Dr. Jorge Huberto Flores
Secretario Legislativo
Honorable Concejo Deliberante
Villa de Merlo (S.L.)
 
Ricardo R. F. Labat
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Villa de Merlo (S.L.)