Merlo, San Luis, 30 de septiembre de 1975
ORDENANZA Nº 87-HCD-1975
VISTO:
La necesidad de dotar a la localidad de Cerro de Oro, de un local adecuado destinado a Sala de Primeros Auxilios, servicios que ahora se prestan en forma provisoria en un local que no reúne las condiciones para tal fin. Que es deseo unánime de la población contar con una Sala que reúna las condiciones mínimas que hagan posible una adecuada prestación médica o paramédica, teniendo en cuenta fundamentalmente que con fecha de Abril de 1974, dótase a la citada Sala, de elementos básicos para la atención del importante núcleo poblacional de la Villa de Cerro de Oro, y que en la actualidad al entrar en vigencia en nuestra Provincia el Sistema Nacional Integrado de Salud, concurren a la misma un médico y un odontólogo dos veces por semana, además del enfermero que cumple funciones en forma diaria, y:
CONSIDERANDO:
Que es un deber inalienable de este Concejo proveer a todo lo que atañe a salvaguardar la salud de la población en todos sus órdenes, situación que se configura en el Proyecto presentado por los Sres. Concejales Humberto Pollo, Huberto Dawson, Román Orozco y Héctor Bianco, y en el que se prevé el lugar adecuado para la instalación de la Sala de Primeros Auxilios, sita en un punto céntrico de dicha localidad, la que necesita contar al mas breve plazo con la misma, que además cuenta con dependencias que adecuadas, pueden cumplir eficientemente con su cometido, y en razón de lo expuesto este Honorable Concejo Deliberante, sanciona con fuerza legal la siguiente:
ORDENANZA
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Declarase de utilidad publica y sujeto a expropiación al terreno de nueve (9) por diecinueve (19) metros, con una antigua construcción, compuesta de dos piezas de tres (3) por seis (6) metros aproximadamente, que linda: al Norte con Calle Publica; al Oeste con Calle que va de Cerro de Oro a Merlo y al Sur y al Este con Pollo Hermanos, de propiedad de la Sra. Rosa Pintos de quienes resulten dueños.-
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Facúltese al Departamento Ejecutivo a realizar los trámites necesarios ante el Superior Gobierno de la Provincia o ante quien corresponda a fin de dar cumplimiento a esta Ordenanza.-
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Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
Presidente HCD: Alejandro Gómez
Secretario H.C.D.: José Maria Vecino