El 25 de agosto de 1594 Luis Jufré de Loaysa y Meneses fundó la ciudad de San Luis de Loyola Nueva Medina del Río Seco, actual Ciudad de San Luis.
ORDEN DEL DÍA – SESIÓN ORDINARIA ACTA N° 22-C.D.-2022 FECHA: 26 DE AGOSTO DEL 2022
De los Despachos de Comisión:
- Despacho de Comisión N° 209-C.D.-2022.- Proyecto de Nota a la Dirección de Catastro, Arq. Victoria Ribeiro, en ref.: enviar copia de notas ingresadas por el Sr. Eduardo Borgo, sobre propuesta para mitigar y disminuir el calentamiento global.-
- Despacho de Comisión N° 210-C.D.-2022.- Proyecto de Nota al Colegio de Ingenieros, Filial Villa de Merlo, en ref.: enviar copia de notas ingresadas por el Sr. Eduardo Borgo, sobre propuesta para mitigar y disminuir el calentamiento global.-
- Despacho de Comisión N° 211-C.D.-2022.- Proyecto de Nota al Colegio de Arquitectos, Filial Villa de Merlo, en ref.: enviar copia de notas ingresadas por el Sr. Eduardo Borgo, sobre propuesta para mitigar y disminuir el calentamiento global.-
- Despacho de Comisión N° 212-C.D.-2022.- Proyecto de Nota al Espacio Cultural Amigos de Merlo, en ref.: invitarlos a participar de la reunión de Comisión del día martes 06.09.22, a las 16:30hs., a fin de dialogar sobre Nota R. Nº 253-CD-22: Conflicto con el Municipio.-
- Despacho de Comisión N° 213-C.D.-2022.- Proyecto de Nota al Jefe de Gabinete Municipal, Dr. Bruno Mini, en ref.: solicitar informe sobre estado de situación del conflicto entre el Municipio y la Asociación Civil Amigos de Merlo.-
- Despacho de Comisión N° 214-C.D.-2022.- Proyecto de Nota a la Secretaría de Gobierno, Desarrollo Social y Coordinación, Dr. Francisco Oviedo, en ref.: elevarle Nota R. 249-C.D.-22, de los vecinos del Barrio San José de la Villa de Merlo, sobre problemáticas por las actividades de recreación nocturna que se desarrollan en el tinglado del Club General San Martin.-
De los Proyectos de los/ las Concejales:
- Nota R. N° 264-C.D.-2022.- Vicepresidente del Concejo Deliberante, Sr. Carlos Almena, eleva nota informando su participación en el curso “Habilidades de Gestión para el Concejo Deliberante”, que se llevará a cabo los días martes a partir de las 15:45hs., con una duración de tres meses.-
(Se sugiere toma de conocimiento y pase a Archivo)
De las Comunicaciones Oficiales:
- Nota R. N° 270-C.D.-2022.- Cura Párroco Rogelio Safigueroa, invita a participar de las actividades pastorales en la Capilla de San Agustín, especialmente el domingo 28 de agosto a las 17hs.-
(Se sugiere toma de conocimiento y pase a Archivo)
De los informes y/o solicitudes del DEM:
- Nota R. N° 262-C.D.-2022.- Secretaría de Gobierno, Desarrollo Social y Coordinación, Dr. Francisco Oviedo, responde Nota E. Nº 168-CD-22, por pedido de informes sobre autorización para Desafectación y cambio de uso de Espacio Verde para Equipamiento Comunitario, donde se construirá una Escuela Generativa en el B° 272 Viviendas.-
(Se sugiere pase a Comisión Nº 1 de Planeamiento)
De las Peticiones y/o Asuntos Particulares:
- Nota R. N° 256-C.D.-2022.- Licenciatarios de Remises y Taxis de la Villa de Merlo, elevan nota solicitando una excepción al recambio de unidades y exponen razones del pedido.-
(Se sugiere pase a Comisión Nº 2 de Gobierno)
- Nota R. N° 258-C.D.-2022.- Consejo Asesor de Medio Ambiente CO.A.M.A., solicita se designe el equipo de profesionales, idóneos e imparciales, en los temas concernientes a la elaboración del Plan de Manejo de la Reserva Natural Municipal “Azud de Piedra Blanca”.-
(Se sugiere pase a Comisión Nº 1 de Ambiente)
- Nota R. N° 259-C.D.-2022.- Sr. Luis García responde Nota E. Nº 126-CD-2021, sobre pedido de asignación del nombre “Pilar Pérez” a una calle de la Villa de Merlo.-
(Se sugiere pase a Comisión Nº 1 de Planeamiento)
- Nota R. N° 260-C.D.-2022.- Titular de la firma “Contenedores El Azul”, Sr. Segundo Ricardo Coria, solicita predio en el Parque Industrial.-
(Se sugiere pase a Comisión Nº 1 de Planeamiento. Expte. Parque Industrial)
- Nota R. N° 261-C.D.-2022.- Sra. Mariana Mining, vecina del Bº Los Algarrobos, eleva nota expresando su preocupación por el tema: Fuego.-
(Se sugiere pase a Comisión Nº 1 de Ambiente)
- Nota R. N° 263-C.D.-2022.- Integrante de la Asamblea en defensa de la Reserva del Azud, Sra. Marina P. Von Klitzing, solicita Banca del Vecino, para tratar temas ambientales.-
(Se sugiere pase a Comisión Nº 1 de Ambiente)
- Nota R. N° 265-C.D.-2022.- Sr. Héctor Víctor Balanzano, eleva nota en ref.: Consideraciones por Ordenanza de Ascensores.-
(Se sugiere pase a Comisión Nº 1 de Planeamiento)
- Nota R. N° 266-C.D.-2022.- Equipo Directivo de la Escuela Nº 181 “San José de Calasanz” eleva nota agradeciendo la donación de Bandera de Ceremonias.-
(Se sugiere pase a Archivo)
- Nota R. N° 267-C.D.-2022.- Vecinos de los barrios “Las Moreras” y “El Chañar”, solicitan atención y accionar sobre el problema del exceso de velocidad de vehículos.-
(Se sugiere pase a Comisión Nº 2 de Gobierno)
- Nota R. N° 268-C.D.-2022.- Sr. Pablo Rinaldi, solicita reunión con fines informativos y ofrecimiento de propuesta de un estudio de drenaje superficial de agua de tormenta.-
(Se sugiere pase a Comisión Nº 1 de Ambiente)
- Nota R. N° 269-C.D.-2022.- Sr. Edgardo G. Val, eleva nota en ref.: Final de obra en propiedad ubicada en Cerro de Oro, Bº Club de Montaña Reserva Calaguala.-
(Se sugiere pase a Comisión Nº 1 de Planeamiento)
DE LOS ENTES
ORDENANZA N° IX-1060-C.D.-2022 – HOMOLOGA DECRETO N° 36
Villa de Merlo, (San Luis), 11 de Agosto de 2022.-
ORDENANZA N° IX-1060-C.D.-2022
VISTO:
La Nota Recibida Nº 244-CD-2022 de fecha 28 de Julio de 2022, ingresada a este Concejo Deliberante; y:
CONSIDERANDO:
Que a través de la misma, el Sr. Intendente Municipal Dr. Juan Álvarez Pinto, remite el Decreto N° 36-IM-2022, de fecha 26.07.2022, para su conocimiento y homologación por parte de este C.D.-
Que el Decreto se refiere al “Convenio de Provisión de Agua Cruda entre la Municipalidad de la Villa de Merlo y la Cooperativa de Provisión de Agua, Obras y Servicios Merlo LTDA”, de fecha 22 de diciembre de 2020, firmado entre la Municipalidad de la Villa de Merlo y la Cooperativa de Provisión de Agua, Obras y Servicios Merlo LTDA.-
Que el convenio citado ut supra en su cláusula “SEXTA”, “Derechos y obligaciones de las partes”, establece que el Municipio estará facultado para realizar las inspecciones que estime necesarias a los fines de constatar el cumplimiento del presente convenio, ejercer como órgano de contralor en cuanto a la calidad y prestación del servicio del agua potable de acuerdo a las normativas vigentes.-
Que mediante DECRETO Nº 12-IM-2022 de fecha 21 de Marzo de 2022, se creó la DIRECCION DE GESTION DEL AGUA dependiente de la Secretaria de Servicios Públicos, y dicho instrumento legal en los subpuntos 3 y 5 se establecen como facultades: “3. Ejercer la fiscalización de las acciones y desarrollos de empresas privadas, cooperativas, consorcios y cualquier organización que use o modifique el recurso hídrico superficial o subterráneo.”; y “5. Realizar relevamientos y monitoreos del recurso hídrico para dotar a los proyectos y normativas de una base técnica y permitir el desarrollo de estudios de investigación de diversa índole”.–
Que analizado en la Comisión Plenario de este C.D. esta considera procedente lo dispuesto en el Decreto que nos ocupa, por lo que resuelve su homologación.-
Que por todo ello se dispone conforme a continuación se establece.-
POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
ARTICULO 1º: HOMOLOGAR, en todas sus partes, el Decreto N° 36-IM-2022, de fecha 26 de Julio de 2022.-
ARTICULO 2°: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-
ORDENANZA N° X-1059-C.D.-2022 – INSTITUYE DIA DE LA SOLIDARIDAD
Villa de Merlo, (San Luis), 04 de Agosto de 2022.-
ORDENANZA N° X-1059-C.D.-2022
VISTO:
La Nota Recibida Nº 251-C.D-2022 de fecha 04.08.2022, ingresada a este Concejo Deliberante y, mediante la cual, el Pbro. Lic. Federico Kunz solicita establecer el día 9 de Agosto como el “Día de la Solidaridad” en la Villa de Merlo y:
CONSIDERANDO:
Que el próximo 09 de Agosto se cumplen 63 años de la Ordenación Sacerdotal del Padre Pablo Tissera.-
Que se propone esta fecha como forma de homenaje a la labor realizada por el recordado y queridísimo Sacerdote.-
Que la vida del Padre Tissera ha sido consagrada a la asistencia de los que menos tienen, desde una perspectiva material, espiritual y cultural.-
Que su paso por la Villa de Merlo ha dejado un destacado recuerdo en la comunidad en base a su calidez humana, a su rol sacerdotal y a su compromiso ciudadano.-
Que su principal y más presente obra en esta comunidad, el Instituto Monseñor Orzali, está cumpliendo 60 años desde su fundación.-
Que una de las maneras más representativas de mantener vivo e l recuerdo del Padre Pablo Tissera es continuar su camino y su ejemplo solidario.-
Que el 23 de Mayo de 2012, el Senado de la Nación declaró su homenaje y reconocimiento al Padre Tissera al conmemorarse el 15° aniversario de su desaparición física, destacándolo como “hombre de bien que realizó una importante labor por los que menos tienen”.-
Que de manera reciente la Universidad de San Luis, mediante su Facultad de Turismo y Urbanismo condecoró al Padre Tissera con el premio “Rector Alberto Puchmüller”, argumentando que “la Villa de Merlo no hubiese sido igual sin su presencia”.-
Que al declarar el 9 de Agosto como Día de la Solidaridad en la Villa de Merlo, se estaría hermanando nuestra localidad con los municipios bonaerenses en donde el Padre Pablo Tissera desarrolló su tarea pastoral y social, estableciendo entre ambas provincias un hilo afectivo en común.-
Que por todo ello se dispone conforme a continuación se establece.-
POR TODO LO EXPUESTO, EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
ARTICULO 1º: INSTITUYASE el día 9 de Agosto como “Día de la Solidaridad en la Ciudad de Villa de Merlo”, en sentido homenaje a la trayectoria del Padre Pablo Tissera.-
ARTICULO 2º: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-
ORDEN DEL DÍA – SESIÓN ORDINARIA ACTA N° 21-CD-2022 FECHA: 11 DE AGOSTO DEL 2022
ENTREGA DE DIPLOMAS
- DECLARAR DE INTERÉS MUNICIPAL la Campaña de Concientización sobre Incendios Forestales de Interfase, llevada a cabo de manera conjunta por la Universidad Nacional de los Comechingones y Bomberos Voluntarios de la Villa de Merlo. Resolución Nº 2265-CD-2022.-
- DECLARAR DE INTERÉS MUNICIPAL la notable trayectoria del Grupo Folclórico local “LAS VOCES DE MERLO”. Resolución Nº 2266-CD-2022.-
- De las Actas puestas a consideración:
- Acta Sesión Ordinaria N° 16 del 23-06-22……………………………………………
De los Despachos de Comisión:
- Despacho de Comisión N° 203-C.D.-2022.- Proyecto de Ordenanza, en ref.: HOMOLOGAR el Decreto Nº 36-IM-2022 mediante el cual designa a la Dirección de Gestión del Agua como Órgano de Contralor y Fiscalización de la Cooperativa de Provisión de Agua, Obras y Servicios Merlo Ltda., en su carácter de concesionaria del servicio de distribución de agua potable en la Villa de Merlo.-
- Despacho de Comisión N° 204-C.D.-2022.- Proyecto de Resolución, en ref.: DECLARAR de Interés Municipal el Evento a realizarse el próximo 21 de agosto de 2022, con motivo de la celebración del “Día del Niño”, por el Club Social y Deportivo Gral. San Martín de la Villa de Merlo.-
- Despacho de Comisión N° 205-C.D.-2022.- Proyecto de Resolución, en ref.: DECLARAR de INTERÉS MUNICIPAL el “Día Internacional de la Juventud” que se conmemora cada 12 de agosto, según loestablecido por la Asamblea General de las Naciones Unidas, mediante Resolución 54/120.-
- Despacho de Comisión N° 206-C.D.-2022.- Proyecto de Nota a la Sub Comisión de Vóley del Club Social y Deportivo Gral. San Martín, en ref.: Agradecer invitación al 1er. Master de Voleibol “Villa de Merlo”, a llevarse a cabo el sábado 13 de agosto.-
- Despacho de Comisión N° 207-C.D.-2022.- Proyecto de Nota a la Secretaría de Gobierno, Desarrollo Social y Coordinación, Dr. Francisco Oviedo, en ref.: Remitir copia de Nota R. Nº 247-CD-2022 enviada por la Sra. Cecilia Zamara, quien manifiesta irregularidades en el desarrollo de actividades en el local comercial ubicado en calle Poeta Agüero Nº 543 de la Villa de Merlo.-
- Despacho de Comisión N° 208-C.D.-2022.- Proyecto de Nota a la Secretaría de Gobierno, Desarrollo Social y Coordinación, Dr. Francisco Oviedo, en ref.: Invitarlo a reunión de la Comisión de Gobierno, el día martes 16.08.2022, a las 16:30hs., en el Recinto de Sesiones del Cuerpo, para abordar problemática planteada por el Sr. Guillermo Rodríguez, mediante Nota R. Nº 231-CD-2022.-
De los Proyectos de los/ las Concejales:
- Nota R. N° 255-C.D.-2022.- Concejales del Bloque Justicialista, elevan Proyecto de Resolución, en ref.: Reconocer al grupo Coquena por su trayectoria y aporte a la cultura local.-
(A criterio de los Sres. /as. Concejales)
De los informes y/o solicitudes del DEM:
- Intendente Municipal, Dr. Juan Álvarez Pinto, invita a participar del Desfile Cívico Militar del “172 Aniversario del Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín” a llevarse a cabo el 17 de agosto en Avenida del Libertador, a partir de las 10:30hs. y solicita confirmación de asistencia. –
(Se sugiere toma de conocimiento y pase a Archivo)
De las Peticiones y/o Asuntos Particulares:
- Nota R. N° 249-C.D.-2022.- Vecinos del Barrio San José, solicitan colaboración para solucionar los problemas que se ocasionan en el tinglado del Club San Martín, en cada ocasión que el mismo realiza eventos.-
(Se sugiere pase a Comisión Nº 2 de Gobierno)
- Nota R. N° 252-C.D.-2022.- Escuela Técnica Nº 34 “Arístides Bratti”, solicita adhesión a su proyecto DISEÑO BIM “MODELANDO UN FUTURO INTEGRAL”, en el Marco de la presentación de la escuela, en el proyecto de financiamiento de Crédito Fiscal 2022.-
(Se sugiere pase a Comisión Nº 1 de Planeamiento)
- Nota R. N° 253-C.D.-2022.- Asociación Civil Amigos de Merlo, solicita Banca del Vecino para exponer inconvenientes con el Municipio los cuales perjudican sus tareas.-
(A criterio de los Sres./as. Concejales)
- Nota R. N° 254-C.D.-2022.- Sr. Eduardo Borgo presenta proyecto en ref.: Temperaturas Radiantes en Techos de Chapas Metálicas y no Aisladas.-
(Se sugiere pase a Comisión Nº 1 de Planeamiento)
DE LOS ENTES
ORDEN DEL DÍA – SESIÓN ORDINARIA ACTA N° 20-CD-2022 FECHA: 04 DE AGOSTO DEL 2022
ENTREGA DE DIPLOMAS
- DECLARAR DE INTERÉS MUNICIPAL la notable labor del grupo de artistas representados por Verónica Elizondo, Morena Elizondo y Federico Aguirre, que cumplen con el rol de embellecer artísticamente nuestra ciudad. Resolución Nº 2264-CD-2022.-
De los Despachos de Comisión:
- N° 192-C.D.-2022.- Proyecto de Resolución, en ref.: DECLARAR de Interés Municipal la Campaña de Concientización sobre Incendios Forestales de Interfase, llevada a cabo de manera conjunta por la Universidad Nacional de los Comechingones y Bomberos Voluntarios de la Villa de Merlo.-
- Despacho de Comisión N° 193-C.D.-2022.- Proyecto de Resolución, en ref.: DECLARAR de Interés Municipal la notable trayectoria del Grupo Folclórico local “LAS VOCES DE MERLO”.-
- Despacho de Comisión N° 194-C.D.-2022.- Proyecto de Nota a la Secretaría de Gobierno, Desarrollo Social y Coordinación, Dr. Francisco Oviedo, en ref.: Enviar copia de Nota R. Nº 232-CD-22, del Jefe de la Agencia P.A.M.I., Sr. Ricardo Chaves, quien solicita autorizar una zona de reserva de estacionamiento para afiliados de la Entidad y expone razones.-
- Despacho de Comisión N° 195-C.D.-2022.- Proyecto de Nota a la Dirección de Catastro Municipal, Arq. Victoria Ribeiro, en ref.: Solicitarle información requerida mediante Nota E. Nº 121-CD-22: Calaguala.-
- Despacho de Comisión N° 196-C.D.-2022.- Proyecto de Nota al Consorcio Propietarios Calaguala, en ref.: Solicitar eleve Proyecto de Indicadores Urbanísticos para el sector y que tengan a bien acreditar conformación del nuevo Consorcio de Propietarios.-
- Despacho de Comisión N° 197-C.D.-2022.- Proyecto de Nota al Dr. Matías Perassi, en ref.: Responder Nota Recibida N° 233-C.D.-2022, a través de la cual eleva Oficio en autos: “(Inicio Oralidad) SILVESTRE ALEJANDRO ADRIAN c/MUNICIPALIDAD DE VILLA DE MERLO – S/DAÑOS Y PERJUICIOS, EXPTE. N° 347939/19”.-
- Despacho de Comisión N° 198-C.D.-2022.- Proyecto de Nota a Ex Alumnos del Instituto Monseñor Orzali, en ref.: Responder solicitud realizada mediante Nota Recibida N° 237-C.D.-2022 y convocarlos a participar de la reunión de Comisión de Gobierno, el día Lunes 08/08/2022 a las 17hs., en el Recinto de Sesiones del C.D..-
- Despacho de Comisión N° 199-C.D.-2022.- Proyecto de Nota al Sr. Guillermo Rodríguez, en ref.: Responder solicitud de Audiencia, realizada mediante Nota R. N° 231-C.D.-2022 y convocarlo a participar de la reunión de Comisión de Gobierno, el día Lunes 08/08/2022 en horario de 16:30 a 17 hs., en el Recinto de Sesiones de este C.D..-
- Despacho de Comisión N° 200-C.D.-2022.- Proyecto de Nota a la Prof. Myriam Mercau, en ref.: Responder Nota R. Nº 234-CD-22 relacionada a la Ordenanza Nº IX-1052-C.D.-2022 y acompañar copia del informe producido por la Dirección de Catastro Municipal, sobre el criterio adoptado para Nomenclatura de calle en Piedra Blanca Abajo.-
- N° 201-C.D.-2022.- Proyecto de Nota al Sr. José Francisco Rodríguez, en ref.: Nota Recibida N° 195-C.D.-2022, a través de la cual pide ampliación de zona, con el objeto de solicitarle nos informe si realizó el trámite de Prefactibilidad en el Municipio.-
- Despacho de Comisión N° 202-C.D.-2022.- Proyecto de Nota al Sr. Eduardo Borgo, en ref.: Nota Recibida N° 230-C.D.-2022, y convocarlo a la reunión con la Comisión de Planeamiento y Ambiente de este C.D., el día Lunes 08.08.2022, a las 16:30 en el Recinto de Sesiones de este Concejo, a fin de dialogar sobre una propuesta para mitigar y disminuir el calentamiento global.-
De los Proyectos de los/ las Concejales:
- Nota R. N° 248-C.D.-2022.- Concejales del Bloque Justicialista, elevan Proyecto de Resolución, en ref.: Declarar de Interés Municipal el “Día Internacional de la Juventud”, establecido por la Asamblea General de las Naciones Unidas, mediante Resolución 54/120.-
(A criterio de los Sres. /as. Concejales)
De las Comunicaciones Oficiales:
- Nota R. N° 246-C.D.-2022.- Comisión de Vóley del Club San Martín, invita al acto inaugural del “1º Master Nacional de Voleibol Villa de Merlo”, el día sábado 13 de agosto a las 14hs., en el Polideportivo del Club San Martín.-
(A criterio de los Sres. /as. Concejales)
De los informes y/o solicitudes del DEM:
- Nota R. N° 245-C.D.-2022.- Secretaría de Ambiente, Producción y Desarrollo Sustentable de la Municipalidad de la Villa de Merlo, Téc. Stella Maris Cuello, informa, a los Concejales representantes del COAMA, que la reunión Ordinaria del mismo, será el lunes 01 de agosto, a las 17hs., en la Secretaría de Ambiente.-
(Se sugiere pase a Archivo)
De las Peticiones y/o Asuntos Particulares:
- Nota R. N° 247-C.D.-2022.- Sra. Cecilia Elena Zamara, eleva nota haciendo llegar su queja, por el negocio denominado “Despensa la Libertad”, ubicado en calle Poeta Agüero 543.-
(Se sugiere el Pase a Comisión N° 2 -Gobierno)
- Nota R. N° 250-C.D.-2022.- Club Social, Cultural y Deportivo “General San Martín, eleva Proyecto “Día del Niño” y adjunta programa de actividades a realizarse el 21 de agosto, de 14hs. a 19hs., en el predio del Club y solicita Declaración de Interés Cultural del evento.-
(A criterio de los Sres./as. Concejales)
DE LOS ENTES
ORDENANZA N° VIII-1058-C.D.-2022 – DESIGNAR NOMBRE DE CALLES EN LOTEO DE AZUCENA ARIAS
Villa de Merlo, (San Luis), 07 de Julio de 2022.-
ORDENANZA N° VIII-1058-C.D.-2022
VISTO:
La Nota Recibida Nº 201-CD-2021 de fecha 06.07.2021, ingresada a este Concejo Deliberante; y:
CONSIDERANDO:
Que a través de la misma, el Sr. Juan Guillermo Altamirano, solicita asignar nombres a un boulevard y dos calles en el Loteo de Azucena Arias en Cerro de Oro.-
Que propone para el boulevard el nombre de ALFREDO ANIBAL ARIAS, fallecido el 02 de Julio de 1997 y para las calles, los nombres de LA PEPERINA y EL PARRAL.-
Que con fecha 05.08.2021, el Concejo remitió a la Dirección de Catastro Municipal la Nota Emitida N° 123-CD-2021, solicitando a su titular si el nombre ya existía y demás requerimientos que se formulan en estos temas.-
Que la Dirección de Catastro Municipal, contestó con fecha 29.03.2022, mediante la Nota Recibida N° 067-CD-2022, informando que los nombres propuestos están disponibles en el Nomenclador.-
Que mediante Nota Emitida N° 041-CD-2022, de fecha 07.04.2022, se comunicó a ALTAMIRANO que debía presentar otras opciones que fueran de hierbas aromáticas y medicinales.-
Que con fecha 04.07.2022, se hizo presente ante la Comisión de Planeamiento explicando los motivos de su pedido.-
Que la nieta de ALFREDO ANIBAL ARIAS, Antonella Ponticello, hija de Azucena Arias, acompaña la reseña de su abuelo Alfredo Aníbal Arias quien en vida fue hijo de Paulino Arias y Eudora Funes una familia de hacendados de Cerro de Oro. El señor Arias se dedicaba a la explotación agroganadera y a la producción olivícola para su procesamiento en establecimiento Las Almazaras ubicado en Calle Belgrano al 1500 de la Ciudad de Villa Dolores, Provincia de Córdoba. Fue el primer agricultor en producir papas semilla por las bondades de la tierra y el clima (amplitud térmica), productos sin virus, producción que entregaba al señor Alfredo Bucco de la Ciudad de V. Dolores. En su campo se producía ajo, azafrán y espárragos y también la producción de vinos con parrales propios. En la actualidad aún existe un campo en las Sierras de Los Comechingones a la izquierda de la confitería del filo, perteneciente a la Provincia de Córdoba donde se extraían minerales como feldespato, cuarzo, granito y mica. En el resto de este campo se producía ganado bovino que se comercializaba en parrillas y hoteles de la Villa de Merlo y de la Ciudad de Villa Dolores. Arias tuvo el primer vehículo Ford A, conocido como “chatita” de la zona de Cerro de Oro, la cual usaba para la comercialización de sus productos.-
Que el Concejo considera razonable el pedido, atento a que se trata de calles nuevas, las que a la fecha carecen de designación de nombres y no tienen continuidad según informe solicitado a la Dirección de Catastro Municipal.-
Que por ello se dispone conforme a continuación se establece.-
POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
ARTICULO 1º: DESIGNAR con el nombre de: “ALFREDO ANIBAL ARIAS”, al Blvd. principal del Loteo de Azucena Arias en Cerro de Oro y como: “La Peperina” y “El Parral”, a las Calles Públicas que corren de Norte a Sur dentro del referido Loteo.-
ARTICULO 2°: ORDENAR, la incorporación de los nombres designados precedentemente en el Nomenclador de Calles Municipal (Ordenanza Nº VIII-0489-HCD-2012).-
ARTICULO 3º: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-
ORDENANZA VII-1057-C.D.-2022 – AUTORIZAR CONCURSO CON TRACCHIA
Villa de Merlo, (San Luis), 30 de Junio de 2022.-
ORDENANZA VII-1057-C.D.-2022
VISTO:
La Nota Recibida N° 198-C.D.-2022 ingresada con fecha del 22.06.22 mediante la cual, el Departamento Ejecutivo Municipal, solicita autorización de Contratación para la Ejecución de la Obra de Badén (Expediente N° SIPPE: 127.967) de la Secretaría de Ordenamiento Territorial y Planificación Urbana; el Decreto del DEM N° 20-IM-2022, que convocó a las empresas prestatarias de Obras Públicas para la necesaria ejecución de obra de Badén dando cumplimento al procedimiento fijado por la Ordenanza N° VII- 1027-C.D.-2021 y:
CONSIDERANDO:
Que la presentación mencionada en el visto de la presente norma, responde a una solicitud efectuada por el Departamento Ejecutivo Municipal, requiriendo la autorización correspondiente para la Contratación del servicio de la Empresa Tracchia Vial, con destino al área de Obras Públicas para culminación de la Obra de Badén que va sobre el cauce del Arroyo del Tigre.-
Que la Firma Tracchia Vial de Villa de Merlo, presentó en tiempo y forma el Presupuesto e Informe Técnico correspondiente, mediante llamado a Concurso Público, efectuado por el Ejecutivo Municipal.-
Que Dadas las características tecnico-cientificas presentadas en el informe de la Empresa interesada, en cuanto a materias primas y calidad de herramientas y materiales que se utilizarán para la ejecución de la Obra, es que la oferta de la precitada Firma resulta la más conveniente a los intereses del municipio.-
Que el Departamento Ejecutivo dispone de los recursos financieros necesarios para realizar el acuerdo, además de considerar oportuna la cotización del dólar oficial que se aplica para la contratación durante el mes de Junio de 2022.-
Que el Municipio de Merlo mediante Ordenanza VII-1027-C.D.-2021, autoriza este tipo de contrataciones.-
Que por todo ello se dispone conforme a continuación se establece.-
POR TODO ELLO EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
ARTICULO 1º: AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar la Contratación por hasta un monto máximo de PESOS CATORCE MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO ($ 14.869.368.00) + IVA.- del servicio de la Empresa TRACCHIA VIAL para la ejecución de la Obra de Badén que va sobre el cauce del Arroyo del Tigre.-
ARTICULO 2º: La autorización en el Artículo precedente se realizará a la Razón Social “TRACCHIA VIAL.”, de Villa de Merlo, San Luis, Argentina.-
ARTICULO 3°: APLICAR en el caso, lo normado por la Ley Nº VIII-0257-2004 (5456) Ley de Obras Públicas de la Provincia de San Luis.-
ARTICULO 4º: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar las adecuaciones presupuestarias conforme a los artículos precedentes, a los efectos de la constitución de la Contratación del Servicio.-
ARTICULO 5º: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-
ORDENANZA N° VI-1056-C.D.-2022 – ADHERIR A GIIRSU
Villa de Merlo, SL. 30 de junio de 2022
ORDENANZA N° VI-1056-C.D.-2022
VISTO
El incremento considerable en la producción mensual de residuos de todo tipo dentro del ejido de la Villa de Merlo, y:
CONSIDERANDO
Que los Planes de Gestión Integral e Inclusiva de Residuos Sólidos Urbanos “GIIRSU”, son planes desarrollados a fin de minimizar los impactos sociales y ambientales en la gestión de residuos del municipio, fomentando la sensibilización ambiental, los encadenamientos productivos de reciclado, la justicia social y territorial, mediante su formalización a través de un Sistema Local de Reciclado (SLR), fomentando de esta forma la Economía Circular y el desarrollo sustentable.
Que los “Planes GIIRSU” se construyen con normativas, políticas públicas, iniciativas, programas y acciones mancomunadas entre los sectores públicos, cooperativos, del tercer sector y privados, en lo que respecta al diseño de los sistemas de promoción ambiental, recolección diferenciada, el transporte y el tratamiento de los RSU.
Que los “Sistemas Locales de Reciclado” son Sistema de Cogestión de Recolección Diferenciada de RSU –fracción seca reciclable que pretende organizar desde el municipio la actividad de reciclaje preexistente, a través de un sistema de cogestión de la fracción seca de los RSU con la inclusión social de los recuperadores urbanos, asociado a las etapas de promoción ambiental, separación en origen, recolección diferenciada, transporte, tratamiento y valorización.
Que el trabajo de los recuperadores urbanos es esencial para transformar las ciudades y pasar de la economía productiva lineal a la circular; esto es, ir de un modelo basado en extraer -producir-desechar al de reducir-reutilizar-reciclar.
Que se busca colaborar con la preservación del ambiente, recuperando e introduciendo en los procesos productivos materiales como papel, cartón, plásticos, vidrio, metales y otros.
Que los recuperadores urbanos aportan un servicio a los gobiernos municipales, ya que ayudan a extender la vida útil de los rellenos sanitarios, reducir los costos de transporte y las emisiones de carbono.
Que se busca reconstruir la identidad social de los recuperadores urbanos, revalorizando su función como promotores ambientales.
Que es función del Municipio potenciar y profundizar el proceso de inclusión social, entendiendo el rol central que tiene el Estado y la política pública para la transformación de la realidad.
Que es necesario aportar soluciones concretas e inclusivas respecto a la problemática social y ambiental que atraviesa el Municipio, siendo un espacio de contención social y fortalecimiento del trabajo.
Que se busca la reducción progresiva de la disposición final de residuos urbanos con plazos y metas concretas, por medio de adopción de un programa orientado a la sensibilización ambiental separación en origen, recolección diferenciada y reciclado.
Que el municipio de la Villa de Merlo ha firmado un Acta Adhesión al Programa Argentina Recicla y está avanzando en su implementación en forma conjunta con la Secretaría de Economía social del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.
POR TODO ELLO, EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
CAPÍTULO I – De los Recuperadores Urbanos y la Gestión Integral e Inclusiva de Residuos Sólidos Urbanos.
Artículo 1º.- .CREAR el Sistema Local de Reciclado (SLR) que estará a cargo del municipio en forma conjunta con los Recuperadores Urbanos y las cooperativas conformadas o que en un futuro se conformen, que lo prestarán en forma concurrente y coordinada en la totalidad del espacio público del Municipio, de manera gradual.
Y ADHERIR al Plan GIIRSU, del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación.-
Artículo 2º.- Declárase como Servicio Esencial a los Recuperadores Urbanos (RU) que tendrán por objeto la gestión integral e inclusiva de los residuos sólidos urbanos reciclables fracción seca del Plan GIIRSU Municipal mediante el Sistema Local de Reciclado (SLR).
Artículo 3º.-Defínase como Recuperador Urbano a la persona que recolecta, selecciona, recupera, transforma, comercializa y reutiliza los residuos sólidos. Cumple la labor de reciclar en el primer eslabón de la cadena de comercialización y recuperación de material. El recuperador urbano vive de este oficio, generando sus ingresos de la venta del material que recupera recorriendo calles en busca de lo que la comunidad desecha.
Artículo 4º.- La Gestión Integral e Inclusiva de los RSU supone el aprovechamiento económico de los residuos sólidos urbanos en general, y en particular de la fracción seca tendiendo a la generación de empleo en condiciones óptimas de salubridad atendiendo especialmente la situación de los trabajadores informales denominados Recuperadores Urbanos en cumplimiento de los principios establecidos en la Ley N° 25.916.
Artículo 5º.- Se entiende por Residuos Sólidos Urbanos reciclables fracción seca a los materiales tales como: papel, cartón, plástico, vidrio, metal, y todo otro material pasible de ser reciclado, reusado y revalorizado, excluyendo los Residuos Especiales y los Residuos Patogénicos conforme con la legislación vigente en la materia.
Se entiende por Residuos Sólidos Urbanos Reciclables fracción húmeda reciclable a los residuos orgánicos domiciliarios. Susceptibles de ser reciclados/compostados.
Artículo 6º.- El SLR de los residuos fracción seca deberá efectuarse cumpliendo con los siguientes objetivos:
a. Concebir una Gestión Integral e Inclusiva de los Residuos Urbanos, que permita la recuperación de materiales reciclables y reutilizables en concordancia con los principios establecidos en la Ley N° 25.916.
b. Priorizar la asignación de zonas de trabajo de los Recuperadores Urbanos –RU en acuerdo con el servicio de recolección municipal.
c. Reconocer e incluir en las políticas públicas a los Recuperadores Urbanos –RU- independientes que se encuentren desarrollando la tarea por cuenta propia.
d. Diseñar un Programa Municipal de separación Domiciliaria de Residuos Secos en cada una de los barrios del municipio, acorde a las etapas de implementación del SLR.
e. Ejecutar de políticas públicas que prevengan el trabajo insalubre e infantil.
f. Realizar una campaña permanente de comunicación, educación sobre los beneficios ecológicos, económicos y sociales de la separación en origen.
Artículo 7º. -La Secretaría de Ambiente, Producción y Desarrollo Sustentable será la Autoridad de Aplicación del SLR Municipal fracción seca o el órgano que a futuro la reemplace.
CAPITULO II – Del Censo y Registro de los Recuperadores Urbanos.
Artículo 8º.- Realícese el Censo de Recuperadores y/o Recicladores Urbanos en el Municipio a fin de determinar un diagnóstico inicial de la situación socio económica del sector.
Artículo 9º.- Créase el Registro Único de Recuperadores y/o Recicladores Urbanos así como de Cooperativas de Recuperadores Urbanos dentro del ejido municipal.
Artículo 10º.- Los Recuperadores Urbanos se encuentran habilitados para recolectar las bolsas con residuos reciclables y todo otro material reciclable que haya sido descartado y que se encuentre depositado en la vía pública del territorio Municipal, en acuerdo con el sistema de recolección municipal.
Artículo 11º.- La Autoridad de Aplicación implementará programas de capacitación destinados a todos los inscriptos en el Registro de RU, con el objeto de proteger la salud, la higiene y la seguridad laboral durante el ejercicio de la actividad, como así también, promocionar una adecuada planificación de la actividad, evitando que el desarrollo de la misma redunde en menoscabo de la limpieza e higiene del Municipio.
CAPITULO III — De los Recursos
Artículo 12º.- El Poder Ejecutivo deberá generar los mecanismos necesarios para brindar el financiamiento al Sistema Local de Reciclado así como el personal necesario para su implementación.
Artículo 13º.- La Autoridad de Aplicación adoptará las medidas necesarias para gestionar líneas de créditos y subsidios destinados a aquellas cooperativas de Recuperadores Urbanos y/o Recuperadores Urbanos independientes, inscriptos en el registro creado por la presente ordenanza.
CAPÍTULO IV — Otras disposiciones
Artículo 14º.- El Poder Ejecutivo Municipal podrá promover bonificaciones en el pago de Tasas Municipales a los sectores Industriales radicados en el Municipio que demuestren fehacientemente, haber realizado políticas/acciones de reducción en la generación de envoltorios, envases y/o packaging de sus productos, en búsqueda del rediseño de los mismos.
Artículo 15º.- El Poder Ejecutivo, la Autoridad de Aplicación y el Concejo Deliberante, deberán implementar, una gestión responsable de R.S.U. en las compras de insumos, priorizando la compra de artículos fabricados con material reciclado post-consumo, bienes de larga duración en reemplazo de los artículos descartables, y materiales que utilicen menos envases y embalajes.
Artículo 16º.- La Autoridad de Aplicación, instrumentará los mecanismos necesarios para un eficaz tratamiento de separación en origen y recuperación de los Residuos Sólidos Urbanos generados en los Organismos Públicos Municipales.
Artículo 17º.- El municipio deberá hacer pública y accesible la información sobre la acción en materia de gestión de residuos, promoviendo la participación de la ciudadanía en el desarrollo de las acciones previstas.
Artículo 18º.- La Autoridad de Aplicación reglamentará las disposiciones necesarias para la efectivización de la presente Ordenanza.
Artículo 19º.- COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-–