Villa de Merlo, San Luis, 16 Junio de 2022.-
ORDENANZA N° IX-1051-C.D.-2022
VISTO:
La Nota Recibida N° 149-C.D.-2022, ingresada con fecha 01.06.2022; y:
CONSIDERANDO:
Que a través de la N.R. mencionada en el visto, la Secretaría de Gobierno de la Municipalidad Villa de Merlo eleva a este C.D. solicitud de homologación y aceptación de donación efectuada ante la Dirección de Catastro Municipal.-
Que mediante Acta de Donación de fecha 01.06.2022, certificada por la Escribana Pública Titular del Registro Notarial N° 26, María Cristina Chada, el Sr. DAVID EZEQUIEL GATAFONI, DNI. N° 36.191.719, en representación de la Sra. VIVIANA HEBE GALACHO -en su carácter de propietaria del inmueble que en la parte dispositiva de ésta norma se individualiza-, realiza donación expresa de una parcela para Espacio Verde. También representa a los Sres. DARDO MANUEL GALACHO y NOEMI LIDIA FERRAL, co-titulares de derecho real de usufructo.-
Que la representación aludida GATAFONI la acredita mediante Poder Especial que le otorgaran los mencionados, Escritura N° 73 de fecha 06.05.2022, autorizada por la Escribana Laura Enerina Peters, Adscripta al Registro Notarial N° 1197 de C.A.B.A.-
Que el propósito de los mencionados es donar para Espacio Verde la Parcela 1, de la Manzana E, del Plano de División N° 06/04/06, confeccionado por el Ing. Agrimensor Oscar Fariello, M.P. N° 170 del C.A.S.L.-
Que la Ordenanza N° VIII-1020-CD-2021, (Banco Municipal de Tierras e Inmuebles), en su Art. 7° regula el ingreso de inmuebles al peculio Municipal.-
Que por todo ello se resuelve conforme a continuación se establece.-
POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: ACEPTAR Y HOMOLOGAR, la Donación efectuada mediante Acta de Donación de fecha 01.06.2022, certificada por la Escribana Pública Titular del Registro Notarial N° 26, María Cristina Chada, por el Sr. DAVID EZEQUIEL GATAFONI, DNI N° 36.191.719, quien lo hace en nombre de la Sra. VIVIANA HEBE GALACHO, DNI N° 20.729.950, en su carácter de propietaria del inmueble y de los Sres. DARDO MANUEL GALACHO y NOEMI LIDIA FERRAL, co-titulares de derecho real de usufructo, respecto del inmueble ubicado en Sección 5, Manzana E, Parcela 1, de esta Villa de Merlo, según Plano N° 06/04/06, confeccionado por el Ingeniero Agrimensor Oscar Fariello, Padrón N° 12062, Receptoría N° 13 de Merlo. La superficie donada es de 2 Has. 4141,54 mts.2.-
ARTICULO 2º: FACULTAR Y ENCOMENDAR al DEM la realización de la pertinente escritura traslativa de dominio a fin de inscribir registralmente el inmueble cedido a nombre de la Municipalidad de Merlo San Luis, y gestionar las exenciones impositivas provinciales correspondientes.-
ARTICULO 3º: Solicitar al DEM incorpore al Registro del Banco de Tierras e Inmuebles, creado por la Ordenanza N° VIII-1020-CD-2021, el inmueble objeto de la presente norma.-
ARTICULO 4º: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-