Villa de Merlo (S.L.), 07 de abril de 2022.-
ORDENANZA N° VI-1044-HCD-2022
VISTO:
La Ley Provincial N° I-0835 de fecha 03 de abril de 2013, y:
CONSIDERANDO:
Que por N.R. N° 070/22, del 29-03-2022; la Directora de Políticas en Discapacidad de la Municipalidad, solicita la Adhesión a la Ley Provincial N° I-0835/13 “Libre acceso de personas con perros guías o de asistencia”.-
Que teniendo en cuenta además la Ley Nacional N° 26.858 “Derechos de acceso, deambulación y permanencia” ambas tienen por objeto asegurar el acceso a los servicios de transporte públicos, de toda persona con discapacidad, acompañada por un perro guía o de asistencia.-
Que se pretende posibilitar la inclusión de personas con discapacidad en la vida social, brindándoles una mayor igualdad de oportunidades.-
Que por todo ello, se dispone conforme a continuación se establece.-
POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º.- ADHERIR en todas sus partes a la Ley Provincial N° I-0835, sancionada el 03 de abril de 2013; “Libre acceso de personas con perros guías o de asistencia”.-
ARTÍCULO 2º.- COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-