Archivo el 31 de octubre de 2019

ORDEN DEL DÍA – SESIÓN ORDINARIA FECHA:  31 DE OCTUBRE DE 2019 ACTA N° 032-HCD-2019

ORDEN DEL DÍA – SESIÓN ORDINARIA

FECHA:  31 DE OCTUBRE DE 2019

ACTA N° 032-HCD-2019

De las Actas:

  1. Lectura y Aprobación de Actas Anteriores
  • Acta Nº 029 del día 10 de Octubre de 2019………………………………………….
  • Acta Nº 030 del día 17 de Octubre de 2019…………………………………………

De los Despachos de Comisión. –

  1. Nota R. Nº 656-HCD-19.- Despacho de Comisión, Proyecto de Nota al Secretario de Gestión Territorial, Arq. Nicolás Rosatti, en referencia al pedido de los Sres. David Gatafoni y Francisco D. Nicoletti, por la construcción de una confitería bailable en Ruta N° 1 s/n°, de nuestra Villa y solicitarle gestione con los interesados la presentación de un acuerdo y conformidad de los vecinos linderos.-
  2. Nota R. Nº 657-HCD-19.- Despacho de Comisión, Proyecto de Nota a la Comisión Evaluadora de Proyectos, en ref.: elevar Proyecto de Mensura y División del Ing. Mariano G. Baez, del Campus de la Universidad Nacional de los Comechingones y Expte. de Proyectos varios en inmueble del Sr. Jorge Huberto Flores, en Cerro de Oro.-
  3. Nota R. Nº 658-HCD-19.- Despacho de Comisión, Proyecto de Resolución, en ref.: AUTORIZAR LA APROBACION del Proyecto de plano de obra nueva con destino a vivienda unifamiliar en un inmueble de propiedad del JOEL ALEJANDRO GERBASI, sito en Calle Cerro de Oro, Parque Calaguala, Villa de Merlo, Provincia de San Luis.-
  4. Nota R. Nº 662-HCD-19.- Despacho de Comisión, Proyecto de Nota Múltiple a Instituciones Deportivas de la Villa de Merlo, en ref.: enviar copia de Proyecto del C.O.P.E.F.F. a fin de que realicen los aportes necesarios.-

De los Proyectos (y/o propuestas de los Concejales).-

  1. Nota R. Nº 655-HCD-19.- Bloque de Concejales UCR-Avanzar Cambiemos por San Luis, eleva Proyecto de Minuta, en ref.: Solicitar al Director de Ambiente de la Municipalidad de la Villa de Merlo, Sr. Aníbal Catáneo, realice inspecciones por posibles extracciones de especies arbóreas autóctonas en Hotel Spa “El Rincón del Canadal”.-

 

De las Comunicaciones Oficiales.-

  1. Nota R. Nº 659-HCD-19.- Escuela N° 221 “Irma Romero de Pacheco” invita a las Bodas de Plata del Jardín “Cerrito de Oro”, el día 01-11-19 a las 19hs. en el Establecimiento Escolar.-

De los Informes (y/o solicitudes) del D.E.M..-

  1. Nota R. Nº 648-HCD-19.- Secretaria de Gobierno, Sra. Silvia Zulema Córdoba, eleva nota de la Empresa NIGA S.R.L., en ref.: solicitud de prórroga de la habilitación comercial de la confitería denominada “Souk Club”.-
  2. Nota R. Nº 649-HCD-19.- Directora de Catastro Municipal, Sra. Rosana Sirka, eleva pedido del Sr. Alberto Antonio Rivero, sobre solicitud de excepción para dividir propiedad ubicada en Avda. Dos Venados y expone motivos.-
  3. Nota R. Nº 650-HCD-19.- Directora de Catastro Municipal, Sra. Rosana Sirka, eleva Expte. del Sr. Mario César Romero y Hugo Fermín Romero, sobre solicitud de registración de un plano de división de inmueble, ubicado en Piedra Blanca Abajo.-
  4. Nota R. Nº 651-HCD-19.- Directora de Catastro Municipal, Sra. Rosana Sirka, eleva Expte. de la Sra. Marcela María De Luca, sobre solicitud visado de Plano de Propiedad Horizontal.-
  5. Nota R. Nº 652-HCD-19.- Intendente Municipal, Lic. Miguel Ángel, eleva Expte. de Pliego de Licitación Pública para la Concesión del Transporte Público de Pasajeros de la Villa De Merlo.-
  6. Nota R. Nº 654-HCD-19.- Intendente Municipal, Lic. Miguel Ángel Flores y Secretaria de Hacienda, Srta. Cecilia Greco, elevan Balance del D.E.M., correspondiente al 2° Trimestre del año 2019.-
  7. Nota R. Nº 660-HCD-19.- Directora de Catastro Municipal, Sra. Rosana Sirka, eleva Expte. de del Sr. Busto, Alejo Luis sobre parcela ubicada en Barrio Nuevo Merlo correspondiente a Zona C.-

De las Peticiones o Asuntos Particulares.-

  1. Nota R. Nº 653-HCD-19.- Grupo de Scout N° 1454 APU KUNTUR, solicita ayuda económica para poder cubrir gasto de colectivo para asistir a Encuentro Regional.-
  2. Nota R. Nº 661-HCD-19.- Jorge Flores eleva documentación para agregar a Expte sobre Proyectos en su campo ubicado en Cerro de Oro.-

RESOLUCION N° 2054-HCD-2019: DECLARAR DE INTERES MUNICIPAL DE VILLA DE MERLO, SAN LUIS EL Curso de Capacitación a dictarse en el marco de los Intercolegiales Culturales denominado “El Arte en la Puntanidad Creadora”,

                                         Villa de Merlo, (San Luis), 05 de Septiembre de 2019.-

RESOLUCION N° 2054-HCD-2019

VISTO:

La Nota Recibida Nº 419-HCD-2019, ingresada al Concejo con fecha 13 de agosto de 2019; y:

CONSIDERANDO:

Que la Nota Recibida consignada en el visto de ésta Resolución, ha sido ingresada por la Directora de la Casa del Poeta, Sra. MARIA DEL SOL URIA, solicitando la Declaración de Interés Municipal del Curso de Capacitación a dictarse en el marco de los Intercolegiales Culturales denominado “El Arte en la Puntanidad Creadora”, a realizarse el 25, 26 y 27 de septiembre del cte. año en el Colegio Santiago Besso.-

Que según refiere, el mismo está destinado a supervisores, directivos, docentes de los niveles inicial, primario y secundario de las Escuelas de la Provincia de San Luis.-

Que dicha capacitación premiará a los Proyectos que participen en calidad de muestra y es llevado a cabo, en forma conjunta, por el Programa Cultura y El Ministerio de Educación.-

Que mediante Decreto N° 4180-SGG-2017, el Sr. Gobernador de la Provincia de San Luis, instituyó los “Intercolegiales Culturales – Puntanidad Creadora”.-

Que por Resolución N° 9-SCD-2019, la Jefa de Subprograma de Capacitación Docente, Lic. Virginia Miranda avala el curso en cuestión y menciona los puntajes que este asigna a los participantes.-

Que por Resolución N° 8-SGG-2019, la Jefe de la Oficina de Despacho de la Secretaría General de la Gobernación, Sra. Esther Mónica Favier, establece el Cronograma de actividades.-

Que dentro de nuestra legislación local contamos con la Ordenanza Nº 949-HCD-2005, la que en su Capítulo III, Arts. 25º, siguientes, correlativos y concordantes, contemplan éste tipo de eventos, como para ser declarados en la forma que se lo solicita.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY PRODUCE LA SIGUIENTE:

  

RESOLUCION

ARTICULO 1º: DECLARAR DE INTERES MUNICIPAL DE VILLA DE MERLO, SAN LUIS, Curso de Capacitación a dictarse en el marco de los Intercolegiales Culturales denominado “El Arte en la Puntanidad Creadora”, a realizarse el 25, 26 y 27 de septiembre del cte. año en el Colegio Santiago Besso.-

ARTICULO 2º: REMITIR, copia de la presente, al Departamento Ejecutivo Municipal y a los organizadores del evento para su toma de razón.-

ARTICULO 3º: DE FORMA.-

RESOLUCION N° 2053-HCD-2019: DECLARAR DE INTERES MUNICIPAL DE LA VILLA DE MERLO, SAN LUIS, a los festejos de los 70 años de la Creación de la Parroquia “Nuestra Señora del Rosario”,

Villa de Merlo, (San Luis), 05 de setiembre de 2019.-

RESOLUCION N° 2053-HCD-2019

VISTO:

Los festejos a realizarse con motivo de los 70 años de la Parroquia Nuestra Señora del Rosario; y:

CONSIDERANDO:

Que de la Nota Recibida consignada en el visto de ésta Resolución, ha sido ingresada por Presbítero Claudio Collado Administrador Parroquial, con el objeto de solicitar la Declaración de Interés Municipal de los festejos por los 70 años de nuestra Parroquia, que estaremos celebrando el 1 de octubre y durante toda la Novena y Fiesta Patronal.-

Que el 1° de octubre del año 1949 por decreto firmado por Monseñor Emilio Di Pasquo se establece el desmembramiento de la Parroquia Santa Rosa de Lima y se crea Nuestra Parroquia bajo el patrocinio de la Santísima Virgen del Rosario.-

Que a partir de entonces que se abren los Libros Parroquiales y se comienza a registrar los Bautismos, Confirmaciones y Matrimonios. Así se torna más ágil la atención espiritual, que cómo consta en el Código de Derecho Canónico “La parroquia es una determinada comunidad de fieles constituida de modo estable en la Iglesia particular, cuya cura pastoral, bajo la autoridad del Obispo diocesano, se encomienda a un párroco, como su pastor propio. La parroquia legítimamente erigida tiene personalidad jurídica en virtud del derecho mismo.-

Que en estos 70 años ha ido creciendo y la gente sigue acudiendo a ella en busca de esa maternidad espiritual para la que es constituida.

Que La Virgen del Rosario, Patrona de la Villa de Merlo acompaña cada momento importante de la Vida de muchos merlinos.-

Que como expresa el Papa Francisco en la EXHORTACIÓN APOSTÓLICA Evangelii Gaudium – LA ALEGRIA DEL EVANGELIO: “la parroquia es presencia eclesial en el territorio, ámbito de la escucha de la Palabra, del crecimiento de la vida cristiana, del diálogo, del anuncio, de la caridad generosa, de la adoración y la celebración. Es comunidad de comunidades, santuario donde los sedientos van a beber para seguir caminando, y centro de constante envío misionero.”-

                                               Que dentro de nuestra legislación local contamos con la Ordenanza Nº 949-HCD-2005, la que en su Capítulo III, Arts. 25º, siguientes, correlativos y concordantes, contemplan éste tipo de eventos, como para ser declarados en la forma en que se lo solicita.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY PRODUCE LA SIGUIENTE:

 

RESOLUCION

ARTICULO 1º: DECLARAR DE INTERES MUNICIPAL DE LA VILLA DE MERLO, SAN LUIS, a los festejos de los 70 años de la Creación de la Parroquia “Nuestra Señora del Rosario”, a celebrarse el 01 de octubre del cte. año.-

ARTICULO 2º: REMITIR, copia de la presente, al Departamento Ejecutivo Municipal y a la Parroquia para su toma de razón.-

ARTICULO 3º: DE FORMA.-

 

RESOLUCION N° 2052-HCD-2019: DECLARAR DE INTERES MUNICIPAL DE LA VILLA DE MERLO, SAN LUIS, a las “VII Jornadas RESA, Responsabilidad en Educación Social Ambiental”

Villa de Merlo, (San Luis), 05 de setiembre de 2019.-

RESOLUCION N° 2052-HCD-2019

VISTO:

 La Nota Recibida Nº 442-HCD-2019, ingresada a este H.C.D. con fecha 16.08.2019; y:

CONSIDERANDO:
Que la Nota Recibida consignada en el visto de ésta Resolución, ha sido ingresada por la Directora de la FUNDACION ESPACIOS VERDES, Sra. ANA MARIA M de DI MEOLA, con el objeto de solicitar la Declaración de Interés de las VII Jornadas RESA de Educación Ambiental (Responsabilidad en Educación Social Ambiental).-

Que según refiere la presentante, dichas Jornadas se realizarán en la Facultad de Ciencias Veterinarias de la UBA, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los días 06 y 28 de Septiembre, y luego en nuestra Ciudad los días 4 y 5 de Octubre del corriente año.-

Que este evento es organizado en forma conjunta con el Centro de Educación y Gestión Ambiental de la Facultad de Ciencias Veterinarias, el Instituto de Formación Docente Continua de Villa Mercedes y la Fundación Espacios Verdes.-

Que la convocatoria es abierta a docentes, educadores de varias provincias, universidades, empresas y organizaciones que enriquecen el campo de la Educación Ambiental con su participación.-

Que las jornadas RESA tienen como objetivo la construcción de un espacio horizontal para la socialización de experiencias y de intercambio de proyectos de todo el país, con apertura a la recepción de trabajos en otros lugares del mundo que compartan el objetivo central.-

Que en este sentido, la Educación Ambiental responde cada vez con mayor fuerza, a estas visiones que se consolidan, principalmente a través de políticas públicas impulsadas por el Estado y de la acción participativa de los distintos sectores sociales (en un nivel local, regional y/o global).-

Que como antecedente de la presente, se encuentra la Resolución N°1931-HCD-2018, mediante la cual este Honorable Cuerpo Declara de Interés Municipal, las VI Jornadas RESA.-

Que dentro de nuestra legislación local contamos con la Ordenanza Nº 949-HCD-2005, la que en su Capítulo III, Arts. 25º, siguientes, correlativos y concordantes, contemplan éste tipo de eventos, como para ser declarados en la forma en que se lo solicita.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY PRODUCE LA SIGUIENTE:

 

RESOLUCION

ARTICULO 1º: DECLARAR DE INTERES MUNICIPAL DE LA VILLA DE MERLO, SAN LUIS, a las “VII Jornadas RESA, Responsabilidad en Educación Social Ambiental”, organizadas en forma conjunta por el Centro de Educación y Gestión Ambiental  de la Facultad de Ciencias Veterinarias, el Instituto de Formación Docente Continua de Villa Mercedes y la Fundación Espacios Verdes, que se realizarán en Buenos Aires  los días 06 y 28 de Septiembre, y luego en esta Villa de Merlo, San Luis, los días 4 y 5 de Octubre del corriente año.-

ARTICULO 2º: REMITIR, copia de la presente, al Departamento Ejecutivo Municipal y a los organizadores del evento para su toma de razón.-

ARTICULO 3º: DE FORMA.-

 

RESOLUCIÓN N° 2051-HCD-2019: AUTORIZAR LA APROBACION del Proyecto de plano de obra nueva con destino a vivienda unifamiliar en un inmueble de propiedad de la Sra. SILVINA ANDREA BAZAN

Villa de Merlo, (San Luís), 29 de Agosto de 2019.-

RESOLUCIÓN N° 2051-HCD-2019

VISTO:

La Nota Recibida Nº 406-HCD-2019; ingresada a este H.C.D. con fecha 07 de Agosto de 2019; y:

CONSIDERANDO:

Que la Nota del visto, es remitida por la Dirección de Obras Privadas de la Municipalidad Villa de Merlo, San Luis, elevando Expediente de la Sra. SILVINA ANDREA BAZAN, D.N.I. Nº 22.936.831, con la asistencia profesional del M.M.O. ADRIAN WIGGENHAUSER, M.P. N° 3698, quien solicita el tratamiento de un proyecto de plano de obra nueva con destino a vivienda unifamiliar en un inmueble de su propiedad ubicado en Sección N°, CO/04, Block B2 N° 79, Parcela 01, Subp. 11/12, Zona T4, Padrones N° 349.840 y 349.841, Contribuyente Nº 013455/013456, sito en Calle s/n°, Barrio Calaguala Club de Montaña, Cerro de Oro, de Merlo, Departamento Junín, Provincia de San Luis, según Plano de Obra Nueva, confeccionado por el profesional mencionado.-

Que al tratarse de un loteo realizado con anterioridad a la Ordenanza Nº 744-HCD-2000, los terrenos tienen diversas superficies, lo que no permite unificar pautas.-

Que debido a esta situación, el HCD ha decidido evaluar puntualmente cada una de ellas, encuadrándose en las Ordenanzas que han ido considerando estas particularidades.-

Que la Comisión de Planeamiento del H.C.D. elevó sus conclusiones al Plenario del Cuerpo, el que dispone dictar la presente Resolución en los siguientes términos.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY PRODUCE LA SIGUIENTE:

 

RESOLUCION

ARTICULO 1º: AUTORIZAR, por las razones que anteceden en los considerandos de la presente Resolución, LA APROBACION del Proyecto de plano de obra nueva con destino a vivienda unifamiliar en un inmueble de propiedad de la Sra. SILVINA ANDREA BAZAN, D.N.I. Nº 22.936.831, ubicado en Sección N°, CO/04, Block B2 N° 79, Parcela 01, Subp. 11/12, Zona T4, Padrones N° 349.840 y 349.841, Contribuyente Nº 013455/013456, sito en Calle s/n°, Barrio Calaguala Club de Montaña, Cerro de Oro, de Merlo, Departamento Junín, Provincia de San Luis, según Plano de Obra Nueva, confeccionado por el M.M.O. ADRIAN WIGGENHAUSER, M.P. N° 3698 del CINYTEC.-

ARTICULO 2°: El Proyecto de Plano de Obra Nueva remitido es firmado por los Concejales al solo efecto de constatar la autenticidad del mismo y para dar cumplimiento a lo establecido por la Ordenanza Nº X-0796-HCD-2017, de que sido tratado por ante este H.C.D.-

ARTICULO 3º: La solicitante deberá continuar con los trámites correspondientes ante la Dirección de Catastro Municipal quienes serán los que evaluarán técnicamente el Proyecto, debiendo verificar el cumplimiento de la legislación vigente y la documentación respaldatoria hasta su aprobación definitiva.-

 

ARTICULO 4º: REMITIR, copia de la presente a las Áreas del D.E.M. correspondientes y a los interesados, para su toma de razón.-

ARTICULO 5º: DE FORMA.-

 

RESOLUCIÓN N° 2050-HCD-2019: AUTORIZAR la aprobación del Proyecto de Plano de Mensura a los efectos de constituir Derecho Real de Propiedad Horizontal del Edificio Construido confeccionado por el Ingeniero Agrimensor CARLOS A. CUVERTINO

Villa de Merlo, (San Luis), 29 de Agosto de 2019.-

                                              

RESOLUCIÓN N° 2050-HCD-2019

 

VISTO:

El Expediente formado por solicitud de la Sra. BLANCA NIVEA VILLAVERDE, D.N.I. N° 5.183.898; y:

 

CONSIDERANDO:

Que las actuaciones citadas fueron iniciadas a través de la Nota Recibida N° 302-HCD-2019, de fecha 14 de Junio de 2019, presentada por la Dirección de Catastro Municipal, quien eleva Expediente de la persona mencionada en el visto de esta Resolución, en su carácter de propietaria del inmueble que ut infra se identifica.-

Que mediante Nota Emitida N° 158-HCD-2019, de fecha 27.06.2019, se solicitó a la Dirección de Catastro Municipal la remisión del Plano de Final de Obra para continuar con el tratamiento del tema.-

Que mediante el ingreso de la Nota Recibida N° 393-HCD-2019, con fecha 06.08.2019, se cumplimentó con la documental requerida.-

Que el Proyecto que se presenta, cumple con todos los requisitos establecidos por la ley de fondo, está es, el Código Civil y Comercial de la Nación, en sus Arts. 2037, siguientes, correlativos y concordantes, y con casos similares resueltos en este H.C.D.-

Que la Comisión de Planeamiento del H.C.D. elevó sus conclusiones al Plenario del Cuerpo, el que dispone dictar la presente Resolución en los siguientes términos.-

 

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY PRODUCE LA SIGUIENTE:

 

RESOLUCION

 

ARTICULO 1º: AUTORIZAR, por las razones expuestas y que constan en los considerandos de la presente Resolución, la aprobación del Proyecto de Plano de Mensura a los efectos de constituir Derecho Real de Propiedad Horizontal del Edificio Construido (Art. 2037 y ss. del CCyC), confeccionado por el Ingeniero Agrimensor CARLOS A. CUVERTINO, M.P. Nº 317 del C.A.S.L., inscripto su dominio al T° 35 Ley 3236 de Junín – F° 27 – N° 20865, en el Registro General de la Propiedad Inmueble de la Provincia de San Luis, Padrón N° 344215, de la Receptoría N° 13, de Merlo, San Luis, Nomenclatura Catastral Municipal, Circunscripción Merlo,  Manzana 11, Parcela 20, ubicado en Calle El Algarrobo N° 552, de Merlo, San Luis, a favor de la Sra. BLANCA NIVEA VILLAVERDE, D.N.I. N° 5.183.898, en su carácter de propietaria del inmueble.-

 

ARTICULO 2°: El Proyecto de Plano de Mensura a los efectos de constituir Derecho Real de Propiedad Horizontal del Edificio Construido (Art. 2037 y ss. del CCyC) remitido, es firmado por los Concejales al solo efecto de constatar la autenticidad del mismo y para dar cumplimiento a lo establecido por la Ordenanza Nº X-0796-HCD-2017, de que sido tratado por ante este H.C.D.-

 

ARTICULO 3º: La solicitante deberá continuar con los trámites correspondientes ante la Dirección de Catastro Municipal quienes serán los que evaluarán técnicamente el Proyecto, debiendo verificar el cumplimiento de la legislación vigente y la documentación respaldatoria hasta su aprobación definitiva.-

 

ARTICULO 4°: REMITIR, copia de la presente a las Áreas del D.E.M. correspondientes y a los interesados, para su toma de razón.-

 

ARTICULO 5º: DE FORMA.-

 

RESOLUCION Nº 2049-HCD-2019: DECLARAR DE INTERES MUNICIPAL DE LA VILLA DE MERLO, SAN LUIS, el “VIII Encuentro de Danzas SolidarizARTE 2019”

Villa de Merlo, (San Luis), 22 de Agosto de 2019.-

RESOLUCION Nº 2049-HCD-2019

VISTO:

La Nota Recibida N° 446-HCD-2019, presentada a este Cuerpo; y:

CONSIDERANDO:

Que a través de la misma se informa sobre la realización del VIII Encuentro de Danzas “SolidarizARTE 2019”, organizado por el Ballet Grito de mi Tierra y que se llevará a cabo los días 24 y 25 de agosto del corriente en nuestra Villa.-

Que el Ballet Grito de mi Tierra, dirigido por Alan J. Urquiza Manzanelli, cuenta con más de medio centenar de alumnos de todas las edades. Desde el 07 de marzo de 2009 (fecha de su creación) ha desarrollado en la Villa de Merlo diferentes actividades culturales y sociales en pos de promover el respeto por las tradiciones y también valores, como lo es la solidaridad, importantes para educar a nuestros niños y jóvenes.-

Que el Encuentro de Danzas “SolidarizARTE”, se desarrolla por octavo año consecutivo, y reúne a cientos de bailarines de toda la provincia y también de provincias vecinas. Desde diferentes latitudes llegan bailarines, músicos, familiares y amigos para compartir jornadas de folklore y tradición. Se entrelazan amistades entre profesores, alumnos y familiares, se conocen realidades distintas, se reconocen factores comunes y se aceptan diferencias. Además, el Ballet Grito de mi Tierra propone, año a año, una consigna solidaria para que la reunión tenga un fin benéfico.-

Que en ediciones anteriores, las academias que han participado colaboraron con juguetes para festejar el día del niño en zonas carecientes, útiles escolares y libros para escuelas rurales, ropa en buen estado para diferentes poblados, colecta de pañales para adultos, etc. En la edición 2019, la consigna solidaria consiste en juntar artículos escolares y de librería, juguetes, ropa y alimentos no perecederos, que llevaremos a la Fundación LATIDO, quienes serán los encargados de llevar las donaciones a diferentes familias de la zona.-

Que desde hace 8 años, SolidarizARTE ha sido punto de encuentro para academias de toda la provincia, así como también de localidades de provincias como Córdoba, La Rioja, Mendoza, Santiago del Estero, etc. Miles son los bailarines que han participado de este evento.-

Que dentro de nuestra legislación local contamos con la Ordenanza Nº 949-HCD-2005, la que en su Capítulo III, Arts. 25º, siguientes, correlativos y concordantes, contemplan éste tipo de eventos, como para ser declarados en la forma en que se lo solicita.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO  DELIBERANTE DE LA CIUDAD  VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY PRODUCE LA SIGUIENTE:

 

RESOLUCION

ARTICULO 1º: DECLARAR DE INTERES MUNICIPAL DE LA VILLA DE MERLO, SAN LUIS, el “VIII Encuentro de Danzas SolidarizARTE 2019”, organizado por el Ballet Grito de mi Tierra, que se realizará los días 24 y 25 de Agosto del corriente en nuestra Villa.-

ARTICULO 2º: REMITIR, copia de la presente, al Departamento Ejecutivo Municipal y a los organizadores del evento para su toma de razón.-

ARTICULO 3º: DE FORMA.-

RESOLUCIÓN N° 2048-HCD-2019: DECLARAR DE INTERES MUNICIPAL DE LA VILLA DE MERLO, SAN LUIS, el Proyecto “TIC, TAC UNA MERIENDA EN LA PRIMARIA SIN TAC”

                                             Villa de Merlo, (San Luis), 22 de Agosto de 2019.-

RESOLUCIÓN N° 2048-HCD-2019

VISTO: 

La Nota Recibida Nº 461-HCD-2019, ingresada al Concejo con fecha 22 de Agosto de 2019;  y:

CONSIDERANDO:

Que la nota consignada en el visto refiere al Proyecto “TIC, TAC UNA MERIENDA EN LA PRIMARIA SIN TAC”, llevado a cabo por la Dirección del Centro Educativo Nº 26- MARÍA PALMIRA CABRAL”.-

Que este proyecto tiene su iniciación en jardín, (sala de cinco) a raíz de que se incorporaba al grupo una alumna celiaca, la cual necesitaba de extremos cuidados en cuanto a su alimentación lo cual fue de gran interés por la señorita y los chicos, en palabras nuevas, cuidados nuevos a los que tenían que adaptarse al principio, fue todo un desafío pero poco a poco se hizo algo cotidiano y de muy fácil adaptación. Llegó a ser de mucho interés de los chicos, que lo trasladaron a la casa y a empezar a incursionar a los padres en la búsqueda del logo en los alimentos y a explicarles que esos eran los que catalina podía y cuáles no.-

Que en ese entonces se planteó la hipótesis de si se podía lograr una merienda celiaca compartida por todo el grupo, lo cual se logra en este momento, pero la hipótesis hoy se amplió, debido que en la Escuela no sólo ahora es sólo una nena celiaca, sino que asisten también tres alumnos más con este diagnóstico. –

Que a raíz de esta situación surge este Proyecto  con el cual nos proponemos como objetivos: Promover la aceptación de las diferencias del otro, en de cualquier índole; Incluir a los alumnos celiacos a las meriendas escolares; Concientizar la adecuada manipulación de sus alimentos; Reconocer que se puede incluir alimentos libres de gluten y aptos para celiacos, en la vida diaria; Incluir a niños celiacos; Fomentar hábitos saludables de alimentación; Trabajar los valores de adaptación de las diferencias; Comprender la complejidad de esta condición alimentaria; Fomentar la solidaridad entre los niños.-

Que con motivo de participar en la feria escolar y en la instancia regional el día 15 de agosto en la localidad de Concarán y el haber sido evaluado este Proyecto se pasó a la instancia Provincial que se llevará a cabo en la Ciudad de San Luis el día 3 de septiembre del corriente año.-

Que obra legislación de este Cuerpo respecto al tema, como la Ordenanza N° II-0550-HCD-2013: ADHERIR a la Ley Nacional Nº 26.588 y Ley Provincial  III-0760-2011 en un todo las que Declaran de Interés a la atención médica, la investigación clínica y epidemiológica, la capacitación profesional en la detección temprana, diagnóstico y tratamiento de la Enfermedad Celíaca; y la Ordenanza N° 1070-HCD-2007: INCORPORAR, a la Dirección de Salud y Educación del Municipio, un Registro de pacientes celíacos a partir de la sanción de la presente.- 

Que dentro de nuestra legislación local contamos con la Ordenanza Nº 949-HCD-2005, la que en su Capítulo III, Arts. 25º, siguientes, correlativos y concordantes, contemplan éste tipo de eventos, como para ser declarados en la forma en que se lo solicita.-

Que por todo ello se dispone conforme se expresa a continuación.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY PRODUCE LA SIGUIENTE:

  RESOLUCIÓN

ARTICULO 1º: DECLARAR DE INTERES MUNICIPAL DE LA VILLA DE MERLO, SAN LUIS, el Proyecto “TIC, TAC UNA MERIENDA EN LA PRIMARIA SIN TAC”, llevado a cabo por la Dirección del Centro Educativo Nº 26- MARÍA PALMIRA CABRAL” a presentarse a nivel provincial el próximo 03 de setiembre del cte. año en la Ciudad de San Luis.-

ARTICULO 2º: REMITIR, copia de la presente, al Departamento Ejecutivo Municipal y a los organizadores del evento para su toma de razón.-

ARTICULO 3º: DE FORMA.-

 

RESOLUCIÓN N° 2047-HCD-2019: AUTORIZAR, la aprobación del Plano de División correspondiente al Loteo “Altos del Cerro”

Villa de Merlo, (San Luis), 22 de Agosto de 2019.

RESOLUCIÓN N° 2047-HCD-2019

VISTO: 

La Nota Recibida Nº 392-HCD-2019, ingresada al Concejo con fecha 06 de Agosto de 2019;  y:

CONSIDERANDO:

Que la Nota Recibida consignada en el visto de ésta Resolución, ha sido ingresada por la Secretaría de Gestión Territorial de la Municipalidad Villa de Merlo, elevando pedido de los Sres. RODRIGO ALVAREZ, JUAN PABLO COELHO y CARLOS NUÑEZ, en relación al Loteo “Altos del Cerro”, solicitando se los exima de ejecutar veredas según Ordenanza N° VIII-646-HCD-2014.-

Que según refieren además de encontrarse urgidos por el tiempo para que se apruebe el Plano, construir las veredas en el lugar atento a su topografía podría entorpecer drenaje de fluidos y las mismas tampoco resistirían el peso de camiones que ingresen a futuras construcciones.-

Que citan como antecedentes el Decreto N° 052(bis)-IM/2013, que reglamentó a la Ordenanza N° VIII-0556-HCD-2013, que eximió a loteos de la construcción de veredas y Resolución N° 1806-HCD-2017, emanada de este H.C.D. ante un caso similar.-

Que la infraestructura de luz, agua, cordones y apertura de calles, se encuentra terminada y en perfecto estado.-

Que los Concejales integrantes de este H.C.D, han visitado el lugar constatando dichos extremos.-

Que por todo ello se dispone conforme se expresa a continuación.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO  DELIBERANTE DE LA CIUDAD  VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY PRODUCE LA SIGUIENTE:

RESOLUCION

ARTICULO 1º: AUTORIZAR, la aprobación del Plano de División correspondiente al Loteo “Altos del Cerro”, conforme solicitud que consta en el Expediente mencionado en el visto de la presente Resolución, bajo los términos del Decreto Reglamentario N° 052-BIS-IM-2013, de fecha  12.07.2013.-

ARTICULO 2º: OTORGAR, un plazo de doce (12) meses para que los interesados cumplimenten con el último párrafo del Artículo 1° del Decreto mencionado.-

ARTICULO 3°: REMITIR, copia de la presente, al Departamento Ejecutivo Municipal y a los interesados para su toma de razón.-

ARTICULO 4º: DE FORMA.-

RESOLUCIÓN Nº 2046-HCD-2019: DECLARAR al Centro Educativo N° 26 “María Palmira Cabral de Becerra” como INSTITUCIÓN DESTACADA de la Villa de Merlo, por su centenaria trayectoria y sus aportes en materia educativa y cultural en nuestra Ciudad.-

Villa de Merlo, (San Luís), 29 de Agosto de 2019.-

RESOLUCION Nº 2046-HCD-2019

VISTO:

El Centenario del Centro Educativo N°26 “María Palmira Cabral de Becerra”, y:

CONSIDERANDO:

Que el Centro Educativo es  fundado el 21 de julio de 1919 con el nombre de Escuela Nacional N° 246, siendo su maestra y primera directora  María Palmira Cabral, funcionando  en un local de Eriberto Gallardo, cumpliendo inicialmente el turno de 8,30 a 12,30 hs, y contando con una inscripción de 41 alumnos.-

Que en Marzo de 1933 comenzó a funcionar 4to grado, siendo directora la señora Adela Galetti de Ligorria, y a su vez se organizó la primera Asociación Cooperadora. Hacia 1949 la escuela logra ampliar su oferta educativa incorporando el 5to grado, y posteriormente en 1951 se crea el 6to grado adscripto.-

 Que siendo directora, Victoria Zavala, se inician los trámites para contar con un edificio propio sobre los terrenos donados por José Martin Brignone que comprendían una superficie de una hectárea.-

Que el 26 de junio de 1953 la escuela, construida por la “Fundación Eva Perón” comenzó a funcionar en el nuevo edificio que contaba con tres aulas, dirección, galería, habitaciones para el director y para el portero.-

Que en 1977 por la Ley de Transferencias el establecimiento pasó a ser denominado como Escuela Provincial N° 376 de Rincón del Este, y al cumplirse el 70° aniversario de la institución se le impuso el nombre de “María Palmira Cabral de Becerra”, en honor a su primera maestra y directora.-

Que en 1982 se creó el Jardín de Infantes siendo su primera maestra María Susana Seguí.-

Que en el año 1983 a través de las gestiones del Intendente Julio Falco y el gobierno provincial, se realizan distintas refacciones y la construcción del nuevo edificio en el marco del proyecto EMER (Expansión y Mejoramiento de la Educación Rural), realizándose la inauguración de los mismos el 4 de octubre de ese año contando con la presencia del Gobernador de la Provincia y el Intendente Municipal.-

Que el 12 de octubre de 1994 se inaugura el nuevo edificio del Jardín con el nombre de “Rinconcito del Sol”.-

Que el 9 de marzo de 1998 la escuela comienza a crecer al comenzar a funcionar la EGB 3, con Séptimo y Octavo año.-

Que por decreto 391 del 12 de enero de 2002 la escuela pasa a denominarse “Centro Educativo Nº 26 María Palmira Cabral”, creándose además el Nivel Polimodal con Orientación en Economía y Gestión de las Organizaciones.-

Que en el presente el Centro Educativo cuenta con una matrícula de 745 alumnos en modalidad doble turno, 4 salas de Nivel Inicial, 12 secciones de Nivel Primario y 12 secciones de Nivel Secundario.  Actualmente se desempeña como Directora General la Prof. María del Carmen Agüero, Ana Arce como regente de los niveles inicial y primario, y Norma Bringas como regente de nivel secundario.-

Que tal surge de los considerandos anteriores, esta Institución Educativa ha mostrado el camino de la Educación Pública en nuestra ciudad, ha sido pionera e innovadora, y por su tenacidad en el rumbo elegido es merecedora del reconocimiento de los merlinos.-

Que es potestad de este Honorable Concejo Deliberante reconocer a aquellas instituciones que se han destacado por su trayectoria formando ciudadanos responsables, educando no solo en conocimientos formales sino en valores éticos, y contribuyendo al acervo cultural de nuestra ciudad, que va a perdurar durante generaciones.-

Que valorar las instituciones educativas es reivindicar la enseñanza como formación integral, como proceso de diálogo y reflexión, que transmite conocimientos en pos de lograr una comprensión critica de nuestra realidad. Educar significa dotar de posibilidades a los educandos, es darles el valor supremo de la libertad.-

                                    Que nuestra legislación cuenta con la Ordenanza N° 949-HCD-2005, la que en su artículo 25°, correlativos y concordantes, permiten realizar este tipo de distinciones.-

 

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY PRODUCE LA SIGUIENTE:

 

RESOLUCIÓN

ARTICULO 1°: DECLARAR al Centro Educativo N° 26 “María Palmira Cabral de Becerra” como INSTITUCIÓN DESTACADA de la Villa de Merlo, por su centenaria trayectoria y sus aportes en materia educativa y cultural en nuestra Ciudad.-

ARTICULO 2°: DECLARAR DE INTERES MUNICIPAL todas las actividades realizadas en el marco del festejo del Centenario del Centro Educativo N° 26 “María Palmira Cabral de Becerra”

ARTICULO 3°: Confeccionar las placas de reconocimiento pertinentes y enviar copia de la presente resolución a todos los interesados para su toma de conocimiento.-

ARTICULO 4°: DE FORMA.-