ORDENANZA Nº X- 0786-HCD-2017: HOMOLOGAR ACTA DE DONACIÓN DE LOS SRES. LIENDO

ORDENANZA Nº X- 0786-HCD-2017: HOMOLOGAR ACTA DE DONACIÓN DE LOS SRES. LIENDO

 

Villa de Merlo, (San Luís), 14 de Septiembre de 2017.-

 
 

ORDENANZA Nº X- 0786-HCD-2017

 
 
VISTO:

La Nota Recibida Nº 521-HCD-2017, ingresada a este H.C.D. con fecha 01 de Septiembre de 2017; y:

CONSIDERANDO:

Que la citada presentación fue realizada por la Dirección de Catastro de la Municipalidad de Villa de Merlo, elevando Expediente del Sr. LIENDO MARTIN y Otros, agregando nota de pedido, acta de donación firmada por todos los propietarios, copia del Plano de Mensura N° 6/20/02 y copia satelital.-

Que el Acta de Donación tiene fecha del día 17 de Junio de 2017, y cuenta con firmas certificadas por Escribana Pública, la suscriben los Sres.: MARTIN LIENDO, M N° 6.798.710, casado con MARIA DELICIA URQUIZA, L.C. N° 3.218.435, CARMEN IRINEO LIENDO, DNI N° 6.792.190, viudo de MARIA ALBERTA DRYON, LUIS ALBERTO LIENDO, DNI N° 12.338.946 y CARLOS VICENTE LIENDO, DNI N° 13.825.641, como únicos herederos en Auto Interlocutorio N° 61/2013, ZENON o SENON CASIMIRO LIENDO, DNI N° 6.803.391, casado con ELIDA BEATRIZ NIEVA, DNI N° 4.597.993, JUAN PABLO LIENDO, DNI N° 6.806.198, casado con DOMINGA AURELIA BUSTOS, DNI N° 5.183.828, MARGARITA ELSA LIENDO, DNI N° 5.183.805, casada con AMERICO ARGENTINO MANCILLA, DNI N° 6.812.975, MARIA DELIA LIENDO, DNI N° 4.862.676, casada con CARLOS OMAR RODRIGUEZ, DNI N° 6.810.063, CARMEN BEATRIZ FERNANDEZ, DNI N° 12.969.538, JOSE ALBERTO FERNANDEZ, DNI N° 11.892.084 y JUAN CARLOS FERNANDEZ, DNI N° 11.165.689 como herederos declarados de la Sra. AIDA DOROTEA LIENDO, según consta en la Resolución de Declaratoria de Herederos de la Provincia de Buenos Aires, de fecha 18 de Diciembre de 1996; se deja constancia que el Sr. JOSE ALBERTO FERNANDEZ, es representado para el acto por el Sr. WALTER ESTEBAN LIENDO, DNI N° 29.177.858, autorizada por Escribana Pública.-

Que todos lo hacen en su carácter de propietarios de dos bienes inmuebles ubicados en Barrio Las Acacias, Villa de Merlo, Partido de Merlo, Departamento Junín, Provincia de San Luis, que de conformidad al Plano de Mensura y División confeccionado por el Ingeniero Agrimensor CLAUDIO E. ORTIZ y aprobado por la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales, bajo el N° 6/20/02,en fecha 26 de Abril de 2002, se designan como: 1) Parcela UNO de la Manzana 89 la cual consigna una superficie de 5.671,12 mts.2 destinada a Espacio Verde; y 2) Parcela CINCO la cual consigna una superficie de 6.185,25 mts.2, destinada a Calles Públicas y Ochavas las cuales según Título e inscripción de dominio en el Registro General de la Propiedad constan al Tomo 30 (Ley 3236) de Junín, Folio 39 N° 30593 y empadronadas en la Dirección General de Catastro bajo el Padrón Antecedente 345.785 de la Receptoría 13, de Merlo.-

Que en dicha Acta, los comparecientes expresan formalmente que donan las dos parcelas precedentemente individualizadas a favor de la Municipalidad de Villa de Merlo, San Luis, haciendo tradición y otorgando la posesión real y material de las mismas, comprometiéndose a otorgar y suscribir las pertinentes escrituras traslativas de dominio a favor del Estado Municipal, al ser requeridos para ello por este.-

Que los espacios verdes siempre han sido y son motivo de constante resguardo, siendo interés del Ejecutivo Municipal  y de éste H.C.D., la regularización dominial de todos los inmuebles afectados a tal utilidad.-

Que la Ordenanza Nº VII-0143-HCD-2010 (1213), en el Artículo 4º dice: “ESTABLECER, que a partir de la sanción de la presente, la documentación mediante la cual se establezca el ingreso al peculio municipal de inmuebles destinados a espacios verdes, cualquiera fuera su instrumentación, deberá previamente, ser elevada a éste H.C.D. para su homologación.-“

Que analizadas las constancias referidas,  y conforme lo indica el Art. 4º de la Ordenanza Nº VII-0143-HCD-2010 (1213), este Concejo resuelve la homologación de la donación en cuestión, conforme se dispone a continuación.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD  VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

ARTICULO 1º: HOMOLOGAR, el Acta de Donación de fecha  17 de Junio de 2017, suscripta por los Sres.: MARTIN LIENDO, M N° 6.798.710, casado con MARIA DELICIA URQUIZA, L.C. N° 3.218.435, CARMEN IRINEO LIENDO, DNI N° 6.792.190, viudo de MARIA ALBERTA DRYON, LUIS ALBERTO LIENDO, DNI N° 12.338.946 y CARLOS VICENTE LIENDO, DNI N° 13.825.641, como únicos herederos en Auto Interlocutorio N° 61/2013, ZENON o SENON CASIMIRO LIENDO, DNI N° 6.803.391, casado con ELIDA BEATRIZ NIEVA, DNI N° 4.597.993, JUAN PABLO LIENDO, DNI N° 6.806.198, casado con DOMINGA AURELIA BUSTOS, DNI N° 5.183.828, MARGARITA ELSA LIENDO, DNI N° 5.183.805, casada con AMERICO ARGENTINO MANCILLA, DNI N° 6.812.975, MARIA DELIA LIENDO, DNI N° 4.862.676, casada con CARLOS OMAR RODRIGUEZ, DNI N° 6.810.063, CARMEN BEATRIZ FERNANDEZ, DNI N° 12.969.538, JOSE ALBERTO FERNANDEZ, DNI N° 11.892.084 y JUAN CARLOS FERNANDEZ, DNI N° 11.165.689 como herederos declarados de la Sra. AIDA DOROTEA LIENDO, según consta en la Resolución de Declaratoria de Herederos de la Provincia de Buenos Aires, de fecha 18 de Diciembre de 1996; se deja constancia que el Sr. JOSE ALBERTO FERNANDEZ, es representado para el acto por el Sr. WALTER ESTEBAN LIENDO, DNI N° 29.177.858; quienes en su carácter de propietarios de dos bienes inmuebles ubicados en Barrio Las Acacias, Villa de Merlo, Partido de Merlo, Departamento Junín, Provincia de San Luis, que de conformidad al Plano de Mensura y División confeccionado por el Ingeniero Agrimensor CLAUDIO E. ORTIZ y aprobado por la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales, bajo el N° 6/20/02,en fecha 26 de Abril de 2002, se designan como: 1) Parcela UNO de la Manzana 89 la cual consigna una superficie de 5.671,12 mts.2 destinada a Espacio Verde; y 2) Parcela CINCO la cual consigna una superficie de 6.185,25 mts.2, destinada a Calles Públicas y Ochavas las cuales según Título e inscripción de dominio en el Registro General de la Propiedad constan al Tomo 30 (Ley 3236) de Junín, Folio 39 N° 30593 y empadronadas en la Dirección General de Catastro bajo el Padrón Antecedente 345.785 de la Receptoría 13, de Merlo.-

ARTICULO 2º: FACULTAR Y ENCOMENDAR al D.E.M. la realización de la/s pertinente/s escritura/s traslativa/s de dominio a fin de inscribir registralmente los inmuebles cedidos a nombre de la Municipalidad de Merlo San Luis, y gestionar las exenciones impositivas provinciales correspondientes.-

ARTICULO 3º: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-

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