FUE DEROGADA POR ORDENANZA Nº VII-0730-2016
Villa de Merlo (S.L.), 01 de Diciembre de 2015.-
ORDENANZA Nº VII-0698-HCD-2015
VISTO:
La presentación efectuada por la Asociación de Taxis de la Villa de Merlo (S.L.); y:
CONSIDERANDO:
Que a través de la misma, (que obra ingresada a éste Cuerpo como Nota Recibida Nº 827-HCD-2015, con fecha 24.11.2015), los taxistas de nuestra Villa, solicitan un incremento de tarifas, por el aumento que a su vez han tenido de sus insumos.-
Que tratado el tema en la Comisión respectiva de éste H.C.D., se resolvió que no se pueden desconocer los aumentos producidos del costo de vida, debiendo tener en cuenta que el último incremento otorgado a este sector, data del día 06 de Agosto del año en curso, mediante Ordenanza Nº VII- 0679-HCD-2015, toda vez que se adoptó la modalidad solicitada por el sector, de que existan dos incrementos por año.-
Que por todo ello se dispone conforme a continuación se establece.-
POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
ARTICULO 1º: AUTORIZAR, el siguiente Cuadro de Tarifas a aplicar por los prestadores del Servicio de Taxis de nuestra Ciudad:
EN ZONA URBANA:
BAJADA DE BANDERA: $14,00.- (catorce pesos), hasta los 100 metros-
- CAIDA DE FICHAS (ZONA URBANA): $1,00.- (un peso), por cada 100 m. (cien metros), que se registren luego de los 100 metros-
EN RUTA:
- BAJADA DE BANDERA: $14,00.- (catorce pesos).-
- CAIDA DE FICHAS: $0,80.- (ochenta centavos), por cada 100 m. (cien metros), que se registren luego de los 100 metros-
HORA DE ESPERA: ESTABLECER, que el valor del rubro-servicio “HORA DE ESPERA”, se fija en el valor de pesos dos con trece centavos ($2,13).- por minuto.-
ARTICULO 2º: DEROGAR, en todas sus partes la Ordenanza Nº VII- 0679-HCD-2015.-
ARTICULO 3º: COMUNIQUESE, NOTIFIQUESE, PUBLIQUESE, REGISTRESE Y OPORTUNAMENTE ARCHIVESE.-