Categoría el Resoluciones – 2019

RESOLUCIÓN Nº 2080-HCD-2019

Villa de Merlo, (San Luis), 19 de Diciembre de 2019.-

RESOLUCIÓN Nº 2080-HCD-2019

VISTO:
La Nota Recibida Nº 801-HCD-2019, ingresada a este Concejo con fecha 19 de Diciembre de 2019, y:


CONSIDERANDO:
Que la presentación mencionada en el visto de ésta Resolución, ha sido efectuada por la Razón Social “NIGA S.R.L.”, a través de sus representantes, Sres. DAVID GATAFONI y FRANCISCO NICOLETTI , en referencia a la Confitería denominada “Souk Club”.-
Que solicitan se les conceda una prórroga en la habilitación comercial de la explotación mencionada.-
Que explican que si bién están realizando una importante inversión para mudar el local en forma definitiva a una de las zonas permitidas por la Ordenanza N° VII-0862-HCD-2018, los costos no se lo han permitido al menos en los plazos acordados.-
Que aducen que en la temporada Merlo carece de espacios de entretenimiento nocturno a la par que apuntan, que el funcionamiento de la confitería fomenta a su vez el funcionamiento de otros comercios complementarios a la actividad, proporcionando trabajo a un número considerable de familias en forma directa.-
Que seguidamente proponen una serie de fechas en las cuales trabajarían.-
Que ésta presentación se incorporó su tratamiento en la Sesión Extraordinaria del día de la fecha, habiendo votado para ello los Concejales por unanimidad, pidiendo apartado de Reglamento para su incorporación y luego para el tratamiento sobre tablas.-
Que a la fecha se desconoce que existan otros inversores que decidan realizar emprendimientos de este tipo, que permitan a la juventud su derecho social al esparcimiento.-
Que por todo ello se dispone conforme a continuación se establece.-
POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, PRODUCE LA SIGUIENTE:

RESOLUCIÓN


ARTICULO 1º) ENCOMENDAR al D.E.M., que trate y resuelva el pedido en cuestión, teniendo presente para ello las Cláusulas Transitorias que contiene la Ordenanza N° VII-0862-HCD-2018 (Capítulo V, Art. 25°), y Decreto dictado a tal fin en el año en curso por la anterior gestión municipal.-


ARTICULO 2º) FACULTAR al D.E.M., a que realice y adopte todas y cada uno de los recaudos que fueren pertinentes, a fin de garantizar la seguridad y tranquilidad a los concurrentes y los vecinos del lugar donde se encuentra el establecimiento, y en especial fuera de este, instando a sus propietarios a que hagan lo propio reforzando la seguridad privada a fin de evitar conflictos con la comunidad que reside en el sector.-


ARTICULO 3°) DE FORMA.-

RESOLUCIÓN Nº 2079-HCD-2019

Villa de Merlo, (San Luis), 19 de Diciembre de 2019.-

RESOLUCIÓN Nº 2079-HCD-2019

VISTO:
La Nota Recibida Nº 800-HCD-2019, ingresada a este Concejo con fecha 19 de Diciembre de 2019, y:
CONSIDERANDO:
Que la presentación mencionada en el visto de ésta Resolución, ha sido efectuada por el Sr. Intendente Municipal, en referencia al Loteo denominado “Las Azucenas”.-
Que solicita tratar con urgencia la posibilidad de la realización de un convenio de compensación entre el Municipio y los responsables del Loteo en cuestión, dejando sin efecto lo establecido mediante Resolución Nº 1806-HCD-2017, de fecha 06 de Julio de 2017, y recibiendo a cambio un valor equivalente en maquinarias y herramientas destinada al mantenimiento del lugar y de los espacios verdes en general.-
Que con posterioridad al dictado de la Resolución Nº 1806, cabe destacar que el COAMA, emitió dictamen, el que sin perjuicio de no ser vinculante, admite que en el lugar no resulta conveniente realizar las obras exigidas, ya que ello implicaría dañar numerosas e importantes especies arbóreas autóctonas.-
Que en igual sentido se pronuncian los Estudio de Impacto Ambiental efectuados.-
Que la solicitud si bién es de carácter excepcional, se fundamenta en los antecedentes precitados y en la especial topografía de los terrenos que conforman el loteo.-
Que por todo ello se dispone conforme a continuación se establece.-
POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, PRODUCE LA SIGUIENTE:

RESOLUCIÓN


ARTICULO 1º) DEROGAR, en todas sus partes, la Resolución Nº 1806-HCD-2017, de fecha 06 de Julio de 2017.-


ARTICULO 2º) FACULTAR al D.E.M., a firmar el Convenio de Compensación correspondiente con los responsables del Loteo “Las Azucenas”.-


ARTICULO 3°) FECHO que sea, remita a este H.C.D. el acuerdo arribado para su conocimiento.-


ARTICULO 4°) DE FORMA.-

RESOLUCIÓN Nº 2078-HCD-2019

Villa de Merlo, (San Luis), 19 de Diciembre de 2019.-

RESOLUCIÓN Nº 2078-HCD-2019

VISTO:
La Nota Recibida Nº 776-HCD-2019, ingresada a este Concejo con fecha 16 de Diciembre de 2019, y:

CONSIDERANDO:
Que la presentación mencionada en el visto de ésta Resolución, ha sido efectuada por el Sr. Intendente Municipal, convocando al Concejo a Sesión Extraordinaria para el tratamiento de una Paquete de Medidas Financieras para el próximo Ejercicio Año 2020.-
Que dentro del paquete de medidas en cuestión presenta una adenda en relación al Estacionamiento Medido.-
Que dicha adenda consta de 23 cláusulas adicionales que son materia de negociación entre el Ejecutivo y la Empresa concesionaria del servicio.-
Que se solicita en ésta etapa que el Concejo analice estas modificaciones y agregados emitiendo su opinión al respecto.-
Que por todo ello se dispone conforme a continuación se establece.-

POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, PRODUCE LA SIGUIENTE:

RESOLUCION
ARTICULO 1º) FACULTAR al D.E.M., a seguir adelante con el proyecto de adenda relacionada al Estacionamiento Medido, el que consta de 23 cláusulas adicionales y que queda como anexo de esta Resolución.-

ARTICULO 2º) SOLICITAR al D.E.M., que una vez firmado el acuerdo correspondiente a la adenda en tratamiento, este sea remitido al Concejo para su consideración y eventual homologación.-

ARTICULO 3°) DE FORMA.-

RESOLUCIÓN N° 2077-HCD-2019

Villa de Merlo, (San Luis), 12 de noviembre de 2019.-

RESOLUCIÓN N° 2077-HCD-2019

VISTO:
La presentación del libro “Rincón del Este: Recuerdos del Pasado” de los Profesores Nora Costamagna y Jose Mario Costamagna, a realizarse el sábado 14 de diciembre del corriente año a las 19 hs en el Centro Educativo N°26 María Palmira Cabral, y

CONSIDERANDO:
Que dicha obra cultural e histórica es de autoría de los Profesores Nora Costamagna y José Mario Costamagna, destacados miembros del Centro de Historia de la Villa de Merlo.-

Que Nora Costamagna nació en Villa Mercedes (San Luis). Es Profesora de Historia y Geografía egresada del profesorado Gabriela Mistral, Instituto del Rosario, Villa María (Córdoba). Estudió Periodismo en la Institución Saavedra de Villa Mercedes.- Que además de ser miembros del Centro de Historia de Merlo, es Miembro de Numero de la Junta de Historia de San Luis y Miembro Correspondiente del Centro de Genealogía de Córdoba. Actualmente se desempeña como Directora de la Escuela Técnica N°34 “Arístides Bratti”.- Que José Mario Costamagna nació el Villa Mercedes (San Luis). Egreso como Profesor de Historia del Instituto Sagrado Corazón de su ciudad natal. Cursó sus estudios universitarios en la ciudad de Córdoba donde se graduó obteniendo el título de Abogado en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Córdoba. Además, tuvo el honor de presidir el Centro de Historia de la Villa de Merlo.- Que José y Nora Costamagna son coautores de grandes publicaciones como “El Poeta Errante”, “Un Santuario en Rincón del Este”, y “Los Pioneros del faldeo de los Comechingones”.- Que esta nueva publicación “Rincón del Este: Recuerdos del Pasado” tiene la premisa de homenajear al “bello Rincón del Este”, y de esta manera encontrar a los forjadores de su historia, como también algunos aspectos desconocidos para muchos de los pobladores merlinos.- Que dicha obra tiene un importante valor cultural, histórico y educativo. Es un aporte a la divulgación y promoción de nuestras raíces.- Que en este Honorable Concejo Deliberante existen proyectos presentados por vecinos de Rincón del Este, con la idea de afianzar y divulgar la identidad de “los rinconeros”, por lo que esta obra significa una pieza importante a dicho objetivo.- Que este HCD cuenta con la Ordenanza N°949-HCD-2005, la cual en su Artículo 25°, correlativos y concordantes, permiten realizar la presente distinción.-

POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:

RESOLUCIÓN

ARTICULO 1°) DECLARAR DE INTERES LEGISLATIVO la presentación del libro “Rincón del Este. Recuerdos del Pasado”, de los Profesores Nora Costamagna y José Mario Costamagna, a realizarse el sábado 14 de diciembre a las 19 hs en el Centro Educativo N° 26 María Palmira Cabral.-

ARTICULO 2°) ENVIAR copia de la presente a los autores Prof. Nora Costamagna y Prof. José Mario Costamagna, al Departamento Ejecutivo Municipal, y a todos los interesados para su toma de conocimiento.-

ARTICULO 3°) DE FORMA.-

RESOLUCIÓN N° 2076-HCD-2019

Villa de Merlo, (San Luis), 12 de Diciembre de 2019.-

RESOLUCIÓN N° 2076-HCD-2019

VISTO:
La Resolución Nº 1193-HCD-2012, y teniendo en cuenta la nueva conformación del HCD a partir del 10 de Diciembre del corriente año; y:
CONSIDERANDO:
Que la misma se refiere a la designación de las personas que se desempeñarán como Secretarios de Bloques que formen parte del Concejo Deliberante.-
Que este Cuerpo aún no ha deliberado en relación a la modalidad de nombramientos y la cantidad de personas que asistirán a los Concejales/as pertenecientes a cada Bloque.-
Que es deber del H.C.D. reglamentar la categoría y el número de personas que asistirán a cada bloque parlamentario de acuerdo con el número de legisladores que lo integren.-
Que es menester conocer en profundidad el estado de las arcas del municipio en general y del HCD en particular antes de realizar contrataciones o locaciones de servicio.-
Que no ha sido aprobada la Ordenanza Presupuestaria para el año 2020.-
Que el Art. 2º de la nombrada resolución DEJA ESTABLECIDO, que las personas que cumplirán las tareas mencionadas en los considerandos de esta Resolución, tendrán el carácter de Contratadas, bajo la figura legal de Locación de Servicios, y su período de contratación finalizará indefectiblemente con cada Período Legislativo del Concejo, no existiendo ningún tipo de relación de dependencia con el Poder Legislativo Municipal, ni tampoco con el Bloque que representan siendo su vinculación con este meramente de orden político.-
Que el Concejo considera imperiosa la necesidad de trabajar de una manera consensuada en el Reglamento Interno de Honorable Concejo Deliberante en el que se debe contemplar la figura del Secretario de Bloque.-
Por todo ello, se dispone lo siguiente.-
El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY, PRODUCE LA SIGUIENTE:

R E S O L U C I O N


ARTICULO 1°) Dejar sin efecto la Resolución Nº 1193 HCD-2012.-


ARTICULO 2º) Establecer que al inicio del período legislativo 2020, se acordará el dictado de nueva Resolución sobre el tema en cuestión.-


ARTICULO 3º: DE FORMA.-

RESOLUCIÓN Nº 2075-HCD-2019

Villa de Merlo, (San Luis), 10 de Diciembre de 2019.-

RESOLUCIÓN Nº 2075-HCD-2019

VISTO:
La Resolución Nº 1997-HCD-2018, de fecha 09 de Diciembre de 2018, y:

CONSIDERANDO:

Que la Resolución citada en el visto, designó Autoridades para el presente Período Legislativo Año 2019.-

Que la finalización de los mandatos de las Autoridades en ejercicio se estipuló conforme los términos del Artículo 2°, de la Ordenanza N° X-0752-HCD-2016.-

Que corresponde en consecuencia designar nuevamente las Autoridades de este H.C.D. para el próximo Período Legislativo Año 2020.-

Que por ello se resuelve conforme a continuación se expresa.-

POR TODO ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY PRODUCE LA SIGUIENTE:

RESOLUCION

ARTICULO 1º: DESIGNASE como PRESIDENTA del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad Villa de Merlo, San Luis, durante el Periodo Legislativo 2020 a la Prof. ANA MARIA NICOLETTI, D.N.I.: 16.431.565.-

ARTICULO 2º: DESÍGNASE Como VICEPRESIDENTE del Honorable Concejo Deliberante De La Ciudad Villa De Merlo, San Luis, durante el Periodo Legislativo 2020 al SR. MATIAS RUBEN HERRERA, D.N.I.: Nº 32.790.573.-

ARTICULO 3º: DE FORMA.-


RESOLUCIÓN Nº 2074-HCD-2019

Villa de Merlo, (San Luis), 06 de Diciembre de 2019.-

RESOLUCION Nº 2074-HCD-2019

VISTO:
La Sesión Preparatoria fijada para el día de la fecha; y:

CONSIDERANDO:

Que en cumplimiento de lo ordenado en la misma, lo dispuesto en el Reglamento Interno de éste H.C.D. y lo establecido por nuestra Constitución Provincial en la materia, en ésta Sesión Preparatoria se procedió a conformar la Comisión de Poderes, habiendo quedado integrada en la oportunidad por los Concejales, Jorge Donda, Gastón Fonseca y Ana Orlando.-

Que es facultad constitucional del H.C.D. analizar y verificar la validez de los títulos presentados por los miembros electos, en el acto eleccionario del día 16 de junio del corriente año.-

Que estudiados los Diplomas presentados por los Concejales electos, Sr. CARLOS ALBERTO ALMENA, D.N.I.: 20.059.216, Sr. MARIANO IGNACIO EMANUEL GONZÁLEZ D.N.I.: 27.118.536, Sra. PATRICIA VIRGINIA MORANDÉ D.N.I.: 11.154.314, Sra. ANA MARIA NICOLETTI D.N.I.: 16.431.565 y Sr. LEONARDO MANUEL RODRIGUEZ D.N.I.: 33.613.175; se los encuentra válidos para la asunción del cargo como Concejales.-

Que por todo ello se dispone lo siguiente.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY PRODUCE LA SIGUIENTE:

RESOLUCION

ART. 1º: DECLARAR, VÁLIDOS y ACEPTADOS los Títulos presentados en la fecha, por los Concejales, Sr. CARLOS ALBERTO ALMENA, D.N.I.: 20.059.216, Sr. MARIANO IGNACIO EMANUEL GONZÁLEZ D.N.I.: 27.118.536, Sra. PATRICIA VIRGINIA MORANDÉ D.N.I.: 11.154.314, Sra. ANA MARIA NICOLETTI D.N.I.: 16.431.565 y Sr. LEONARDO MANUEL RODRIGUEZ D.N.I.: 33.613.175; encontrándose válidos para la asunción del cargo como Concejales.-

ART. 2º: ENVIAR, copia de la presente Resolución a la SECRETARIA ELECTORAL PROVINCIAL, para su toma de razón y a los efectos que hubiere lugar.-

ART. 3º: DE FORMA.

RESOLUCIÓN Nº 2073-HCD-2019

Villa de Merlo, (San Luis), 06 de Diciembre de 2019.-

RESOLUCIÓN Nº 2073-HCD-2019

VISTO:
La renuncia al cargo de Concejal presentada por el Dr. JUAN JOSE ALVAREZ PINTO; y:

CONSIDERANDO:

Que el Concejal mencionado en el visto de ésta Resolución, fue electo Concejal Titular en los comicios del mes de Octubre de 2017.-

Que en ese momento se encontraba vigente la Ley Electoral Nº 5509, en virtud de la cual el primer suplente ocupa el cargo vacante del titular saliente.-

Que conforme lo establece la Constitución de la Provincia de San Luis en el Art. 103º, en su último párrafo “… El Diputado suplente que se incorpore en reemplazo de su titular completa el término del mandato de éste”. El mismo como es sabido se aplica por analogía a los legisladores locales.-

Que, correlativamente con el artículo consignado en el considerando anterior y complementando el mismo, el Art. 257º de la Constitución de la Provincia, textualmente establece: “… conjuntamente con los Concejales titulares se elige igual número de suplentes, quienes reemplazan a aquellos de la misma forma que los Diputados suplentes a los titulares en la Legislatura.”.-

Que si bien en el nuevo Digesto de Recopilación de Leyes Provinciales, concretamente en referencia a la Ley de Régimen Electoral, Nº XI-0345-2004 (5509 “R”), ésta sufrió modificaciones, en este punto en particular (que si bien está referido a los legisladores provinciales, siempre se ha aplicado por analogía a los legisladores locales- Concejales), en el sentido en que ha dispuesto que ante la renuncia de un Concejal Titular Electo, lo sustituyen quienes figuren en la lista como candidatos titulares según el orden establecido, y recién agotada ésta, se comienza con el primer suplente y así sucesivamente, entendemos que ésta última revisión no puede aplicarse en forma retroactiva para el caso en cuestión, es decir que el tema de marras debe dirimirse bajo los términos de la ley existente al momento de los comicios.-

Que conforme a lo preceptuado por el Artº 10, último párrafo de la Ley Nº 3141 en concordancia con el Art. 257º último párrafo de la Constitución Provincial, este Concejo determina que corresponde tratar en el seno del H.C.D., incorporar en reemplazo del Concejal Titular electo renunciante Juan Álvarez Pinto al Primer Suplente de la lista original, MARIA MARCELA GRENDENE D.N.I. N° 21.898.999.-

Que el Concejal Dr. JUAN JOSE ALVAREZ PINTO, presenta formalmente su renuncia ante este Cuerpo tomando la palabra en ésta Sesión Preparatoria.-

Que dicha renuncia fue tratada en la Sesión Preparatoria del Honorable Concejo Deliberante del día de la fecha, donde por unanimidad y atendiendo a las razones expuestas se acepta la misma.-

POR TODO LO EXPUESTO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY PRODUCE LA SIGUIENTE:

R E S O L U C I O N

Art. 1º: ACEPTAR, la renuncia formulada por el Concejal Dr. JUAN JOSE ALVAREZ PINTO, en razón de haber sido elegido como Intendente Electo de la Villa de Merlo, San Luis, a partir del próximo día 10 de Diciembre de 2019.-

Art. 2°: Designar y citar a la Sesión Preparatoria del día de la fecha a efectos de prestar el juramento de práctica a la Concejal MARIA MARCELA GRENDENE, D.N.I. N° 21.898.999.-

Art. 3º: Comunicar la presente Resolución a la Secretaría Electoral Provincial y Tribunal Electoral Provincial.-

Art. 4º : Comuníquese, Regístrese y Archívese.-

RESOLUCIÓN N° 2072-HCD-2019

Villa de Merlo, (San Luis), 21 de noviembre de 2019.-

RESOLUCIÓN N° 2072-HCD-2019

VISTO:

La Nota Recibida N° 681-HCD-2019, presentada a este cuerpo el día 11 de noviembre del corriente año; y:

CONSIDERANDO:

Que esta presentación fue realizada por Martin Mateos, músico, compositor y Luthier de guitarras eléctricas y electro-clásicas. Creador de Iuxta Flumen, el cual es un proyecto artístico orientado principalmente a la música, contiene obras literarias y visuales. Dicho proyecto está orientado a la producción de música para proyectos Audiovisuales de índole cinematográfico o en el ámbito del videojuego.-

Que actualmente la formación de Iuxta Flumen consta de Martin Mateos, Martin Cristini como compositor, arreglador e ingeniero de sonido, Martin Montiel como narrador y Matías Martínez como productor y organizador de los recitales realizados en la Villa de Merlo.-

Que hasta el día de la fecha, en el transcurso del año 2019 se ha producido “La Canción del Verdugo” que es su primer Álbum lanzado en formato físico y digital, presentado el día 26 de Abril de 2019 en el auditorio de La Casa del Poeta “Antonio Esteban Agüero” . Ademas de producir la banda de sonido de “La Otra Guerra”, película de Iván M. Gazzo, la cual relata la historia de Jorge García vecino de esta Ciudad, excombatiente de la guerra de Malvinas; y “Liberatis” el segundo y último Álbum hasta la fecha, que será lanzado de forma digital el mes entrante.-

Que este proyecto de carácter instrumental y orquestal, tiene la firme característica de preservar instrumentos de nuestro país y de la región Latinoamericana, tales como el Charango, el Ronroco, el Palo de Lluvia y demás, con el fin de preservar las sonoridades y texturas de nuestra cultura, y poder llevarlas a distintos rincones del mundo a través de las películas y Álbumes que produzcamos. Además cada canción que realizan posee una carga de lucha social en conmemoración a nuestras raíces, los pueblos originarios y a las luchas dadas por el pueblo Argentino a lo largo de la historia.-

Que dentro de nuestra legislación local contamos con la Ordenanza Nº 949-HCD-2005, la que en su Capítulo III, Arts. 18º, siguientes, correlativos y concordantes, contemplan éste tipo de eventos, como para ser declarados en la forma en que se lo solicita.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, PRODUCE LA SIGUIENTE:

RESOLUCION

ARTICULO 1º: DECLARAR de INTERES MUNICIPAL, los Proyectos Artísticos “Iuxta Flumen”, “La Canción del Verdugo” y “Liberatis”, de los Sres. Martin Mateos, Martin Cristini, Martin Montiel y Matías Martínez.-

ARTICULO 2º: REMITIR, copia de la presente, al Departamento Ejecutivo Municipal y a los organizadores del evento para su toma de razón.-

ARTICULO 3º: DE FORMA.-

RESOLUCIÓN N° 2071-HCD-2019

Villa de Merlo, (San Luis), 21 de noviembre de 2019.-

RESOLUCIÓN N° 2071-HCD-2019

VISTO:

La Nota Recibida N° 683-HCD-2019, presentada a este cuerpo el día 11 de noviembre del corriente año; y:

CONSIDERANDO:

Que esta presentación fue realizada por la Sra. Daniela Sanabria, de Indómita Luz, Arte en Eventos, quien informa sobre el Festival a realizarse los días 22 y 23 de noviembre en la Plaza Marqués de Sobremonte, en el horario de 18 a 22 hs., para celebrar el “Día de la Música” coincidiendo con la celebración a la patrona de la Música, Santa Cecilia.-

Que la música es parte de nuestras expresiones culturales más importantes, y por lo tanto se celebra como expresión de identidad. Por eso queremos realizar los Festejos del día de la Música, aportando la propuesta de realizarlos a lo largo de varias jornadas, tratando de expresar la diversidad de modos en que puede experimentarse la Música como expresión cultural. Queremos acercarnos a compartir en comunidad y hacer de éste, un evento donde, diferentes aspectos de la creación musical y estilos artísticos, podrán ser manifestados en nuestra Plaza principal, así como en otros lugares que se han elegido para desarrollar la celebración.-

Que el programa se basa en ofrecer propuestas y clínicas educativas alrededor del festejo, que se hará con Música en vivo en la Plaza Sobremonte, donde convergerán múltiples representantes y estilos a lo largo de la Jornada, recreativas y educativas, durante todo el mes que se extienden a la comunidad.-

Que este Concejo ha Declarado de Interés sus dos ediciones anteriores mediante Resolución N° 1724-HCD-2016 y Resolucion N° 1976-HCD-2018.-

Que dentro de nuestra legislación local contamos con la Ordenanza Nº 949-HCD-2005, la que en su Capítulo III, Arts. 18º, siguientes, correlativos y concordantes, contemplan éste tipo de eventos, como para ser declarados en la forma en que se lo solicita.-
POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, PRODUCE LA SIGUIENTE:

RESOLUCION

ARTICULO 1º: DECLARAR de INTERES MUNICIPAL, el evento “Día de la Música”, que año tras año se viene realizando por la Sra. Daniela Sanabria de “Indómita Luz, Arte en Eventos” que en esta edición se llevará a cabo los días 22 y 23 de noviembre de 19 a 23 hs. en la Plaza Marqués de Sobremonte, para celebrar el día de Santa Cecilia Patrona de la música. –

ARTICULO 2º: REMITIR, copia de la presente, al Departamento Ejecutivo Municipal y a la organizadora del evento para su toma de razón.-

ARTICULO 3º: DE FORMA.-