Villa de Merlo (S.L.), 21 de Diciembre de 2016.-
RESOLUCIÓN Nº 1746-HCD-2016
VISTO:
Las Ordenanzas N° 1230-HCD-2010 y N° VII-0751-HCD-2016, sancionadas por este H.C.D.; el Expediente formado con motivo de las solicitudes realizadas por la Empresa “CLARO S.A.”; y:
CONSIDERANDO:
Que el Expediente citado, se inicia con la Nota Recibida Nº 628-HCD-2015, remitida por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Merlo, ingresada con fecha 22.09.2015, efectuando la solicitud para la localización de antenas de la Empresa “CLARO S.A.”.-
Que con motivo de ella, se ordenó remitir la Nota Emitida Nª 206-HCD-2015, de fecha 01.10.2015 a dicha Secretaría pidiendo mayor información.-
Que con fecha 19.10.2015, ingresa la Nota Recibida Nº 701-HCD-2015, dando respuesta a lo solicitado.-
Que con fecha 26.07.2016, ingresó la Nota Recibida Nº 453-HCD-2016, remitida por el Secretario de Gestión Territorial de la Municipalidad de Merlo, agregando documentación al Expediente.-
Que con fecha 04.08.2016, se remite al citado Funcionario la Nota Emitida Nº 171-HCD-2016.-
Que con fecha 13.09.2016, ingresó la Nota Recibida Nº 603-HCD-2016, cumplimentando con lo solicitado.-
Que con fecha 15.09.2016 se remitió la Nota Emitida Nº 217-HCD-2016, a los fines de convocar al citado Funcionario a reunión en el Concejo.-
Que con fecha 29.11.2016, ingresó la Nota Recibida Nº 881-HCD-2016, enviada por el Sr. Intendente Municipal acompañando posibles lugares para enclavar las antenas.-
Que con fecha 19 de Diciembre de 2016, ingresó la Nota Recibida N° 938-HCD-2016, a través de la cual, el Sr. Intendente Municipal, Licenciado Miguel Ángel Flores, convoca a Sesión Extraordinaria del Cuerpo para el tratamiento de tres temas.-
Que uno de ellos, se refiere a la instalación de antenas por parte de la Empresa “CLARO S.A.” de telefonía celular, en distintos lugares de la Villa.-
Que es importante la solicitud en cuestión por cuanto la Empresa hace saber la necesidad de la instalación de ésta tecnología a los fines de optimizar el servicio, lo cual redundará también en darle mayor calidad a la oferta turística de la localidad en la inminente temporada alta y que justifica el tratamiento del tema en Sesión Extraordinaria.-
Que por todo ello se resuelve conforme a continuación se establece.-
POR TODO ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, PRODUCE LA SIGUIENTE:
RESOLUCION
ARTICULO 1º: AUTORIZAR, la instalación de Antenas a la Empresa “CLARO S.A.”, en los siguientes predios:
A)- Antenas tipo estructuras portantes, tipo luminarias, de altura menor a 25 metros:
I) Camping Municipal (Rincón del Este);
II) Balneario Municipal (Avda. del Deporte y Avda. El Ciprés);
III) Espacio Verde, Manzana 814, en Piedra Blanca Central.-
B)- Antenas Tipo Wicaps:
I) Espacio Verde, Pasaje El Aromo y Las Campanitas;
II) Espacio Verde, San Isidro y Juan Pérez Moreno;
III) Espacio Verde, Angel Mallea y Carlos Gardel;
IV) Espacio Verde, Las Majadas entre Cuarzo Rosado y Curtiembre;
V) Espacio Verde, Carlos Pellegrini entre Júpiter y Mercurio;
VI) Espacio Público, Plaza de Cerro de Oro.-
A los efectos del cumplimiento de la colocación de antenas en los lugares precedentemente individualizados se deja constancia que sin perjuicio de lo establecido al respecto por la Ordenanza N° 1230-HCD-2010 en este sentido, se hace lugar a los mismos, inter se dicte la legislación definitiva en el próximo período legislativo.-
ARTICULO 2º: ESTABLECER, un plazo de hasta 180 dias, contados desde el inicio del Período Legislativo 2017, para la sanción de las normas correspondientes.-
ARTICULO 3º: FACULTAR al D.E.M., a suscribir con la Empresa “CLARO S.A.”, los convenios correspondientes por el uso dispuesto de los espacios públicos individualizados y a establecer el monto de un cánon correspondiente por cada uno de ellos, el cual no reemplaza los conceptos establecidos en la Ordenanza N° VII-0751-HCD-2016. Estos convenios deberán ser remitidos a este H.C.D. para su homologación.-
ARTICULO 4º: La Empresa “CLARO S.A.”, deberá adecuarse a la legislación a dictarse con motivo de su solicitud.-
ARTICULO 5º: La Empresa “CLARO S.A.”, deberá comprometerse al total cumplimiento de las normas vigentes a la fecha, estas son, las mencionadas en el visto de ésta Resolución, como asimismo con lo establecido por las Resoluciones N° 530/2000 (que establece la obligatoriedad a todos los sistemas de comunicación que operen en el territorio de La Nación de presentar estudios de exposición a radio frecuencias) y N° 3690/2004 (que establece que los titulares de autorizaciones de estaciones radio eléctricas y licenciatarios de establecimientos de radiodifusión, la obligatoriedad de demostrar que las radiaciones generadas por las antenas no afectan a la población circundante a las mismas), ambas de la Comisión Nacional de Comunicaciones y N° 202/1995 (que aprueba el estándar nacional de seguridad para la exposición a radio frecuencias), del Ministerio de Salud y Acción Social de la Nación y toda otra norma nacional y/o provincial que se hayan establecido al respecto, y/o cualquier otra que las amplíen, modifiquen, reemplacen o actualicen.-
Se dará expreso cumplimiento al Artículo 1º de la Ordenanza N° VII-0751-HCD-2016, el que establece la obligación de la presentación de Estudio de Impacto Ambiental, el que deberá ser evaluado por el D.E.M. previo al otorgamiento de las autorizaciones definitivas.-
ARTICULO 6º: Lo establecido precedentemente, lo es, “AD REFERENDUM”, de la expresa aceptación de la Empresa “CLARO S.A.”, de las condiciones requeridas en esta Resolución.-
ARTICULO 7º: DE FORMA.-
RESOLUCIÓN Nº 1745-HCD-2016: DESIGNA AUTORIDADES DEL HCD PARA PERIODO 2017
Villa de Merlo, (San Luís), 07 de diciembre de 2016.-
RESOLUCIÓN Nº 1745-HCD-2016
VISTO:
La Sesión Ordinaria del día de la fecha, y:
CONSIDERANDO:
Que la Resolución Nº 1593-HCD-2015, estableció las autoridades del Concejo por el Año Legislativo en curso.-
Que de acuerdo a ello se dispuso tratar el tema de elección de autoridades del H.C.D., como último punto en el Orden del Día de la Sesión del día de la fecha.-
POR TODO ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY PRODUCE LA SIGUIENTE:
RESOLUCION
ARTICULO 1º: DESIGNASE como PRESIDENTE del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad Villa de Merlo, San Luis, al Concejal Edgar Heraldo AMAYA, D.N.I. Nº 20.134.520.-
ARTICULO 2º: DESÍGNASE Como VICEPRESIDENTE Del Honorable Concejo Deliberante De La Ciudad Villa De Merlo, San Luis, a la Concejal María Gabriela MANCILLA, D.N.I. Nº 23.166.750.-
ARTICULO 3º: En cuanto a la duración de los mandatos, ESTESE a la modificación introducida por el Art. 2º de la Ordenanza Nº X-0752-HCD-2016.-
ARTICULO 4º: DE FORMA.-
RESOLUCIÓN Nº 1744-HCD-2016: DECLARAR DE INTERES MUNICIPAL LA PLAZA DE LA VERDE MEMORIA EN
Villa de Merlo, (San Luis), 07 de diciembre de 2016.-
RESOLUCIÓN Nº 1744-HCD-2016
VISTO:
La Nota Recibida Nº 931-HCD-2016, ingresada al Concejo con fecha 07 de diciembre de 2016; y:
CONSIDERANDO:
Que esta presentación fue realizada por Vecinos de Piedra Blanca en representación de la Biblioteca Popular Lugones en Piedra Blanca, solicitando se declare de interés municipal la Plaza de la Verde Memoria.
Que motiva tal solicitud la necesidad de proteger adecuadamente, donde se conmemora el lugar de nacimiento del Poeta Agüero en Piedra Blanca el 07 de Febrero de 1917, y la Reserva Natural de Piedra Blanca.-
Que es un espacio verde municipal muy cercano a la propiedad de Don Calixto Benítez, en cuya casa nació el Poeta; también en ella se encuentra la Estela Conmemorativa y plaqueta realizada por Don Eduardo Lacreu y vecinos en adhesión al BICENTENARIO de la Villa de Merlo en 1997; además de contar con mural “Alas en la Obra de Agüero”, un laberinto vegetal a manera de pórtico, evocación de las culturas originarias de San Luis: Comechingones, Huarpes y Ranqueles a través de los símbolos de sus cosmovisiones, entre otros tantos fundamentos.-
Que los vecinos han procurado su revalorización que se merece este espacio único de patrimonio natural y cultural de la Villa de Merlo y la Provincia de San Luis.-
Que a través de la Resolución Nº 1503-HCD-2013 se DECLARO DE INTERES MUNICIPAL, el 20º Aniversario de la creación de la Biblioteca Popular “Lugones en Piedra Blanca”.-
Que dentro de nuestra legislación local, contamos con la Ordenanza N° 949-HCD-2005, la que en su Capítulo I, Arts. 18°, siguientes, correlativos y concordantes, le permite a este Cuerpo realizar este tipo de declaraciones.-
POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, PRODUCE LA SIGUIENTE:
RESOLUCIÓN
ARTICULO 1º: DECLARAR DE INTERES MUNICIPAL, la PLAZA DE LA VERDE MEMORIA, en Piedra Blanca.-
ARTICULO 2º: REMITIR, copia de la presente, al Departamento Ejecutivo Municipal y a los interesados para su toma de razón.-
ARTICULO 3º: DE FORMA.-
RESOLUCIÓN Nº 1743-HCD-2016: AUTORIZAR EL PEDIDO DE FACTIBILIDAD PARA LA HABILITACION COMERCIAL RUBRO ALQUILER CUATRICICLOS AL SR. HERRERA
Villa de Merlo, (San Luis), 17 de Diciembre de 2016.-
RESOLUCIÓN Nº 1743-HCD-2016
VISTO:
El pedido elevado por el Director de Obras Privadas de la Municipalidad; y:
CONSIDERANDO:
Que tal solicitud, ingresó al Concejo mediante la Nota Recibida Nº 924-HCD-2016, con fecha 06.12.2016, quien eleva pedido de factibilidad para la habilitación Comercial del rubro alquiler de cuatriciclos, en la Parcela que alquila el Sr. MATIAS RUBEN HERRERA, D.N.I. N° 32.790.573, ubicado en Avda. de los Césares N° 1870, nomenclatura catastral Sección 03, Manzana 34, Parcela 180, Zona R3A, y cuyo propietario es el Sr. Edgardo Ariel Gauto.-
Que el pedido del interesado fue tratado sobre tablas en la última Sesión Ordinaria del dia de la fecha, teniéndose en cuenta para ello que obran en este H.C.D. casos similares.-
Que por todo ello se dispone dictar la presente Resolución en los siguientes términos.-
POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY PRODUCE LA SIGUIENTE:
RESOLUCION
ARTICULO 1º: AUTORIZAR, por las consideraciones que anteceden en los considerandos de la presente Resolución, el pedido de factibilidad para la habilitación Comercial del rubro alquiler de cuatriciclos, en la Parcela que alquila el Sr. MATIAS RUBEN HERRERA, D.N.I. N° 32.790.573, ubicado en Avda. de los Césares N° 1870, nomenclatura catastral Sección 03, Manzana 34, Parcela 180, Zona R3A, y cuyo propietario es el Sr. Edgardo Ariel Gauto.-
ARTICULO 2°: La autorización otorgada en el artículo precedente se realiza dentro del marco de las exigencias de la Secretaría de Turismo y demás legislación local vigente. Asimismo se resuelve que el solicitante mantenga el mismo recorrido para el Año 2017.-
ARTICULO 3º: REMITIR, copia de la presente a las Áreas del D.E.M. correspondientes y al interesado, para su toma de razón.-
ARTICULO 4º: DE FORMA.-
RESOLUCIÓN Nº 1742-HCD-2016: AUTORIZAR SR. SILVA UTILICE INDICADORES URBANISTICOS DE ZONA CO
Villa de Merlo, (San Luis), 07 de Diciembre de 2016.-
RESOLUCIÓN Nº 1742-HCD-2016
VISTO:
La Nota Recibida Nº 923-HCD-2016, ingresada a este H.C.D. con fecha 06.12.2016; y:
CONSIDERANDO:
Que la presentación citada en el visto fue realizada por el Sr. Director de Obras Privadas de la Municipalidad de Merlo, elevando solicitud formulada por el Sr. JOSE RAUL SILVA, D.N.I. N° 16.694.429, en el sentido de que su parcela ubicada en Sección 8, Manzana 926, Parcela A, en la intersección de Calles Los Huarpes y Juana Azurduy, de esta localidad, se incluya en Zona CO.-
Que el peticionante manifiesta que las restantes esquinas de la intersección en la que se ubica la parcela en cuestión pertenecen a Zona CO y que la inclusión de su parcela a dicha zona daría continuidad a los locales allí construídos. Además menciona que del lado Norte linda con el Arroyo Juan Pérez, lo que lo obliga a dejar retiros de mayor magnitud según las reglamentaciones vigentes, reduciendo la superficie apta para la construcción, cuestión ésta que se equilibraría tomando los indicadores de Zona CO, según menciona.-
Que el pedido del interesado fue tratado sobre tablas en la última Sesión Ordinaria del dia de la fecha, teniéndose en cuenta para ello que recientemente este H.C.D. había resuelto un caso similar.-
Que por todo ello se dispone dictar la presente Resolución en los siguientes términos.-
POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY PRODUCE LA SIGUIENTE:
RESOLUCION
ARTICULO 1º: AUTORIZAR, por las consideraciones que anteceden en los considerandos de la presente Resolución, a que el Sr. JOSE RAUL SILVA, D.N.I. N° 16.694.429, UTILICE LOS INDICADORES URBANISTICOS DE ZONA CO, en su parcela ubicada en Sección 8, Manzana 926, Parcela A, en la intersección de Calles Los Huarpes y Juana Azurduy, de esta localidad, sin perjuicio de lo cual, el inmueble seguirá perteneciendo a su Zona de origen.-
ARTICULO 2º: El D.E.M. deberá revisar y controlar todos los aspectos técnicos del Plano que se presentará al efecto.-
ARTICULO 3º: El solicitante deberá continuar con los trámites correspondientes ante la Dirección de Obras Privadas y/o Catastro Municipal quienes serán los que evaluarán técnicamente el Proyecto, debiendo verificar el cumplimiento de la legislación vigente y la presentación de la documentación respaldatoria para su aprobación definitiva.-
ARTICULO 4°: REMITIR, copia de la presente a las Áreas del D.E.M. correspondientes y al interesado, para su toma de razón.-
ARTICULO 5º: DE FORMA.-
RESOLUCIÓN Nº 1741-HCD-2016: TOMAR CONOCIMIENTO, de la Resolución N° 0203-IM-2016 (EN REF.: A RESOLUCION 1720-HCD-2016 AUTORIZAR INDICADORES SR. BARONE)
Villa de Merlo, (San Luis), 07 de Diciembre de 2016.-
RESOLUCIÓN Nº 1741-HCD-2016
VISTO:
La Nota Recibida N° 901-HCD-2016, ingresada al H.C.D. con fecha 01.12.16; y:
CONSIDERANDO:
Que la Nota Recibida mencionada en el visto de ésta Resolución, fue ingresada por el Sr. Intendente Municipal, Licenciado MIGUEL ANGEL FLORES, con motivo de elevar la Resolución N° 0203-IM-2016.-
Que la Resolución remitida por el D.E.M., en su parte resolutiva, (Art. 1°), dispone suspender por un plazo de 180 dias la aplicación y ejecución de la Resolución N° 1729-HCD-2016, sobre la cual se sugiere una revisión.-
Que por todo ello se resuelve conforme a continuación se establece.-
POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY PRODUCE LA SIGUIENTE:
RESOLUCION
ARTICULO 1º: TOMAR CONOCIMIENTO, de la Resolución N° 0203-IM-2016, remitida por el D.E.M. y conforme lo establece el Art. 2° de la misma, SE AUTORIZA la suspensión resuelta por el plazo máximo de 180 dias de la Resolución N° 1729-HCD-2016.-
ARTICULO 2º: DE FORMA.-
RESOLUCIÓN Nº 1740-HCD-2016: DESTACAR LA TRAYECTORIA DE LIC. MANUELA NILDA ALBORNOZ
Villa de Merlo, (San Luis), 07 de diciembre de 2016.-
RESOLUCIÓN Nº 1740-HCD-2016
VISTO:
La Nota Recibida Nº 921-HCD-2016, ingresada a este Concejo con fecha 06.12.16; y:
CONSIDERANDO:
Que la misma fue presentada por el Prof. Sergio Luis Guardia en su carácter de Intendente mandato cumplido y Actual Legislador del Departamento Junín, quien a través de la citada, solicita se le brinde el merecido reconocimiento a la Agente Municipal Manuela Nilda Albornoz quien se retira de su labor por encontrarse en condiciones de acceder a su jubilación.-
Que esta solicitud se ingresa en el día de la fecha al Orden del día de la Sesión Ordinaria y se resuelve tratar sobre tablas y dar uso de la palabra a los ex intendentes Ricardo Chaves y Sergio Guardia como así también a la Prof. Silvia Tadey compañera de labor de la Sra. Albornoz.-
Que los citados manifestaron el reconocimiento a la Sra. Nilda quien “ha entregado su vida trabajando para el bien del prójimo, donde hubo un niño necesitado, ahí estuvo ella con su experiencia, con su calidad, con su solidaridad, que para lo que han venido de afuera y bienvenido han sido, hay un trío que hubo en Merlo que difícilmente pueda ser comparado o que pueda surgir de nuevo, ese trío formaba el gabinete de Médicos Psicopedagógicos, Nilda, Silvia Ballestrini y el Dr. Eduardo Furque, realmente los niños de Merlo le deben mucho, porque son los fundadores del Centro Materno Infantil, del Mirlo, de la casa del Estudiante Universitario de Merlo en Córdoba, de la Escuela de Arte de Oficio de Cañada La Negra, del Intendente Niño, un montón de realizaciones que algunas se perdieron, es lógico pero hay otras que están firmes y que permanecerán por los tiempos” .-
Que el Concejo Deliberante reconoce la labor, la trayectoria el trabajo continuo, desinteresado y fervoroso de la Lic. Nilda quien fuera pionera en esta Villa en la atención temprana de la salud, en la detección y control de enfermedades, realizando visitas a las escuelas, proporcionando información y estadísticas fundamentales para el desarrollo saludable de nuestros niños.-
POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, PRODUCE LA SIGUIENTE:
RESOLUCION
ARTICULO 1º: DESTACAR la trayectoria de la LIC. MANUELA NILDA ALBORNOZ, quien se desempeñó en el Gabinete Psicopedagógico desde el Intendente Ricardo Chaves hasta la fecha.-
ARTICULO 2º: REMITIR, copia de la presente, al Departamento Ejecutivo Municipal y a la interesada para su toma de razón.-
ARTICULO 3º: DE FORMA.-
RESOLUCIÓN Nº 1739-HCD-2016: DESIGNA MIEMBROS REPRESENTANTES DEL HCD EN COMISION DEL FESTIVAL VALLE DEL SOL 2017
Villa de Merlo, (San Luis), 7 de diciembre de 2016.-
RESOLUCIÓN Nº 1739-HCD-2016
VISTO:
La necesidad de dar cumplimiento a la Ordenanza Nº 992-HCD-2006, y:
CONSIDERANDO:
Que es menester designar los miembros representantes del Honorable Concejo Deliberante para conformar la Comisión Organizadora Permanente de la Fiesta Nacional Valle del Sol.-
Que por todo ello se dispone conforme se expresa a continuación.-
POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY, PRODUCE LA SIGUIENTE:
RESOLUCION
ARTICULO 1º: DESIGNESE como representantes del Honorable Concejo Deliberante ante la Comisión Organizadora Permanente de la Fiesta Nacional Valle del Sol., a los Concejales: Sr. Edgar AMAYA y su suplente Sra. María Rosa MIRAVET; Sra. Graciela OCHOA y su suplente Leonardo RODRÍGUEZ; Sr. Jorge DONDA y Sr. Mariano STINGA.-
ARTICULO 2º: DE FORMA.-
RESOLUCIÓN Nº 1738-HCD-2016: AUTORIZAR DIVISION SRAS. BUSTOS
Villa de Merlo, (San Luis), 07 de Diciembre de 2016.-
RESOLUCIÓN Nº 1738-HCD-2016
VISTO:
La Nota Recibida Nº 845-HCD-2016, ingresada con fecha 18.11.2016; y:
CONSIDERANDO:
Que la presentación citada en el visto de ésta Resolución fue realizada por la Directora de Catastro Municipal, elevando solicitud de las Sras. MARTA ROSA BUSTOS y TERESITA MIRTA BUSTOS, quienes en su carácter de propietarias de la Parcela N° 31 del Plano de Mensura N° 6/32/09, confeccionado por el Agrimensor Alejandro Fernández, piden subdividir la misma conforme al croquis que agregan confeccionado por el Agrimensor Edgardo Michell.-
Que iniciado el tratamiento del pedido, se advierte que se encuentra completa la documentación adjuntada al Expediente, con el título de propiedad, Escritura N° 107, de fecha 06 de Diciembre del año 2014, que proviene de Sentencia de Adjudicación Judicial en autos: “OVIEDO RICARDO EFRAIN – POSESION VEINTEAÑAL”, Expte. N° 706/03, tramitados por ante el Juzgado Civil de Concarán, San Luis; agregan Plano de Mensura, Unificación y N° 6/32/09; y Proyecto de División de la Parcela 31 en soporte digital (CD).-
Que el Proyecto cumple con el ordenamiento local vigente.-
Que además la solicitud efectuada fue tratada también en la Comisión Evaluadora de Proyectos en su reunión del día Miércoles 30 de Noviembre último, contando con dictamen favorable.-
Que por ello, la Comisión de Planeamiento del H.C.D. elevó sus conclusiones al Plenario del Cuerpo, el que dispone dictar la presente Resolución en los siguientes términos.-
POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY PRODUCE LA SIGUIENTE:
RESOLUCION
ARTICULO 1º: AUTORIZAR, por las consideraciones que anteceden en los considerandos de la presente Resolución, la división de la Parcela N° 31, del Plano de Mensura N° 6/32/2009, confeccionado por el Ingeniero Agrimensor Alejandro Fernández, en la forma y según surge del croquis que agregan confeccionado por el Ingeniero Agrimensor Edgardo Michell (soporte digital de fojas 14 del Expediente).-
ARTICULO 2º: El croquis remitido con firma de los Concejales y que se adjunta, es al solo efecto de constatar la autenticidad del mismo, y el que deberá elevarse a plano correspondiente para dar cumplimiento a lo establecido por la Ordenanza Nº VIII-0688-HCD-2015, habiendo sido tratados por ante este H.C.D.-
ARTICULO 3º: Las solicitantes deberán continuar con los trámites correspondientes ante la Dirección de Obras Privadas y/o Catastro Municipal quienes serán los que evaluarán técnicamente el Proyecto, debiendo verificar el cumplimiento de la legislación vigente, lo resuelto en ésta Resolución y la documentación respaldatoria para su aprobación definitiva.-
ARTICULO 4°: REMITIR, copia de la presente a las Áreas del D.E.M. correspondientes y a las interesadas, para su toma de razón.-
ARTICULO 5º: DE FORMA.-
RESOLUCIÓN Nº 1725-HCD-2016: DECLARAR de INTERES MUNICIPAL "3º Jornadas de Puertas Abiertas"
Villa de Merlo, (San Luis), 17 de Noviembre de 2016.-
RESOLUCIÓN Nº 1725-HCD-2016
VISTO:
La Nota Recibida Nº 838-HCD-2016, ingresada al Concejo con fecha 16 de Noviembre de 2016; y:
CONSIDERANDO:
Que esta presentación fue realizada por la Prof. Marina S. Wagner docente de la Escuela Técnica N° 34 “Arístides Bratti” de la Villa de Merlo, para solicitar se declare de interés municipal las “Terceras Jornadas de Puertas Abiertas” que se realizarán en la escuela los días 24 y 25 de noviembre de este año.-
Que este espacio constituye un evento que da a conocer a la comunidad educativa un proyecto conjunto de los alumnos y los docentes de toda la escuela que no se organiza al azar, sino que revela la propuesta pedagógica y las estrategias didácticas implementadas y representa, además, el producto final e integrador del trabajo de los chicos y de los educadores en el aula.-
Que por tercer año consecutivo la escuela abre sus puertas para recibir y compartir con la comunidad las producciones escolares y las instalaciones, además de proponer talleres y disertaciones de profesionales de la institución y de la región.
Que dentro de nuestra legislación local, contamos con la Ordenanza N° 949-HCD-2005, la que en su Capítulo I, Arts. 18°, siguientes, correlativos y concordantes, le permite a este Cuerpo realizar este tipo de declaraciones.-
POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, PRODUCE LA SIGUIENTE:
RESOLUCION
ARTICULO 1º: DECLARAR de INTERES MUNICIPAL, las “Terceras Jornadas de Puertas Abiertas” que se realizarán en la Escuela Técnica N° 34 “Arístides Bratti” de la Villa de Merlo, los días 24 y 25 de noviembre de este año.-
ARTICULO 2º: REMITIR, copia de la presente, al Departamento Ejecutivo Municipal y a los organizadores del evento para su toma de razón.-
ARTICULO 3º: DE FORMA.-