Villa de Merlo (San Luis), 20 de Agosto de 2015.-
ORDENANZA Nº VIII-0680-HCD-2015
VISTO:
La Ordenanza Nº VIII-0571-HCD-2013, de fecha 30 de Octubre de 2013; y:
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza citada en el visto, preadjudicó a los Sres. SERGIO HUMBERTO ALEGRE, D.N.I. Nº 27.347.042 y SILVIA ANDREA ANTUN, D.N.I. Nº 26.146.290, responsables de la explotación comercial denominada “MADERERA DON FELIX”, el predio ubicado en el Parque Industrial “Eliseo Mercau” de la localidad de Merlo, San Luis, que se identifica como Parcela 03, de la Manzana Nº 48, del Plano general del Parque Industrial.-
Que con fecha 14 de Abril de 2015, ingresó la Nota Recibida Nº 186-HCD-2015, a través de la cual, los interesados, formalizan su pedido de que este H.C.D. genere y produzca los actos administrativos necesarios a fin de concretar la escritura traslativa de dominio, ya que manifiestan haber cumplido con los cargos impuestos por la Ordenanza de preadjudicación, todo lo cual demuestran a través de un Power Point que adjuntan, donde consta desde el inicio de la obra hasta la actualidad ilustrado en fotografías.-
Que con motivo de ello, el Concejo realizó solicitud ante el D.E.M., a fin de constatar fehacientemente que los peticionantes hubieran cumplido acabadamente con la totalidad de los cargos establecidos en la Ordenanza de adjudicación mencionada, según Nota Emitida Nº 059-HCD-2015, de fecha 16.04.2015.-
Que posteriormente ingresó la Nota Recibida Nº 504-HCD-2015, de fecha 10.08.2015, remitida por el Secretario de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Merlo, San Luis, a través de la cual hace saber que los preadjudicatarios han cumplido con los cargos establecidos en la Ordenanza Nº VIII-0571-HCD-2013, y agrega las Actas de Inspección Nº 35492 y Nº 35641 de fechas 23.10.2014 y 31.10.2014, respectivamente.-
Que la Comisión de Planeamiento de este H.C.D., elevó sus conclusiones al Plenario del Concejo, correspondiendo hacer lugar a lo solicitado por los preadjudicatarios, por lo que dispone conforme a continuación se expresa.-
POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
ARTICULO 1º: DECLARAR CUMPLIMENTADOS, por parte de los Sres. SERGIO HUMBERTO ALEGRE, D.N.I. Nº 27.347.042 y SILVIA ANDREA ANTUN, D.N.I. Nº 26.146.290, responsables de la explotación comercial denominada “MADERERA DON FELIX”, con los cargos establecidos por la Ordenanza Nº VIII-0571-HCD-2013, de preadjudicación, todo lo cual se hará constar en el Expediente Administrativo formado en este H.C.D. caratulado: “MADERERA DON FELIX” SRES. SERGIO HUMBERTO ALEGRE Y SILVIA ANDREA ANTUN – S/ PREADJUDICACIÓN DE PREDIO, EN PARQUE INDUSTRIAL CON DESTINO DE DONACION”.-
ARTICULO 2º: SOLICITAR al D.E.M., proceda a dictar los actos administrativos que sean pertinentes, a fin de efectivizar la transferencia del inmueble individualizado en la norma mencionada ut supra, a través de DONACION LA QUE ESTE H.C.D. DECLARA HOMOLOGADA EN ESTE ACTO, conforme lo han establecido los Arts. 1º y 2º, de la norma precitada, en virtud de lo declarado en el Artículo precedente, y conforme lo establece también la Ley de Régimen Municipal y la Constitución Provincial, para los actos de disposición de bienes que integran el peculio municipal.-
ARTICULO 3º: COMUNIQUESE, NOTIFIQUESE, PUBLIQUESE, REGISTRESE Y OPORTUNAMENTE ARCHIVESE.-