CREA PARQUE DE RESERVA NATURAL EL EJIDO DE MERLO

Merlo, San Luis, 30 de Agosto de 1989

 

ORDENANZA Nº 439-HCD-1989

 
VISTO:
Que es necesario concurrir a la preservación del medio ambiente natural, y:
CONSIDERANDO:
Que se ha observado con alarma el indiscriminado ataque que en la jurisdicción de este Municipio sufren los componentes de la naturaleza, fauna, flora, cursos naturales de agua, especies arbóreas, aves, etc.-
Que se debe por todos los medios disponibles establecer sistemas de control y determinar medidas preventivas como así también punitivas para quienes resultaren infractores.-
Que para obtenerse resultados positivos debe también concientizarse al publico en general y crear para control e información, un cargo rentado, debiendo quien lo ocupe ser encargado de control del medio ambiente y eventualmente quien sancione el o los infractores, debiendo a su vez incorporar a la Ordenanza Nº 299 (Código de Faltas) las figuras legales que tipifiquen las faltas en que se pueda incurrir, atento a lo expuesto, el HONORABLE CONCEJO  DELIBERANTE DE MERLO en su reunión, Sesión Ordinaria de fecha 30 de Agosto de 1989, sanciona con fuerza legal la siguiente:
 

ORDENANZA

  • Crease en el ámbito jurisdiccional de la Municipalidad de Merlo (San Luis) el “PARQUE DE RESERVAS NATURALES MUNICIPAL”.-
  • Lo establecido en el punto 1º, abarcará la superficie territorial establecida por la Ley y límites naturales del Municipio.-
  • Prohíbase dentro de su perímetro: cazar, con armas de fuego, de propulsión neumática, hondas lanza piedras, tramperos de cualquier tipo, pegamentos u otros sistemas idóneos; comercializar pájaros y aves autóctonas; depredación de la flora, aún cuando estén secos; pescar; arrojar desperdicios en tierra y cursos de agua, en especial los no degradables y cualquier otro elemento similar no contemplado en el presente artículo, que sea nocivo o contaminante del medio ambiente-
  • Modifíquese la Ordenanza Nº 299 (Código de Faltas) incorporando a la misma las figuras legales que tipifiquen las contravenciones en que pudieran incurrir los infractores.-
  • Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a crear un cargo rentado, con la misión de controlar y eventualmente sancionar las infracciones que se cometen dentro del ámbito del Parque o Reserva.-
  • Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 
 
Presidente H.C.D.: Jorge Omar Domínguez
Secretario H.C.D.: Ramón A. González