MODIFICA ORDENANZA Nº 365- DONACIÓN PARA VIVIENDAS

Merlo, San Luis, 27 de Mayo de 1987

 

ORDENANZA Nº 369-HCD-1987

 
VISTO:
La Ordenanza Nº 13/87 (365/HCD/87) sancionada con fecha 24 de marzo de 1987, relacionada con la donación de una parcela de terreno de 19.740 m2, para la construcción de un barrio de viviendas de 50 unidades, donde expresamente por voluntad del donante se reservaban seis (6) para la Jefatura Provincial de Policía, y;
 
CONSIDERANDO:
Que el donante señor José Alberto Mercau ha presentado un escrito certificado por ante Escribano Publico – Registro Notarial Nº 60 a cargo del Dr. Miguel D’Aloisio, donde renuncia expresamente a la última parte de la Cláusula 2º del Contrato de Donación de Inmueble, realizado a favor de la Municipalidad de ;Merlo con fecha 24 de Marzo de 1987.-
Que la mencionada donación se debiera transferir al Instituto Provincial de Vivienda y Urbanismo; organismo que se encargará de la construcción de las mencionadas viviendas.-
Que al reservar de las 50 viviendas, seis (6) para la Jefatura Provincial de Policía, significaba que la donación se hacía “CON CARGO”.-
Que el Art. 3º, inc. f ) de la Ley Provincial Nº 3875 establece que el Instituto puede recibir donaciones o legados por sí sola pero “SIN CARGO”.-
Que la nota Nº 320-IPVU-87 de fecha 10 de Abril de 1987 eleva el dictamen de la Escribanía del Instituto donde aclara expresamente la forma de recibir las donaciones o legados.-
Que en virtud de todo ello este Honorable Concejo Deliberante de Merlo, en su Sesión Ordinaria del día 27 de Mayo de 1987, resolvió por unanimidad eliminar del Art. 3º- Parte Resolutiva- la frase final que dice: “de las cuales se deben reservar seis (6) para la Jefatura Provincial de Policía, quien destinará las mismas para el personal en tránsito afectado a la Comisaría de Merlo”; quedando la parte Resolutiva de la siguiente forma:
 

ORDENANZA

 

  1. Sin variantes de la Ordenanza Nº 13/87 (Nº 365-HCD-1987).-
  2. Sin variantes de la Ordenanza Nº 13/87 (Nº 365-HCD-1987).-
  3. El destino de este donación es exclusivamente para la construcción de un Barrio de cincuenta (50) viviendas.-
  4. 4º, 5º y 6º de la Ordenanza Nº 13/87 (Nº 365-HCD-1987) sin modificaciones.-

Presidente HCD: Carlos Ernesto Arce
Secretario HCD: Ramón Emilio Landeau