AUTORIZA COMODATO POLIDEPORTIVO LA HERRADURA

Merlo, (S.L.) 22 de Diciembre de 1993

 

ORDENANZA Nº 539-HCD-1993

 
VISTO:
El pedido presentado por la Comisión Vecinal Barranca Colorada (Nota Nº 530/93), solicitando la administración en comodato del POLIDEPORTIVO LA HERRADURA “Juan Gilberto Funes”, estando en sus finalidades la enseñanza y la práctica del fútbol infantil y juvenil, como así también la práctica de mayores, y;
 
CONSIDERANDO:
Que entre las propuestas presentadas se pueden ver: 1) Parquización, Forestación; 2)Construcción de Sanitarios; 3)Construcción de drenajes laterales; 4)Colocación de alambrado olímpico con mampostería de hormigón; 5)Refacción y ampliación del sistema de riego; 6)Construcción de una cantina; 7)Conexión de farolas; 8)Rellenado del campo de deportes y sembrado de nuevo césped.-
Que se solicita que la duración del comodato sea de ocho (8) años.-
Que resulta necesario contar con una responsabilidad jurídica de parte de los beneficiarios del comodato.-
Que con fecha 22 de diciembre del año en curso, y en oportunidad de su Sesión Ordinaria, del día de la fecha, fue tratado en el seno del HCD, el correspondiente Despacho de Comisión, presentado y firmado por los Concejales Arias, Nicoletti y Romero, habiéndose el mismo aprobado por unanimidad de los ediles presentes.-
 
POR ELLO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE  LA LEY, SANCIONA LA PRESENTE:
 

ORDENANZA

 
ART. 1º)  Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal, para que firme la Cesión en Comodato gratuito del Polideportivo “Juan Gilberto Funes” de la Herradura, a la Comisión Vecinal de Barranca Colorada.-
ART. 2º) Condicionar la firma del Contrato respectivo a la presentación de la Personería Jurídica de la Comisión Vecinal de Barranca Colorada.-
ART. 3º) Fijar la duración del Contrato en seis (6) años renovables por igual período con acuerdo de las partes.-
ART. 4º) Establecer que las obras y mejoras a realizar expuestas en los considerandos de la presente, deben contar antes de su ejecución, con la aprobación de la Secretaría de Obras Públicas y Privadas de la Municipalidad.-
ART. 5º) De forma.-
 
DADA, SELLADA Y FIRMADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE MERLO, SAN LUIS, A LOS VEINTIDOS DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES.-
 
 
Presidente Provisional H.C.D.: Julia A. Flores Blanch
Secretario H.C.D.: Jorge H. Flores