MODIFICA INDICADOR URBANISTICO PARA LA ZONA CENTRAL (744/2000)

 

ORDENANZA  Nº 760-HCD-2001

VISTO:
 
El Despacho de Comisión referido a la modificación de la Ordenanza Nº 744 –HCD-2000, para la Zona Central del indicador-urbanístico Fb; y
 
CONSIDERANDO:
 
Que las soluciones o planteos aislados de mantenimiento, mejoras, remodelaciones o construcciones nuevas, en edificios o predios del Área Central, requieren la aplicación de criterios ordenados que permitan la armonización de repuestas posibles.
Que dentro de la Zona central existen distintos sectores, cada uno con características particulares y con una identidad definida que es necesario mantener y reforzar.
Que es necesario particularizar materiales y/o colores que ayuden a reforzar la imagen del pueblo serrano, que deseamos se le imprima al paisaje urbano.
Que es conveniente redefinir el Indicador Urbanístico Fb de la Zona Central.
 
POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE VILLA DE MERLO (S.L) EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES, SANCIONA LA SIGUIENTE:
 

ORDENANZA

 
Art.1º).-                    Modificase el Indicador Urbanístico Fb para la Zona Central, aplicándose de la siguiente forma según sectores.
F – TECHOS
I.- Sector Plaza Marques de Sobremonte sobre sus cuatro caras circundantes y las ocho cuadras de aproximación a la misma, incluyendo ambos frentes de los lotes ubicados en esquina.-
b) Material:
·         Teja cerámica roja tipo colonial.
·         Superficie plana roja y transitable.
II.- Sobre los lotes frentistas a: Av. del Sol, calle San Martín y calle Poeta Conti.-
b) Material:
·         Teja cerámica roja.
·         Teja chapa prepintada, horneada, color rojo.
·         Superficie plana roja y transitable.
III.-Resto de las calles.
b) Material:
Residencial: * Teja cerámica roja.
·         Teja chapa prepintada, horneada color rojo.
·         Superficie plana roja y transitable.
Para otros Usos:
·         Chapa estructural prepintada, horneada color rojo.
Art.2º).-                    Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Archívese.
 

ORDENANZA NORMAS BÁSICAS DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL (744 ORIGINAL)

ORDENANZA  Nº 744-HCD-2000

VISTO:
Los trabajos de estudio, revisión y análisis de las Normas de Ordenamiento Territorial contenidas en la Ordenanza Nº 741 HCD 2000 y su modificatoria Ordenanza Nº 743 HCD 2000; y
 
CONSIDERANDO:
Que del estudio efectuado en forma conjunta por este Concejo, el Departamento Ejecutivo Municipal y Colegio de Arquitectos, se advierten desajustes técnicos que hacen necesario modificar conceptos e indicadores.
Que cuando esta normativa fue aprobada se estableció que la misma quedaba sujeta a una permanente evaluación.
Que el espíritu de la Ordenanza ha sido preservado, abriendo canales de participación en los aspectos técnicos que atienden a la realidad local.
 
POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO (S.L) EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES, SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA

Art.1º).-          Incorporase al Título ORDENAMIENTO URBANO de la Ordenanza Nº 741-HCD/2000 el siguiente subtítulo:
 
– CONSTRUCCIONES EXISTENTES – PROYECTOS DE AMPLIACIÓN:
Los proyectos que impliquen ampliación de edificaciones existentes con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente ordenanza y que por sus características no se encuadran dentro de las normativas, deberán ser tratados por la Comisión Técnica Asesora a los efectos de expedirse sobre su viabilidad siempre que cumplan con las exigencias de las ordenanzas que se derogan y no se contrapongan con los principios de estas Normas de Ordenamiento Territorial.
 
– Requisitos:
-Deberán presentarse dentro de un plazo de SEIS (6) meses contados desde la promulgación de la presente.
-Deberán acompañar antecedentes demostrativos de la existencia del proyecto de inversión y de titularidad de dominio del inmueble, antes de la vigencia de la presente ordenanza.
-Sólo se exigirá para el estudio y evaluación por la Comisión Técnica Asesora, presentación de carátula, plano de plantas generales, cortes, vistas, zonificación y planillas de indicadores urbanísticos.
 
Art.2º).-                     Modificase los siguientes Items de la Ordenanza Nº 741-HCD-2000 y su modificatoria Ordenanza Nº 743-HCD-2000, los que quedarán redactados como se determina a continuación:
1. GENERALIDADES
1.1. DEFINICIONES:
– FACTOR DE OCUPACIÓN DE SUELO: F.O.S.: Coeficiente que multiplicado por la superficie de la parcela, establece: a) la superficie máxima de la misma que puede ser ocupada por la proyección del volumen construible (superficie máxima a techar); b) la superficie máxima de impermeabilización del suelo; c) la superficie mínima de espacio verde.
 
– INDICE DE OCUPACIÓN DE EDIFICACIÓN: O.E.: a los efectos del cálculo del índice de ocupación, en edificios destinados a hotelería se contarán dos (2) ocupantes por dormitorio.
 
-5 INDICADORES URBANÍSTICOS:
-C: Retiros:
Retiro de Fondo: Elimínase la fórmula X, = largo – 20
 
-D: Índices: F.O.S.: A los efectos del cálculo se considerarán: Para el caso a) Las superficies edificadas cubiertas y semicubiertas; para el caso b) Piletas, caminos, playones, canchas de deportes, y toda otra superficie que provoque impermeabilización del suelo; para el caso c) Superficie mínima de espacio verde.
 
E.V. Para el cómputo del espacio verde, en edificios destinados a hotelería, no se computarán los cambios, superficies de piletas, solarium, estacionamientos descubiertos y toda otra superficie que provoque impermeabilización del suelo. Deberá ser tratada como área verde, del cual sólo el 60% puede ser jardín o parque. El 40% restante deberá ser conservado en su estado natural, de acuerdo a lo que determine Forestación. En las zonas turísticas el E.V. tiene requerimientos especiales.
– E: Altura máxima de edificación: Es la altura por sobre la cuál no se podrá elevar ningún tipo de edificación.
– Forma de Medir Alturas: La misma se medirá sobre una o más líneas verticales, uniéndose el nivel de piso terminado de la planta baja con la parte superior del edificio, en cada línea.
 
– REGLAS GENERALES:
1- Para las zonas C1, C2, C3 y C4, superando los ocho metros cincuenta de altura (8,50 mts) la proyección horizontal del volumen edificado no podrá superar el 20% de la proyección total del edificio.
2- Para las zonas R1, R2, R3, R4, T1, T2 T3 y E, superando los ocho metros cincuenta de altura (8,50 mts) la proyección horizontal del volumen edificado no podrá superar el 10% de la proyección total del edificio.
3-Para las zonas R1, R2, R3, R4, T1, T2, T3 y E, no se podrán ubicar locales de Primera Categoría por sobre una altura superior a los seis metros cincuenta (6,50 mts).
4 –Para las Zonas R1, R2, R3, R4, T1, T2, T3 y E, las superficies cubiertas planas no podrán superar los seis metros  cincuenta de altura (6,50 mts).
 
-A.M.F: ALTURA MAXIMA EN LAS FACHADAS FORNTALES: Se aplicará solamente en Zona Central (en la línea municipal o en la línea de retiro establecida como mínimo para cada zona).
 
-G: CERCOS Y MEDIANERAS:
1) Sobre L.M. (Línea Municipal): a) Altura
b) Materiales
2) Sobre E.M.. (Ejes Medianeros):   a) Altura
b) Materiales
 
-K: CANTIDAD DE VIVIENDAS: Máxima DOS (2) por lote en todas las zonas.
 
– ZONA CENTRAL
-A: Uso DOMINANTE: Administración y Seguridad. Cultura y Culto.
Comercio Minorista CM1 y CM2. Servicios S1 y S2.
COMPLEMENTARIO: Educación. Sanidad. Residencia. Hotelería.
CONDICIONADO: Esparcimiento: Canchas. Complejos Deportivos, Centros
Terciarios, Universidad, Servicios Fúnebres.
ACTIVIDAD POR GRADO DE MOLESTIA: ——————————————
 
-D: INDICES: F.O.S.: a) 0,8
b) 0,1
c) 0,1
F.O.T.: 1,5
0.E. y E.V.: Para hotelería
 
-E: ALTURA MAXMA:
A.M.E.: 10 metros a partir de los 5 mts de L.M.
A.M.F.: 6 metros excluidos tanques y chimeneas.
 
-F: TECHOS:
a)      Forma: Horizontal: máximo 50%
Inclinado: mínimo 50% (ángulo 22º pend. Mínima).
b)      Material: Teja cerámica roja.
Superficie plana roja y transitable.
 
-G: CERCOS Y MEDIANERAS:
1)    a) 2 metros.
b) mampostería.
 
-COMERCIAL C1
-A: Uso DOMINANTE: Hotelería y Servicios S1 y ST.
COMPLEMENTARIO: Residencia, Cultura. Esparcimiento b y d (formando parte de un establecimiento hotelero).Comercio Minorista CM1.
CONDICIONADO: ———————————————————————————
ACTIVIDAD POR GRADO DE MOLESTIA: ——-
 
 
 
-B: DIMENSIONES: Superficie de parcela: 800 metros cuadrados (OCHOCIENTOS).
Dimensión de Frente Mínimo: 12,50 metros.
 
-D: INDICES: F.O.S.: a) 0,6
b) 0,2
c) 0,2
F.O.T.: 0,8
O.E: Hoteles: 18 mts cuadrados por plaza.
Estacionamiento: Según C.E
E.V.: Hoteles: 50 mts. cuadrados por plaza.
 
-E: ALTURA MÁXIMA:
A.M.E.: 10 metros.
 
-F: TECHOS:
a)      Forma: Horizontal: máximo 30 %
Inclinado: mínimo 70 % (ángulo 30º pend.mínima).
b)      Material: Teja cerámica roja.
 
-G: CERCOS Y MEDIANERAS:
1.- (L.M)  a) Muretes: hasta  0,40 mts.
Reja o tejido con o sin cerco vivo: hasta 1,60 mts.
b) Mampostería, ladrillo o piedra, verja de madera, troncos.
 
-COMERCIAL C2
-A: Uso DOMINANTE: Comercio Minorista CM1 y CM2. Servicios S1,S2 y ST.
COMPELEMENTARIO: Talleres y Manufacturas TM1 y TM2 Cultura.
Esparcimiento b. Residencia. Administración y Seguridad
CONDICIONADO: Educación. Sanidad. Hotelería.
ACTIVIDAD POR GRADO DE MOLESTIA: —-
 
-B: DIMENSIONES: Superficie de parcela: 800 metros cuadrados (OCHOCIENTOS).
Dimensión de Frente Mínimo: 20 metros.
 
-C: RETIROS: De frente: 4 metros
Bilateral: 2 metros
De fondo: 6 metros.
 
-D: INDICES: F.O.S.: a) 0,3
b) 0,45
c) 0,25
F.O.T: 0,6
O.E: Estacionamiento:
Servicios: 25 % superficie del local.
Gastronomía: 1 ½ superficie del local.
 
-E: ALTURA MÁXIMA:
A.M.E: 10 metros.
-F: TECHOS:
a)      Forma: Horizontal máximo 30 %
Inclinado: mínimo 70 % (ángulo 30º pend. Mínima).
b)      Material: Teja cerámica roja.
Teja chapa roja.
 
-G: CERCOS Y MEDIANERAS:
1.- (L.M) a) Muretes: hasta 0,40 mts.
Reja con o sin cerco vivo: hasta 1,60 metros.-
b) Mampostería, ladrillo o piedra, verja de madera, troncos.
 
2.- (E.M) a) Muretes: hasta 0,60 metros
Reja o tejido con o sin cerco vivo: hasta 1,60 mts.
b) Mampostería, ladrillo o piedra, verja de madera, troncos.
 
-COMERCIAL C3:
-A: Uso DOMINANTE: Comercio Minorista CM1, CM2 y CM3. Servicios S1, S2 y S3.
COMPLEMENTARIO: Residencial, Talleres y manufacturas TM1, TM2 y TM3 Esparcimiento a.
CONDICIONADO: Matadero.
ACTIVIDAD POR GRADO DE MOLESTIA: —
 
-B: DIMENSIONES: Superficie de parcela: 800 metros cuadrados (OCHOCIENTOS).
Dimensión de Frente Mínimo: 20 metros.
 
-C: RETIROS: De Frente: 4 metros.
Bilateral: 2 metros.
De Fondo: 6 metros.
 
-D: INDICES: F.O.S.: a) 0,3
b) 0,45
c)    0,25
F.O.T.: 0,6
0. E.: Estacionamiento:–
Servicios: 25% superficie del local.
Gastronomía: 1 ½ superficie del local.
 
-E: ALTURA MÁXIMA:
A.M.E.: 10 metros.
 
-F: TECHOS:
a)      Forma: Horizontal: máximo 30%.
Inclinado: mínimo 70% (ángulo 30º pend. mínima), para Residencia.
Otros Usos: El ángulo de pendiente, según requiera el materia.
b)      Material: Para residencia: Teja cerámica roja y Teja chapa roja. Superficie plana roja.
Para otros usos: Chapa prepintada horneada color rojo.
 
-G: CERCOS Y MEDIANERAS:
1.- (L.M.) a) Muretes: hasta 0,40 mts.
Reja con o sin cerco vivo: hasta 1,60 metros.
b) Mampostería, ladrillo o piedra, verja de madera, troncos.
 
2.- (E.M.) a) Muretes: hasta 0,60 metros
Reja o tejido con o sin cerco vivo: hasta 1,60 mts.
b) Mampostería, ladrillo o piedra, verja de madera, troncos.
 
-COMERCIAL C4.
-A: Uso DOMINANTE: Servicios Turísticos.
COMPLEMENTARIO: Residencia. Comercio Minorista CM1 y CM2.
Gastronomía. Esparcimiento a y c.
CONDICIONADO: —————————————————————-
ACTIVIDAD POR GRADO DE MOLESTIA:
 
-B: DIMENSIONES: Superficie de parcela: 800 metros cuadrados (OCHOCIENTOS).
Dimensión de Frente Mínimo: 20 metros.
-C: RETIROS: De Frente: 4 metros.
Bilateral: 2  metros
De Fondo: 6 metros.
 
-D: INDICES: F.O.S.: a) 0,3
b) 0,45
c)    0,25
F.O.T.: 0,6
O.E.: Estacionamiento:
Servicios: 25% superficie del local.
Gastronomía: 1 ½ superficie del local.
 
-E: ALTURA MÁXIMA:
A.M.E: 10 metros.
-F: TECHOS:
a)      Forma: Horizontal: máximo 30%.
Inclinado: mínimo 70% (ángulo 30º pend. mínima). para residencia.
Otros Usos: El ángulo de pendiente, según requiere el material.
b)       Material: Para residencia: Teja cerámica roja y Teja cerámica roja y Teja chapa roja. Superficie plana roja.
Para otros usos: Chapa prepintada horneada, color rojo.
 
-G: CERCOS Y MEDIANERAS:
1-(L.M.) a) Muretes: hasta 0,40 mts.-
Reja con o sin cerco vivo: hasta 1 metro.
b) Mampostería, ladrillo o piedra, verja de madera, troncos.
2.- (E.M) a) Muretes: hasta 0,60 mts
Reja o tejido con o sin cerco vivo: hasta 1,60 mts.
b) Mampostería, ladrillo o piedra, verja de madera, troncos.
 
-ZONA RESIDENCIAL R1.
-A: Uso DOMINANTE: Residencial.
COMPLEMENTARIO: Educación. Cultura. Talleres y Manufacturas TM1 Y TM2.
Esparcimiento b. Comercio Minorista CM1 y CM2. Sanidad.
CONDICIONADO: Comercio Minorista CM3 Talleres y Manufacturas TM3.
ACTIVIDAD POR GRADO DE MOLESTIA:
 
-B: DIMENSIONES: Superficie de parcela:  500 metros cuadrados (QUINIENTOS)
Dimensión de Frente Mínimo: 15 metros.
 
-C: RETIROS: De Frente: 3 metros.
De un lateral: 2,50 mts.
De Fondo: 6 metros.
 
-D: INDICES: F.O.S.: a) 0,3
b) 0,2
c) 0,5
F.O.T.: 0,4
 
-E: ALTURA MAXIMA:
A.M.E.: 10 metros.
 
-F: TECHOS:
a)      Forma: Horizontal: máximo 30%.
Inclinado: mínimo 70% (ángulo 30º pend.mínima).
b)      Material: Para residencia: teja cerámica roja y Teja chapa roja.
Para otros usos: Chapa prepintada horneada, color rojo y superficie plana roja.
 
-G: CERCOS Y MEDIANERAS:
1.- (L.M.) a) Muretes: hasta 0,40 mts.
Reja con o sin cerco vivo: hasta 1,60 metros.
b) Mampostería, ladrillo o piedra, verja de madera, troncos.
 
2.- (E.M) a) Muretes: hasta 0,60 metros
Reja o tejido con o sin  cerco vivo: hasta 1,60 mts.
b) mampostería, ladrillo o piedra, verja de madera, troncos.
 
-ZONA RESIDENCIAL R2
-A: Uso DOMINANTE: Residencial.
COMPLEMENTARIO: Educación. Cultura. Comercio Minorista CM1 y CM2. Servicios                 S1.Esparcimiento b. Hotelería y Complejos Turísticos.
CONDICIONADO: Talleres y Manufacturas.
ACTIVIDAD POR GRADO DE MOLESTIA: ——————————————
 
-B: DIMENSIONES: Superficie de parcela: 800 metros cuadrados (OCHOCIENTOS).
Dimensión de Frente Mínimo: 20 metros.
 
-C-: RETIROS: De Frente: 4 metros
De un lateral: 2 mts.
De Fondo: 6 metros.
 
-D: INDICES: F.O.S.: a) 0,3
b) 0,2
c) 0,5
 
F.O.T.: 0,4
O.E.: Hotelería: 18 mts. cuadrados por plaza.
Estacionamiento Obligatorio: Según C.E.
E.V.: Hotelería: 50 mts. cuadrados por plaza.
 
-E: ALTURA MÁXIMA:
A.M.E.: 10 metros.
 
-F: TECHOS:
a)      Forma: Horizontal: máximo 30%
Inclinado: mínimo 70% (ángulo 30º pend.mínima).
b)      Material: Teja cerámica roja.
Teja chapa roja
Superficie plana roja.
 
-G: CERCOS Y MEDIANERAS:
1.- (L.M.) a) Muretes: hasta 0,40 mts.
Reja con o sin cerco vivo: hasta 1,60 metros.
b) Mampostería, ladrillo o piedra, verja de madera, troncos.
2.- (E.M)  a) Muretes: hasta 0,60 metros
Reja o Tejido con o sin cerco vivo: hasta 1,60 mts.
b) Mampostería, ladrillo o piedra, verja de madera, troncos.
 
-ZONA RESIDENCIAL R3
-A: Uso DOMINANTE: Residencial.-
COMPLEMENTARIO: Hotelería. Educación. Cultura. Culto.
Esparcimiento b. Comercio Minorista CM1 y CM2. Complejos Turísticos.
CONDICIONADO: Talleres y Manufacturas.
ACTIVIDAD POR GRADO DE MOLESTIA:- —————————————————————
 
-B: DIMENSIONES: Superficie de parcela: 1.500 metros cuadrados (MIL QUINIENTOS).
Dimensión de Frente Mínimo: 20 metros.
 
-C: RETIROS: De Frente: 6 metros.
Bilateral: 3 metros
De Fondo: 6 metros.
 
-D: INDICES: F.O.S.: a) 0,15
b) 0,10
c) 0,75
F.0.T.: 0,25
0.E : Hotelería : 18 mts cuadrados por plaza.
Estacionamiento Obligatorio: según C.E.
E.V: Hotelería: 65 mts 2, por plaza.
 
-E: ALTURA MÁXIMA:
A.M.E.: 10 metros.
 
-F: TECHOS:
a)      Forma: Horizontal: máximo 30%
Inclinado: mínimo 70% (ángulo 30º pend. Mínima).
b)      Material: Teja cerámica roja
Teja chapa roja
Superficie plana roja
Chapa prepintada horneada de color rojo
Únicamente para educación.
 
-G: CERCOS Y MEDIANERAS:
1.- (L.M) a) Muretes: hasta 0,40 mts.
Reja con o sin cerco vivo: hasta 1.60 metros.
b) Mampostería, ladrillo o piedra, verja de madera, troncos.
2.- (E.M) a) Muretes: hasta 0,60 metros
Reja o tejido con o sin cerco vivo: hasta 1,60 mts.
b) Mampostería, ladrillo o piedra, verja de madera, troncos.
 
-ZONA RESIDENCIAL R4
-A: Uso DOMINANTE: Residencial.
COMPLEMENTARIO: Hotelería. Comercio Minorista CM1 y CM2 Complejos Turísticos.
CONDICIONADO: Talleres y Manufacturas.
ACTIVIDAD POR GRADO DE MOLESTIA: —
 
-B: DIMENSIONES: Superficie de parcela: 1.500 metros cuadrados (MIL QUINIENTOS)
Dimensión de Frente Mínimo: 20 metros.
 
-C: RETIROS: De Frente: 6 metros
Bilateral: 3 metros
De fondo: 6 metros.
 
-D: INDICES: F.O.S.: a) 0,15
b) 0,10
c) 0,75
F.O.T.: 0,25
0.E.:  Hotelería: 18 mts. 2, por plaza.
Estacionamiento Obligatorio: Según C.E.
E.V.: Hotelería: 65 mts 2, por plaza.
 
-E: ALTURA MÁXIMA:
A.M.E.: 10 metros.
 
-F: TECHOS:
a)      Forma: Horizontal: máximo 30%
Inclinado: mínimo 70% (ángulo 30º pend. mínima).
b)      Material: Teja cerámica roja
Teja chapa roja
Superficie plana roja.
 
-G: CERCOS Y MEDIANERAS:
1.- (L.M.)  a) Muretes: hasta 0,40 mts.
Reja con o sin cerco vivo: hasta 1,60 metros.
b) Mampostería, ladrillo o piedra, verja de madera, troncos.
 
2.- (E.M)   a) Muretes: hasta 0,60 metros
Reja o tejido con o sin cerco vivo: hasta 1,60 mts.
b) Mampostería, ladrillo o piedra, verja de madera, troncos.
 
-ZONA RESIDENCIAL R5
-A: Uso DOMINANTE: Residencial. Complejos habitacionales (responde Ord. 735 HCD/00).
COMPLEMENTARIO: Equipamiento Urbano. Comercio Minorista CM1 y CM2. Talleres y  Manufacturas TM1 y TM2.
CONDICIONADO: Comercio Minorista CM3. Talleres y Manufacturas TM3.
ACTIVIDAD POR GRADO DE MOLESTIA: —
 
-B: DIMENSIONES: Superficie de parcela: 350 metros cuadrados (TRESCIENTOS CINCUENTA).
Dimensión de Frente Mínimo: 15 metros.
 
-C: RETIROS: De Frente: 3 metros.
De un lateral: 2 mts.
De fondo: 6 metros.
 
-D: INDICES: F.O.S: a) 0,25
b) 0,2
c) 0,55
F.O.T: 0,4
 
-E: ALTURA MAXIMA:
A.M.E.: 8,50 metros.
 
-F: TECHOS:
a)      Forma: Horizontal: máximo 30%
Inclinado: mínimo 70% (ángulo 30º   pend. mínima).
b)      Material: Para residencia: teja cerámica roja, teja chapa roja y Superficie plana roja.
Para otros usos: Chapa prepintada horneada color rojo.
 
-G: CERCOS Y MEDIANERAS:
1.- (L.M)  a) Muretes: hasta 0,40 mts.
Reja con o sin cerco vivo: hasta 1,60 metros.
b) Mampostería, ladrillo o piedra, verja de madera, troncos.
 
2.- (E.M)  a) Muretes: hasta 0,60 metros
Reja o tejido con o sin cerco vivo: hasta 1,60 mts.
b) Mampostería, ladrillo o piedra, verja de madera, troncos.
 
 
-ZONA TURÍSTICA T1
A: Uso DOMINANTE: Residencia, Hotelería-
COMPLEMENTARIO: Complejos Turísticos. Servicios Turísticos S1.
CONDICIONADO: ——————————————————————————-
ACTIVIDAD POR GRADO DE MOLESTIA: ———
 
-B: DIMENSIONES: Superficie de parcela: 2.500 metros cuadrados (DOS MIL QUINIENTOS).
Dimensión de Frente Mínimo: 25 metros.
 
-C: RETIROS: De Frente: 8 metros.
Bilateral: 4 metros
De Fondo: 8 metros.
 
-D: INDICES: F.O.S: a) 0,15
b) 0,15
c) 0,7
 
F.O.T.: 0,2
 
0.E.: Hotelería: 18 mts.2 por plaza.
Estacionamiento Obligatorio: Según C.E.
 
E.V.: Hotelería: 65 mts 2, por plaza.
 
-E: ALTURA MÁXIMA:
A.M.E.: 10 metros.
-F: TECHOS:
a)      Forma: Horizontal: máximo 30%
Inclinado: mínimo 70% (ángulo 30º pend. Mínima).
b)      Material: teja cerámica roja,
Teja de chapa color rojo.
Superficie plana roja
 
G: CERCOS Y MEDIANERAS
1.- (L.M.): a) Muretes: hasta 0,40 mts.
Reja con o sin cerco verde: hasta 1,6 mts (uno con sesenta metros).
b) Mampostería: ladrillo o piedra, verja de madera, troncos.
 
2.- (E.M):    a) hasta 1,60 metros.
b) Reja, alambre, tejido con o sin cerco vivo.-
 
-ZONA TURÍSTICA T2
– A: Uso DOMINANTE: Residencial
COMPLEMENTARIO: COMPLEJOS TURÍSTICOS. HOTELERIA
CONDICIONADO: Comercio minorista
ACTIVIDAD POR GRADO DE MOLESTIA:
 
-B: DIMENSIONES: Superficie de parcela: 5000 metros cuadrados (CINCO MIL)
Dimensión de Frente Mínimo: 50 metros.
 
-C: RETIROS: De Frente: 10 metros.
Bilateral: 5 metros.
De Fondo: 10 metros.
 
-D: INDICES: F.O.S.: a) 0,05
b) 0,03
c) 0,92
F.O.T: 0,1
0.E.: Hotelería: 18 mts 2, por plaza.
Estacionamiento Obligatorio: Según C.E.
E.V.: Hotelería: 65 mts.2, por plaza.
 
-E: ALTURA MÁXIMA:
A.M.E: 10 metros.
 
-F: TECHOS:
a)      Forma: Horizontal: máximo 30%
Inclinado: mínimo 70% (ángulo 30º pend.mínima).
b)      Material: Teja cerámica roja
Teja chapa roja
Superficie plana roja.
 
 
 
-G: CERCOS Y MEDIANERAS:
1.- (L.M) a) Muretes: hasta 0,40 mts.
Reja con o sin cerco vivo: hasta 1,60 metros.
b) Mampostería: ladrillo o piedra, verja de madera troncos.
2.- (E.M.) a) hasta 1,60 metros.
b) Reja, alambre, tejido con o sin cerco vivo.
 
-ZONA TURÍSTICA T3
A: Uso DOMINANTE: Residencia.-
COMPLEMENTARIO: ———-
CONDICIONADO: ————–
ACTIVIDAD POR GRADO DE MOLESTIA:———
 
-B: DIMENSIONES: Superficie de parcela: 10.000 metros cuadrados (DIEZ MIL).
Dimensión de Frente Mínimo: 100 metros.
 
-C: RETIROS: De Frente: 10 metros.
Bilateral: 5 metros.
De Fondo: 10 metros.
 
-D: INDICES: F.O.S: a) 0,05
b) 0,03
c) 0,92
F.O.T.: 0,05
 
-E: ALTURA MAXIMA:
A.M.E.: 10 metros.
 
-F: TECHOS:
a) Forma: Horizontal: máximo 30%
Inclinado: mínimo 70% (ángulo 30º pend. Mínima).
b) Material: Teja cerámica roja
Teja chapa roja
Superficie plana roja.
 
-G: CERCOS Y MEDIANERAS:
1.- (L.M)  a) Muretes: hasta 0,40 mts.-
Reja con o sin cerco vivo: hasta 1,60 metros.
c)      Mampostería: ladrillo o piedra, verja de madera, troncos.
2.- (E.M.) a) hasta 1,60 metros.
b) Reja, alambre, tejido con o sin cerco vivo.
 
 
-ZONA TURÍSTICA T4:
-Es la Reserva Natural Protegida de la Sierra de Comechingones.
-No se permiten  los loteos.
-A: Uso DOMINANTE: Turístico.
Paseos Serranos.
Senderos Peatonales.
Paradores. Refugios.
 
-MATERIALES: Solamente materiales del lugar, con alto contenido significativo de los usos y costumbres de la zona, con aprovechamiento de las técnicas y sistemas artesanales y de bajo impacto ambiental, totalmente integrados con la naturaleza.
 
-ZONA DE ESPARCIMIENTO
-A: Uso DOMINANTE: Esparcimiento a, b, c y d.
COMPLEMENTARIO: Servicios turísticos. Gastronomía. Vivienda. Hotelería.
CONDICIONADO: ————
ACTIVIDAD POR GRADO DE MOLESTIA:————
 
-B: DIMENSIONES: Superficie de parcela: 1.000 metros cuadrados (MIL).
Dimensión de Frente Mínimo: 20 metros.
 
-C: RETIROS: De Frente: 8 metros.
Bilateral: 5 metros
De Fondo: 6 metros.
 
-D: INDICES: F.O.S.: a) 0,15
b) 0,15
c) 0,7
 
F.O.T.: 0,5
0. E.: Hotelería: 18 mts 2 por plaza.
Estacionamiento Obligatorio: Según C.E.
E.V.: Hotelería: 65 mts2 por plaza.
 
-E: ALTURA MÁXIMA:
A.M.E.: 10 metros.
-F: TECHOS:
a)      Forma: Horizontal: máximo 30%.
Inclinado: mínimo 70% (ángulo 22º pend. Mínima).
b)      Material: Teja cerámica roja.
Teja chapa roja
Superficie plana roja
Chapa prepintada horneada, color rojo.
 
-G: CERCOS Y MEDIANERAS:
1.- (L.M) a) Muretes: hasta 0,40 mts.
Reja con o sin cerco vivo: hasta 1,60 metros.
b)    Mampostería, ladrillo o piedra, verja de madera. Troncos.
 
2.- (E.M.) a) Muretes: hasta 0,60 metros.
Reja o tejido con o sin cerco vivo: hasta 1,60 mts.
b) Mampostería, ladrillo o piedra, verja de madera, troncos.
 
-6.2. COMPLEJOS TURÍSTICOS DE CABAÑAS:
-6.2.1.2. Complejo Turístico de Cabañas: Se denomina Complejo Turístico de Cabañas a aquellos establecimientos que con un mínimo de TRES (3) unidades locativas, estando insertadas en un entorno cuya característica primordial es el respeto por la naturaleza, proporciona hotelería en un todo de acuerdo a la presente, exclusiva o parcialmente por medio de cabañas. En este último caso la presente ordenanza es aplicable sólo a la parte de hotelería servida por cabañas o edificios complementarios.
 
-6.2.1.3. Edificios Complementarios: Se denomina Edificios Complementarios de Complejo Turísticos de Cabañas a aquellas unidades funcionales cuyo fin último es servir de complemento a la actividad hotelera o bien complementar el alojamiento principal ofrecido por las cabañas. Se entiende por tales: quinchos, conjuntos cubiertos de parrillas y mesas, depósitos y locales de servicio.
 
-6.2.2. Zonas de Emplazamiento: Los Complejos Turísticos de Cabañas cualquiera sea la cantidad de unidades locativas que lo compongan sólo y exclusivamente podrán instalarse en las siguientes zonas: R2, R3, R4, SU, T1 Y T2.
 
-6-2-2. Zonas de Emplazamiento: Los Complejos Turísticos de Cabañas cualquiera sea la cantidad de unidades locativas que lo compongan sólo y exclusivamente podrán instalarse en las siguientes zonas: R2, R3, R4, SU, T1 Y T2.
 
-6.2.4.SUPERFICIES:
b) La Superficie máxima de ocupación del suelo (F.O.S.) no excederá el 0,10 del total de la parcela con superficie techada y 0,20 para superficies impermeabilizadas, siempre y cuando no supere los indicadores máximos establecidos en el Plan de Ordenamiento Territorial vigente. Considerando dentro de aquella a todas las construcciones de servicios auxiliares y comunitarios (administración, depósito y locales de servicios), como así también viviendas de propietarios o encargados y edificios complementarios e instalaciones deportivas.
 
c) Superficie útil por cantidad de personas: Deberán considerarse las mismas con respecto a los ambientes habitables de la cabaña, sin tomar como tal, las superficies que ocupan cocheras y otros. Se establece que la superficie mínima por unidad de cabaña será:
-Para cuatro (4) personas un mínimo de 60 mts 2 (sesenta metros cuadrados).
-Para ocho (8) personas un mínimo de 90 mts 2 (noventa metros cuadrados).
Se establece en ocho (8) el máximo de plazas por unidad de cabaña.
 
6.2.5. CANTIDAD DE CABAÑAS
Elimínase el presente Items.
 
-6.2.5. RETIROS. ALTURAS. TECHOS. CERCOS Y MEDIANERAS. CARTELERIA.
-Según las zonas de ubicación.
 
Art.3º).-                     Derógase la Ordenanza Nº 743 HCD/2000.
Art.4º).-                     Procédase a editar un nuevo texto ordenado con las modificaciones efectuadas por la presente.
Art.5º).-                     Comuníquese, Dése amplia difusión con ediciones y publicaciones, Regístrese y Archívese.-