Categoría el Ordenanzas – 2012

ADHESION A LEY PROVINCIAL DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

                                          Villa de Merlo (San Luis), 14 de marzo de 2012

 

ORDENANZA  IX-0470-HCD-2012

 
 
VISTO:
La Ley Provincial Nº VI-0156-2004 de Procedimientos Administrativos de la Provincia de San Luis.
La inexistencia de regímenes legales que establezcan los procedimientos a seguir en la Administración Publica Municipal; y
 
CONSIDERANDO:
 

Que ante el vacío legal en la Administración Municipal, sus entes autárquicos y descentralizados hace que sea imperiosa la necesidad de adhesión a la Ley Provincial VI-0156-2004 de Procedimientos Administrativos de la Provincia de San Luis.-

Que es necesario un régimen legal que marque los procedimientos a seguir teniendo presente los principios de búsqueda de la verdad material a través de la instrucción e impulsión de oficio; informalismo en los trámites, permitiendo a la parte interesada subsanar  errores con posterioridad y el debido proceso adjetivo, lo que implica derecho del interesado a ser oído en defensa de sus pretensiones, al patrocinio letrado, a la presentación de pruebas, y a una decisión fundada.-
 
Que es atribución de la autoridad administrativa velar por el decoro y buen orden de las actuaciones, teniendo presente los procedimientos que marca la ley VI-0156-2004.-
 
Que el Departamento Ejecutivo Municipal y el Honorable Concejo Deliberante tienen interés en  garantizar los mecanismos para obtener la transparencia en el  accionar del Estado y de sus Agentes que participan en él.-
 
POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO (S.L.) EN USO DE SUS ATRIBUCIONES Y LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA LA SIGUIENTE:
 

O R D E N A N Z A

ART. 1º: ADHERIR a la Ley Provincial Nº VI-0156-2004 de Procedimientos Administrativos de la Provincia de San Luis.-
ART. 2º: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-
 
 
 

ACTUALIZA FONDO MIRLO

                                          Villa de Merlo (San Luis), 22 de febrero de 2012

ORDENANZA VII-0464-2012-HCD

 
VISTO:
La Ordenanza VII-0152-2009-HCD (1194) de Creación del Fondo Mirlo y las Ordenanzas Tarifarias del 2010 y 2012, Y
 
CONSIDERANDO:
 
Que la Ordenanza Tarifaria Nº 1201-HCD-2010 actualiza tasas por efecto de la depreciación monetaria por un monto del 30%.
 
Que la Ordenanza Tarifaria Nº VII-0470-HCD-2011 (1279) hace lo propio por un monto del 20%.
 
Que es necesario la actualización del Fondo Mirlo, siendo el interés de toda la comunidad preservar, continuar y fortalecer el funcionamiento de Mirlo.; y
 
 
POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD  VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA LA SIGUIENTE:
 

O R D E N A N Z A

ART. 1º: INCREMENTAR el fondo del Art.1º de la Ordenanza Nº VII-0152-2009-HCD (1194) en un valor final de $ 3.-
 ART. 2º: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-
 
 

RENUMERACION, REAGRUPAMIENTO ORDENANZA VIGENTES

                                          Villa de Merlo (San Luis), 13 de febrero de 2012

 

ORDENANZA XII-0459-2012-HCD

 
 
VISTO:
La Ordenanza Nº 1252-HCD-2011, de revisión de Ordenanzas, y
 
CONSIDERANDO:
Que es facultad, de la Comisión de elaboración del Digesto del Honorable Concejo Deliberante la revisión, reorganización y renumeración de las Ordenanzas vigentes.-
 
POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA LA SIGUIENTE:
 

O R D E N A N Z A

 
ART. 1º: APROBAR la renumeración y el agrupamiento de las Ordenanzas vigentes hasta el 21.12.11.-
ART. 2º: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

FACTIBILIDAD CONSTRUCCIÓN Bº 127 VIVIENDAS

                                         Villa de Merlo (San Luis), 13 de febrero de 2012

 
 

ORDENANZA IX-0458-2012-HCD

FACTIBILIDAD URBANÍSTICA BARRIO 127 VIVIENDAS

 
VISTO:  
El anuncio efectuado por el Sr. Gobernador de la Provincia de San Luis en fecha 04 de Enero de 2012; y:
 
CONSIDERANDO:

 Que a través de la misma, la Secretaria de Planeamiento Municipal, ha elevado a éste Cuerpo Plano de Visado Previo perteneciente al Gobierno de la Provincia de San Luis.-

Que este instrumento tiene como destino la construcción de 127 Viviendas Sociales, a construirse en el predio ubicado sobre el margen Oeste de la Ruta Provincial Nº 01, como ampliación del actual Bº 156  y de las 100 Viviendas cuya falibilidad ya se ha otorgado.-

 Que se cita como antecedente de este Concejo, la Ordenanza Nº 870-HCD-2004, la cual aprobó la construcción de 240 unidades, de las cuales se construyeron 156.-

Que en este orden, y siempre con el espíritu de que las casas se construyan, se dictó la Ordenanza Nº 1128-HCD-2009, la que también conviene mencionar como antecedente, en especial su Art. 4º.-

Que entiende este Cuerpo, que esta iniciativa va a cubrir necesidades muy sensibles de 127 familias de nuestra Comunidad.-
 
POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD  VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA LA SIGUIENTE:
 

O R D E N A N Z A

 ART. 1º: APROBAR, por las razones expuestas en los considerandos de la presente, el Plano de Visado Previo y consecuentemente todo el Proyecto con Destino a la construcción de 127 Viviendas Sociales por parte del Gobierno de la Provincia de San Luis, en el predio ubicado en el ingreso de la localidad de Merlo, San Luis, sobre Ruta Provincial Nº 01, hacia el Oeste, como ampliación del actual Bº 156 Y 100 Viviendas.-
ART. 2º: GIRAR, copia de la presente al Subprograma de Construcción de Viviendas del Gobierno de la Provincia de San Luis y a la Secretaría de Planeamiento Municipal para su conocimiento e implementación.-
 ART. 3º: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-