Todas las entradas de el Concejo Deliberante Villa de Merlo

ORDEN DEL DÍA – SESIÓN ORDINARIA ACTA N° 018-C.D.-2024 FECHA: 25 DE JULIO DE 2024

BANDERA: Concejal Ángela Ventura.-

ENTREGA DE DIPLOMAS

  • RECONOCER el mérito cívico del proyecto “ESCUELA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD AGUILUCHOS”, presentado por la Asociación Civil Escuela de Estimulación Permanente Aguiluchos, en valoración a su destacada contribución a la promoción de la educación inclusiva y al bienestar de las personas con discapacidad en la Villa de Merlo. Resolución N° 2365-C.D.-2024.-

De los Despachos de Comisión:

  • Despacho de Comisión N° 116-C.D.-2024.- Proyecto de Ordenanza, en ref.: Texto Ordenado 2024 de la Ordenanza Municipal N° IV-893-C.D.-2023, del Servicio de Taxis y Remises.-
  • Despacho de Comisión N° 117-C.D.-2024.- Proyecto de Ordenanza, en ref.: Autorizar nuevo Cuadro de Tarifas del Servicio de Transporte Público de Pasajeros de la Villa de Merlo.-
  • Despacho de Comisión N° 118-C.D.-2024.- Proyecto de Comunicación, al Intendente Municipal, Dr. Juan Álvarez Pinto, en ref.: convocarlo a participar de una reunión en el Concejo Deliberante, el día martes 30 de julio, a las 18:30hs., donde se realizará la presentación del Proyecto “Merlo Bureau Eventos”.-
  • Despacho de Comisión N° 119-C.D.-2024.- Proyecto de Comunicación a la Secretaría de Gestión, Calidad y Productos Turísticos, Sr. Santiago Trobo, en ref.: convocarlo a participar de una reunión en el Concejo Deliberante, el día martes 30 de julio, a las 18:30hs., donde se realizará la presentación del Proyecto “Merlo Bureau Eventos”.-
  • Despacho de Comisión N° 120-C.D.-2024.- Proyecto de Comunicación, al Ente Mixto de Promoción Turística (E.MI.PRO.TUR.), en ref.: convocarlos a participar de una reunión en el Concejo Deliberante, el día martes 30 de julio, a las 18:30hs., donde se realizará la presentación del Proyecto “Merlo Bureau Eventos”.-

De las Peticiones y/o Asuntos Particulares:

  • Nota R. Nº 171-C.D.-2024.- Comerciantes que integran la Feria Franca Villa de Merlo, solicitan reunión a fin de dialogar sobre la Ordenanza N° X-0715-H.C.D, 2016, que regula las actividades artísticas y culturales en plazas de la Villa de Merlo.-

(Se sugiere pase a la Comisión “B” de Economía y Gobierno).-

  • Nota R. Nº 172-C.D.-2024.- Sra. Roquelina Magallan, eleva nota solicitando rever el plano de las calles del Ex loteo Giavelli de Piedra Blanca Abajo y la posibilidad de agregar dos nombres propuestos por los vecinos y que no pudieron ser agregados en la actualización del nuevo nomenclador.-

(Se sugiere pase a la Comisión “A” de Planeamiento Urbano y Ambiente).-

  • Nota R. Nº 173-C.D.-2024.- Comité de Lactancia del Hospital Madre Catalina Rodríguez, Servicio de Maternidad y Neonatología, invita a la charla “Semana de la Lactancia”, el día 6 de agosto, a las 16hs., en la Casa del Poeta, confirmar asistencia.-

    (Se sugiere toma de conocimiento y pase a Archivo)

DE LOS ENTES

ORDEN DEL DÍA – SESIÓN ORDINARIA ACTA N° 017-C.D.-2024 FECHA: 18 DE JULIO DE 2024

BANDERA: Concejal Leonardo Rodríguez.-

De los Despachos de Comisión:

  • Despacho de Comisión N° 112-C.D.-2024.- Proyecto de Comunicación a la Secretaría de Gestión, Calidad y Productos Turísticos, Sr. Santiago Trobo, en ref.: responder Nota R. N° 078-C.D.-2024, enviar copia de Proyecto “Merlo Bureau Eventos” e invitarlo a reunión con la Comisión de Economía y Gobierno, el día martes 23 de julio a las 17:30hs, a fin de dialogar sobre nuevas normativas.-
  • Despacho de Comisión N° 113-C.D.-2024.- Proyecto de Comunicación a la Secretaría de Ambiente, Producción y Desarrollo Sustentable, Lic. Francisco Leiva, en ref.: agradecer envío de Notas N° 164 y 165-C.D.-2024, las cuales dan respuesta a presentaciones realizadas al Concejo por la Agrupación Juvennat y la Escuela E.M.E.I..-
  • Despacho de Comisión N° 114-C.D.-2024.- Proyecto de Comunicación a la Agrupación Juvennat, en ref.: enviar copia de Nota R. N° 164-C.D.-2024, de la Secretaria de Ambiente, Producción y Desarrollo Sustentable, Lic. Francisco Leiva, en respuesta a la propuesta presentada al Concejo en relación a la Ley N° 27.592 conocida como Ley Yolanda.-
  • Despacho de Comisión N°115-C.D.-2024.- Proyecto de Comunicación a la Escuela E.M.E.I., Prof. Marcos Deltetto Ziegenfuhs, en ref.: enviar copia de Nota R. N° 165-C.D.-2024, de la Secretaría de Ambiente, Producción y Desarrollo Sustentable, Lic. Francisco Leiva, en respuesta al Proyecto denominado Interpretación Socio Ambiental del barrio Los Fresnos.-

De las Peticiones y/o Asuntos Particulares:

  • Nota R. Nº 167-C.D.-2024.- Vecinos de la Villa de Merlo, solicitan nueva Banca Ciudadana para tratar temas relacionados al deterioro de Cerro de Oro y del Parque Calaguala.-

(Se sugiere pase a la Comisión “A” de Planeamiento y Ambiente).-

  • Nota R. Nº 168-C.D.-2024.- Gerente de la Empresa El Merlino S. R. L., Sr. Fernando Quiñonez, solicita aumento de tarifas del Servicio de Transporte Público.-

(Se sugiere pase a la Comisión “B” de Economía y Gobierno).-

  • Nota R. Nº 169-C.D.-2024.- Grupo ALCO 4032 de la Villa de Merlo, eleva nota de agradecimiento por el espacio cedido en préstamo para sus reuniones y reiteran solicitud de un lugar permanente dentro de éste edificio.-

(Se sugiere pase a la Comisión “A” de Planeamiento y Ambiente).-

  • Nota R. Nº 170-C.D.-2024.- Escuela N° 221 “Irma Romero de Pacheco” de Cerro de Oro, invita a la inauguración de la Sala de 3 años, el día martes 23 de julio, a las 14hs., en el edificio escolar.-

    (Se sugiere toma de conocimiento y pase a Archivo)

DE LOS ENTES

ORDENANZA N° IX-1128-C.D.-2024 – AUTORIZA LEASING A DEM

Villa de Merlo, (San Luis), 04 de Julio de 2024.-

ORDENANZA N° IX-1128-C.D.-2024.-

“AUTORIZA AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL A FORMALIZAR CONTRATOS DE LEASING FINANCIERO CON EL BANCO HIPOTECARIO S.A)”. –

VISTO:

La necesidad de adquirir bienes registrables con destino al área de Servicios Públicos, los cuales serán asignados al cumplimiento de la prestación de los distintos servicios que cumple esta Municipalidad; y:

CONSIDERANDO:

Que, mediante gestiones desarrolladas por el Departamento Ejecutivo ante el BANCO HIPOTECARIO NACIONAL, y luego de un profundo análisis  de la situación económica y financiera de los ejercicios de los años 2022 y 2023, ha aprobado una operación de leasing por un importe de $ 300.000.000.- (Trescientos millones de pesos) para la compra de bienes registrables por un plazo de 48 meses. – 

Que a la financiación de la operación de leasing se le aplicará una tasa de interés que será variable, aplicándose la tasa Badlar (corresponde a la tasa de depósitos a plazo fijo, más un spread de 10 puntos (Ej.: tasa anual 43,81%, plazo 48 meses). –

Que la adquisición de los bienes registrables en la operación de leasing, comprende: dos camiones totalmente equipados y demás equipo aceptado por el Banco. –                                  

Que por todo ello se dispone conforme lo que a continuación se establece. –

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA:

ARTICULO 1º: AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a formalizar contratos de leasing financiero con el Banco Hipotecario S.A. por hasta la suma de $ 300.000,000 (Trescientos millones de pesos) por el término de 4 años, destinado a la adquisición de dos camiones IVECO y bienes registrables que completen el monto autorizado. –

ARTICULO 2º: Las condiciones de contrato de leasing son las siguientes:

a)        Amortización en 48 cuotas mensuales.

b)        La tasa de interés será variable, se aplicará la tasa Badlar más un spread de 10 puntos y se fija al inicio de cada periodo mensual.

c)         La tasa Badlar es el resultado de un relevamiento diario de las tasas de interés por depósitos a plazo fijo de más de un millón de pesos emitida por el Banco Central de la República Argentina. Los datos presentados corresponden a la selección de los depósitos a plazo fijo de 30 a 35 días de plazo y de más de un millón (de pesos o de dólares estadounidenses) suministrados a través del Sistema Centralizado de requerimientos informativos (SISCEN-0002 “Tasas de interés por depósitos por los bancos con casas o filiales en la Capital Federal o en el Gran Buenos Aires y, a partir de la información correspondiente al 1 0 de julio de 2010, por la totalidad de las entidades bancarias. Si el BCRA dejara de publicar la Tasa Badlar y no publicara una tasa en su reemplazo, se aplicará la tasa promedio de Banco Hipotecario S.A. para operaciones de crédito a empresas de primera línea. –

ARTICULO 3º: AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a otorgar en garantía y como medio de pago del endeudamiento autorizado por el Art. 1° de la presente, los recursos propios de la Municipalidad de Villa de Merlo para hacer frente a las obligaciones derivadas de la presente operatoria. –

ARTICULO 4º: FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir contratos con las condiciones más favorables al municipio con entidades financieras y demás documentación que fuera menester a fin de dar cumplimiento a la presente Ordenanza.-

ARTICULO 5º: AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal, a abonar todos los gastos referidos a la presente Ordenanza, como así ajustar en hasta más 10% los valores de capital y en los casos que fuera menester, con comunicación posterior a este Concejo Deliberante. –

ARTICULO 6°: COMUNÍQUESE, NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y OPORTUNAMENTE ARCHÍVESE.-

Informe de Sesión Ordinaria N° 15 – 04 de Julio de 2024

Informe de Sesión N° 15

Hoy jueves 04 de julio se llevó a cabo la Sesión Ordinaria N°15 en presencia de los Ediles: Presidente del Concejo Sr. Leonardo Rodríguez, Concejal Dra. María José Álvarez, Concejal Prof. Virginia Morales, Concejal Lic. Gastón Fonseca, Concejal Prof. Ángela Ventura, Concejal Mgtr. Patricia Morandé, Concejal Sr. Ezequiel Cuello, Concejal Sra. Ana Ferrarotti, Sr. Daniel Orué y Sr. Jorge Cornejo.

Se aprobó por mayoría el Proyecto de Ordenanza que autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a formalizar contratos de Leasing Financiero con el Banco Hipotecario S.A., destinado a la adquisición de dos camiones IVECO y bienes registrables que completen el monto autorizado.

Se aprobó por unanimidad el Proyecto de Ordenanza, que autoriza Cuadro Tarifario del Servicio de Remises de la Villa de Merlo (Julio 2024).

Se aprobó por unanimidad el Proyecto de Ordenanza que autoriza Cuadro Tarifario del Servicio de Taxis de la Villa de Merlo (Julio 2024).

Se aprobó por unanimidad el Proyecto de Resolución que declara de Interés Municipal la Propuesta Paisajística de Diseño de los Jardines del Nuevo Templo “Nuestra Señora del Rosario”.

Se aprobó por unanimidad el Proyecto de Comunicación al Intendente Municipal, Dr. Juan Álvarez Pinto, con el objetivo de convocarlo a una reunión con la Comisión de Planeamiento Urbano y Ambiente, el lunes 22 de julio, a las 16:30hs., a fin de tratar diversos temas referidos al Parque Calaguala de Cerro de Oro.

Se aprobó por unanimidad el Proyecto de Comunicación a la Dirección de Obras Privadas de la Municipalidad de la Villa de Merlo, M.M.O. Isaura Leiría, en referencia a la copia de Nota R. N° 137-C.D.-2024, de vecinos de Cerro de Oro y solicitarle informe respecto a lo planteado por los mismos.

Se aprobó por unanimidad el Proyecto de Comunicación a los vecinos de Cerro de Oro, como respuesta a la Nota R. N° 137-C.D.-2024, e informar lo actuado respecto al tema planteado.

ORDEN DEL DÍA – SESIÓN ORDINARIA ACTA N° 015-C.D.-2024 FECHA: 04 DE JULIO DE 2024

BANDERA: Concejal Patricia Morandé.-

ENTREGA DE DIPLOMAS:

  • RECONOCER el mérito cultural del álbum musical “Pequeñas Canciones Nocturnas”, lanzado en 2023 por el grupo Chingones, por su contribución a la cultura, educación y desarrollo artístico de la localidad de Villa de Merlo. Resolución N° 2363-C.D.-2024.-

De los Despachos de Comisión:

  • Despacho de Comisión N° 095-C.D.-2024.- Proyecto de Ordenanza, en ref.: AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal, a formalizar contratos de Leasing Financiero con el Banco Hipotecario S.A., destinado a la adquisición de dos camiones IVECO y bienes registrables que completen el monto autorizado.-
  • Despacho de Comisión N° 096-C.D.-2024.- Proyecto de Ordenanza, en ref.: Autorizar Cuadro Tarifario del Servicio de Remises de la Villa de Merlo (Julio 2024).-
  • Despacho de Comisión N° 097-C.D.-2024.- Proyecto de Ordenanza, en ref.: Autorizar Cuadro Tarifario del Servicio de Taxis de la Villa de Merlo (Julio 2024).-
  • Despacho de Comisión N°098-C.D.-2024.- Proyecto de Resolución, en ref.: DECLARAR de Interés Municipal la Propuesta Paisajística de Diseño de los Jardines del Nuevo Templo “Nuestra Señora del Rosario”.-
  • Despacho de Comisión N° 099-C.D.-2024.- Proyecto de Comunicación al Intendente Municipal, Dr. Juan Álvarez Pinto, en ref.: convocarlo a una reunión con la Comisión de Planeamiento Urbano y Ambiente, el lunes 22 de julio, a las 16:30hs., a fin de tratar diversos temas referidos al Parque Calaguala de Cerro de Oro.-
  • Despacho de Comisión N° 100-C.D.-2024.- Proyecto de Comunicación a la Dirección de Obras Privadas de la Municipalidad de la Villa de Merlo, M.M.O. Isaura Leiría, en ref.: enviar copia de Nota R. N° 137-C.D.-2024, de vecinos de Cerro de Oro y solicitarle informe respecto a lo planteado por los mismos.-
  • Despacho de Comisión N° 101-C.D.-2024.- Proyecto de Comunicación a los vecinos de Cerro de Oro, en ref.: responder Nota R. N° 137-C.D.-2024, e informar lo actuado respecto al tema planteado.-
  • Despacho de Comisión N° 102-C.D.-2024.- Proyecto de Comunicación al Sr. Cristino Vernaz, en ref.: responder Nota R. N° 133-C.D.-2024 y convocarlo a reunión con la Comisión de Economía y Gobierno, el martes 30 de julio, a las 17:30hs, a fin de dialogar sobre situación del Centro de Jubilados “Volver a Empezar”.-
  • Despacho de Comisión N° 103-C.D.-2024.- Proyecto de Comunicación a la Secretaría de Gobierno y Deportes, Dr. Francisco Oviedo, en ref.: solicitarle tenga a bien dar curso al Expte. formado en el Municipio, respecto a denuncias  realizadas por el Ing. Alberto González.-
  • Despacho de Comisión N° 104-C.D.-2024.- Proyecto de Comunicación al Ing. Alberto González, en ref. informar lo actuado sobre presentación realizada mediante Nota R. N° 135-C.D.-2024.-
  • Despacho de Comisión N° 105-C.D.-2024.- Proyecto de Comunicación a la Sra. Elisenda Marco Vila, en ref.: enviar copia de Nota R. N° 128-C.D.-2024, presentada por el Secretario de Ambiente, Producción y Desarrollo Sustentable, Lic. Francisco Leiva, en respuesta a su Proyecto denominado “Proyecto Verde”.-
  • Despacho de Comisión N° 106-C.D.-2024.- Proyecto de Comunicación a la Sra. Roquelina Magallán, en ref.: responder Nota R. N° 143-C.D.-2024, sobre pedido de informes por nombres de calles, en el Ex loteo Giavelli de Piedra Blanca Abajo.-
  • Despacho de Comisión N° 107-C.D.-2024.- Proyecto de Comunicación a los vecinos del Barrio Las Magdalenas, en ref.: enviar copia de informe de San Luis Agua S.E., sobre desborde de Arroyo “El Tigre”, producido en el año 2023.-

De las Comunicaciones Oficiales

  • Nota R. N° 156-C.D.-2024.- Director del Ente Control de Rutas de la Provincia de San Luis, Sr. Ariel Alejandro Páez Quiroga, responde Comunicación 053-C.D.-2024, sobre Plan de Contingencias de Seguridad Vial, en el sector de la Ruta N°1, donde funciona una escuela de la modalidad Waldorf.-

(Se sugiere pase a Comisión “A” de Planeamiento Urbano y Ambiente)

De los Informes y/o Solicitudes del DEM:

  • Nota R. Nº 153-C.D.-2024.- Intendente Municipal, Dr. Juan Álvarez Pinto y Decana de la Facultad de Turismo y Urbanismo de la Universidad Nacional de San Luis, Agustina Generoso, invitan a la presentación del 1° Concurso de Jardines Hoteleros Villa de Merlo, el lunes 01 de julio, a las 10:30hs., en el Campus Universitario de la Facultad de Turismo y Urbanismo.-

(Se sugiere toma de conocimiento y pase a Archivo)

De las Peticiones y/o Asuntos Particulares:

  • Nota R. Nº 154-C.D.-2024.- Asociación de Remises “Alma Comechingones”, eleva nota en ref.: manifestar malestar por el uso de plataformas digitales por parte de la Agencia “Nueva Avenida”.-

(Se sugiere pase a la Comisión “B” de Economía y Gobierno).-

De los Proyectos y/o Propuestas de los/las Concejales/las: 

  • Nota R. Nº 155-C.D.-2024.- Interbloque Unión por Merlo, eleva  Proyecto de Ordenanza, en ref.: Creación de la Oficina Anticorrupción y Ética Pública.-

(Se sugiere pase a la Comisión “B” de Economía y Gobierno).-

DE LOS ENTES

ORDENANZA N° VIII-1127-C.D.-2024 – EXTENSIÓN ZONA T1

                                               Villa de Merlo, (S.L.), 27 de Junio de 2024.-

ORDENANZA N° VIII-1127-C.D.-2024.-

“EXTENSIÓN ZONA DE AMORTIGUACIÓN T1”. –

VISTO:

El Punto 2.3.7. de la Ordenanza N° 744-C.D.-2023 T.O.; y:

CONSIDERANDO:

Que en dicho punto, la norma citada en el visto contempla la Zona Turística de la Villa de Merlo, diciendo que la misma está destinada preferentemente a los asentamientos de uso turístico y hotelero, y los conexos con los servicios turísticos con requerimiento de protección y manejo.-

Que dicha Zona Turística se subdivide además en Zonas Turísticas: T1, T2, T3 y T4, delimitando las mismas a continuación.-

Que la Zona T1, que comprende una zona de amortiguación dentro de la zonificación local, ha quedado incompleta en el trayecto que va desde Calle El Caranday, por Avenida de Los Incas, y hasta el curso del Arroyo Piedra Blanca.-

Que solamente existen unas pocas parcelas ya consolidadas incluidas dentro de la Zona R4.-

Que existen pedidos dentro de este Cuerpo Deliberativo, de importante data de propietarios que tienen sus fundos dentro de Zona Turística T2, y que en realidad en dicho sector hubiese correspondido continuar con Zona T1 hasta cubrir el ejido municipal hasta las márgenes del Arroyo Piedra Blanca que nos separa de la vecina Provincia de Córdoba.-

Que en el caso el D.E.M. deberá aplicar lo normado en el Artículo 4.2.4.1. en lo referente al plusvalor y sus subpuntos subsiguientes.-

Que consecuentemente se dispone conforme a continuación se establece.-

POR TODO ELLO EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO (S.L.), EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA:

ARTICULO 1°: MODIFICAR la Ordenanza N° 744-C.D.-2023 T.O., en su Punto 2.3.7.1. Zona Turística 1: T1, el que queda redactado de la siguiente forma: “Encerrada por la siguiente poligonal: Es la franja que comprende los dos bordes de la Avda. Dos Venados desde: al Norte sobre vereda Oeste, el fondo del lote frentista que da a Avda. de Los Incas; sobre vereda Este: los lotes con frente sobre vereda Sur de la Calle Caranday y desde allí hasta la Costanera de Arroyo El Tigre; desde este punto y solo sobre el borde Este de Av. Dos Venados y su continuación Av. José Mercau hasta Calle La Majada; desde este punto y la banda sobre los dos bordes de Av. José Mercau hasta el Arroyo El Molino; por Avenida Los Incas desde la Parcela 29, subiendo hacia el Este, solo sobre los lotes frentistas de la vereda Sur y hasta llegar a las márgenes y Costanera del Arroyo de Piedra Blanca. Siempre sobre cada borde y con un ancho de cien metros (Según consta en Anexo I).-

ARTICULO 2°: Incorpórese en su oportunidad lo resuelto conforme lo establece la Ordenanza N° 744-C.D.-2023 T.O.-

ARTICULO 3°: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-

ORDEN DEL DÍA – SESIÓN ORDINARIA ACTA N° 014-C.D.-2024 FECHA: 27 DE JUNIO DE 2024

BANDERA: Concejala Virginia Morales.-

De los Despachos de Comisión:

  • Despacho de Comisión N° 090-C.D.-2024.- Proyecto de Ordenanza, en ref.: Extensión Zona de Amortiguación T 1, Ordenanza 744-C.D.-T.O.-2023.-
  • Despacho de Comisión N° 091-C.D.-2024.- Proyecto de Resolución, en ref.: RECONOCER el mérito cultural del álbum musical “Pequeñas Canciones Nocturnas”, lanzado en 2023 por el grupo Chingones, por su contribución a la cultura, educación y desarrollo artístico de la localidad de Villa de Merlo.-
  • Despacho de Comisión N° 092-C.D.-2024.- Proyecto de Comunicación a la Secretaría de Gobierno y Deportes, Dr. Francisco Oviedo, en ref.: elevar denuncia presentada al Concejo, relacionada con prestadores del servicio de remises de la Villa de Merlo, sobre el supuesto uso de una aplicación similar al UBER.-
  • Despacho de Comisión N° 093-C.D.-2024.- Proyecto de Comunicación a la Secretaría de Gobierno y Deportes, Dr. Francisco Oviedo, en ref.: solicitar considere la implementación de un calendario, para realización de libreta sanitaria y CIPE, destinada a prestadores del Servicio de Transporte Público de Taxis y Remises de la Villa de Merlo.-.-
  • Despacho de Comisión N° 094-C.D.-2024.- Proyecto de Comunicación a la Sra. Elisenda Marco Vila, en ref.: invitarla a reunión con la Comisión de Planeamiento Urbano y Ambiente, el día lunes 01 de julio, a las 16:30hs., a fin de dialogar sobre propuesta presentada denominada “Proyecto Verde”.-

De las Comunicaciones Oficiales

  • Nota R. N° 141-C.D.-2024.- Defensoría del Pueblo de la Provincia de San Luis, eleva informe producido por San Luis Agua S.E. sobre pedido de informes por desborde del Arroyo “El Tigre”, producido en la tormenta del 22 de marzo de 2023, en el Barrio Las Magdalenas de la Villa de Merlo.-

(Se sugiere pase a la Comisión “A” de Planeamiento Urbano y Ambiente).-

De los Informes y/o Solicitudes del DEM:

  • Nota R. Nº 136-C.D.-2024.- Secretaría de Ambiente, Producción y Desarrollo Sustentable, Lic. Francisco Leiva, invita al Festival Ambiental “Eco Villa de Merlo”, el día miércoles 26 de junio, a partir de las 12hs., en la Reserva El Viejo Molino de Piedra Blanca.-

(Se sugiere toma de Conocimiento y pase a Archivo)

  • Nota R. Nº 138-C.D.-2024.- Secretaría de Gobierno y Deporte, Dr. Francisco Oviedo, eleva nota de la Secretaría de Ambiente, Producción y Desarrollo Sustentable, en ref.: responder Comunicación N° 058-C.D.-2024, sobre desmonte realizado en Ruta Provincial N° 5, próximo al ingreso de nuestra localidad, en la margen norte.-

(Se sugiere pase a la Comisión “A” de Planeamiento Urbano y Ambiente).-

  • Nota R. Nº 147-C.D.-2024.- Área Protocolo y Ceremonial de la Municipalidad de la Villa de Merlo, invita al  Acto  de Reinauguración de la Plaza Marqués de Sobremonte, el día sábado 29 de junio, a las 18hs.-

(Se sugiere toma de Conocimiento y pase a Archivo)

De las Peticiones y/o Asuntos Particulares:

  • Nota R. Nº 133-C.D.-2024.- Sr. Cristino Vernaz, eleva nota informando situación actual del Centro de Jubilados “Volver a Empezar”.-

(Se sugiere pase a la Comisión “B” de Economía y Gobierno).-

  • Nota R. Nº 134-C.D.-2024.- Sr. Edgardo Val y otros, elevan documentación sobre lo expuesto en la Banca Ciudadana del día jueves 13 de junio, en ref.: Calaguala Club de Campo.-

(Se sugiere pase a la Comisión “A” de Planeamiento Urbano y Ambiente).-

  • Nota R. Nº 135-C.D.-2024.- Ingeniero Alberto González, eleva copia de Expte. presentado a la Municipalidad de la Villa de Merlo, en ref.: denuncia por accidente producido en vereda pública sin señalizar.-

(Se sugiere pase a la Comisión “A” de Planeamiento Urbano y Ambiente).-

  • Nota R. Nº 137-C.D.-2024.- Vecinos de Cerro de Oro, elevan nota en ref.: cumplimiento de normativas urbanas en su barrio.-

(Se sugiere pase a la Comisión “A” de Planeamiento Urbano y Ambiente).-

  • Nota R. Nº 139-C.D.-2024.- Asociación de Taxis de la Villa de Merlo, Sr. Diego Pimentel, eleva nota en ref.: solicitud de aumento de tarifas.-

(Se sugiere pase a la Comisión “B” de Economía y Gobierno).-

  • Nota R. Nº 140-C.D.-2024.- Asociación Civil de Remiseros Alma Comechingón y otras, elevan nota solicitando aumento de tarifas.-

(Se sugiere pase a la Comisión “B” de Economía y Gobierno).-

  • Nota R. Nº 143-C.D.-2024.- Sra. Roquelina Magallán, eleva nota solicitando informes por pedido de nombres de calles en el Ex loteo Giavelli de Piedra Blanca Abajo.-

(Se sugiere pase a la Comisión “A” de Planeamiento Urbano y Ambiente).-

  • Nota R. Nº 144-C.D.-2024.- Sr. Juan Carlos Trento, solicita reunión con los Concejales, para tratar tema: sistema de construcción en seco.-

(Se sugiere pase a Ambas Comisiones)

  • Nota R. Nº 146-C.D.-2024.- Secretario de la Asociación de Taxis de la Villa de Merlo, eleva nota en ref.: disconformidad con el uso de aplicación que está utilizando una Agencia de Remises de la Villa de Merlo.-

 (Se sugiere pase a la Comisión “B” de Economía y Gobierno).-

De los Proyectos y/o Propuestas de los/las Concejales/las: 

  • Nota R. Nº 132-C.D.-2024.- Interbloque Unión por Merlo, eleva  Proyecto de Comunicación a la Secretaría de Gobierno y Deporte, Dr. Francisco Oviedo en ref.: Solicitar remita el Estudio de Impacto Ambiental (E.I.A.) y el Plan de Mitigación previsto para el Rally Puntano 2024.-

(Se sugiere pase a la Comisión “A” de Planeamiento Urbano  y Ambiente).-

  • Nota R. Nº 142-C.D.-2024.- Interbloque Unión por Merlo, eleva Proyecto de Resolución, en ref.: Declarar de Interés Municipal la tarea desarrollada por Casa Pueblo Valle del Conlara, en el Marco del Programa del Sedronar C.A.A.C. (Casa de Atención y Acompañamiento Comunitario).-

(Se sugiere pase a la Comisión “B” de Economía y Gobierno).-

  • Nota R. Nº 145-C.D.-2024.- Interbloque Unión por Merlo, eleva Proyecto de Decreto, en ref.: Informar al Tribunal de Cuentas de la Provincia de San Luis, sobre la falta de presentación en tiempo y forma, de Balances Trimestrales del año 2023, del Municipio de la Villa de Merlo.-

(Se sugiere pase a la Comisión “B” de Economía y Gobierno).-

DE LOS ENTES

ORDENANZA N° IX-1126- C.D.-2024 – INSTITUYE EL CONCURSO MUNICIPAL RE PROMOS COMO UNA HERRAMIENTA DE APOYO AL TRABAJO DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

                                                              Villa de Merlo, (S.L.), 13 de Junio de 2024.-

ORDENANZA N° IX-1126- C.D.-2024.-

“INSTITUYE EL CONCURSO MUNICIPAL RE PROMOS COMO UNA HERRAMIENTA DE APOYO AL TRABAJO DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA”.-

VISTO:

La Declaración de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Humano celebrada en Estocolmo en 1972, primera conferencia mundial en hacer del medio ambiente un tema importante;

La Declaración de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo, aprobada por la Asamblea General durante la Cumbre de Río de Janeiro en 1992; 

La Constitución Nacional en su Art. 41°;

Ley General del Ambiente Nº 25.675/2002 y Decreto Reglamentario Nº 2413/2002;

La Constitución de la Provincia de San Luis en su Art. 47°;

La Ordenanza N° 644–HCD-2014; y:

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Nacional en su artículo N° 41 establece el derecho de todos los habitantes a gozar de un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano, y en su párrafo segundo establece: Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales;

Que la Constitución Provincial en su artículo nº 47 párrafo segundo establece: “Corresponde al Estado Provincial prevenir y controlar la contaminación y sus efectos y las formas perjudiciales de erosión; ordenar el espacio territorial de forma tal que resulten paisajes biológicamente equilibrados. Crear y desarrollar reservas y parques naturales, así como clasificar y proteger paisajes, lugares y especies animales y la preservación de valores culturales de interés histórico o artístico”.

Que la Ley Gral. Del ambiente Nº 25.675 establece en el Art. Nº 1 los presupuestos mínimos para el logro de una gestión sustentable y adecuada del ambiente, la preservación y protección de la diversidad biológica y la implementación del desarrollo sustentable; y en su Art. Nº 2 inciso f. Asegurar la conservación de la diversidad biológica.

Que el interés constante de nuestra Villa por proteger el patrimonio local, un ambiente sano y la correcta gestión de los residuos, se refleja en la Ord. N° 644/2014 Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos.

Que durante el año 2023 se realizó con éxito el concurso RE-PROMOS, el que se constituyó en una herramienta de apoyo a la comunidad educativa, en el fomento del hábito y la cultura del reciclaje

Que desde el mes de mayo de 2024 se estableció el plan de Recolección Diferenciada de Residuos en la Villa, lo que de manera paulatina prevé la instauración del mismo en todos los barrios de la ciudad.

Que consecuentemente se dispone conforme a continuación se establece.-

POR TODO ELLO EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO (S.L.), EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA:

ARTÍCULO 1°: INSTITÚYASE el Concurso Municipal RE PROMOS, como una herramienta de apoyo al trabajo de la comunidad educativa en el fomento de la cultura del reciclaje, acompañando a los alumnos del nivel secundario, en sus actividades de fin de curso.

ARTÍCULO 2°: El Concurso Municipal RE PROMOS, tiene como objetivos:

  1. Generar una campaña de reciclaje con los jóvenes del último año del nivel secundario, como parte del programa Merlo Recicla.
  1. Complementar las actividades de educación ambiental que desarrolla la Secretaría de Ambiente, Producción y Desarrollo Sustentable de la Municipalidad de la Villa de Merlo, en el marco del Centro Municipal de Reciclado; con aquellas realizadas por las instituciones educativas.
  1. Promover la cultura de la separación de residuos en origen con la consecuente recuperación de residuos reciclables en la Villa de Merlo, valorizando su utilidad y reinserción en la industria.
  1. Compartir experiencias entre la comunidad educativa y el resto de la ciudadanía para lograr una sociedad más sostenible.
  1. Recolectar residuos reciclables limpios y separados: papel, cartón, plásticos (botellas, film, bolsitas de corte) y latas de aluminio.

ARTICULO 3°: El Concurso Municipal RE PROMOS, será instaurado anualmente y anunciado durante el mes de junio, en el marco del MES del MEDIO AMBIENTE, y será llevado adelante por la Secretaría de Ambiente, Producción y Desarrollo Sustentable de la Municipalidad de la Villa de Merlo con la colaboración de la Cooperativa de Recuperadores Merlina, la Dirección de Gobierno y los Centros de Estudiantes de las diferentes instituciones educativas.

ARTÍCULO 4: La Secretaría de Ambiente, Producción y Desarrollo Sustentable tendrá a su cargo la determinación de las bases y reglamentaciones del Concurso, así como el control del pesaje del material reunido por cada promo, su registro y determinación final de los ganadores.

ARTÍCULO 5°: Los gastos que demande la presente serán asignados a la partida presupuestaria correspondiente.

ARTICULO 6°: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y  OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-

ORDENANZA N° XI-1125-C.D.-2024 – UTILIZACIÓN DE LUMINARIAS LED

                                                           Villa de Merlo, (S.L.), 13 de Junio de 2024.-

ORDENANZA N° XI- 1125-C.D.-2024.-

“UTILIZACIÓN DE LUMINARIAS LED”

VISTO:

La Declaración de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Humano celebrada en Estocolmo en 1972, primera conferencia mundial en hacer del medio ambiente un tema importante;

La Declaración de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo, aprobada por la Asamblea General durante la Cumbre de Río de Janeiro en 1992; 

La Constitución Nacional en su art. 41°;

Ley General del Ambiente Nº 25.675/2002 y Decreto Reglamentario Nº 2413/2002;

La Constitución de la Provincia de San Luis en su art. 47°, y

La Ordenanza N° 744-C.D.-2024 T.O.; y:

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Nacional en su Artículo N° 41 establece el derecho de todos los habitantes a gozar de un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano, y en su párrafo segundo establece: Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales.-

Que la Constitución Provincial en su artículo Nº 47 párrafo segundo establece: “Corresponde al Estado Provincial prevenir y controlar la contaminación y sus efectos y las formas perjudiciales de erosión; ordenar el espacio territorial de forma tal que resulten paisajes biológicamente equilibrados. Crear y desarrollar reservas y parques naturales, así como clasificar y proteger paisajes, lugares y especies animales y la preservación de valores culturales de interés histórico o artístico”.-

Que la Ley Gral. del ambiente Nº 25.675 establece en el Art. Nº 1 los presupuestos mínimos para el logro de una gestión sustentable y adecuada del ambiente, la preservación y protección de la diversidad biológica y la implementación del desarrollo sustentable; y en su Art. Nº 2 inciso f. Asegurar la conservación de la diversidad biológica.-

La necesidad de modificar lo reglamentado en cuanto a, alumbrado público en la aprobación de nuevas subdivisiones, urbanizaciones y loteos. –

Que consecuentemente se dispone conforme a continuación se establece.-

POR TODO ELLO EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO (S.L.), EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

ARTICULO 1°: Modificar de manera parcial el punto 4.2.3 de la Ordenanza N° 744-C.D.-2024 T.O. de Ordenamiento Territorial, en lo que refiere a la subdivisión, urbanización y loteos, y el tendido de redes de infraestructura, en el Inciso D; el que quedará expresado del siguiente modo:

D).- Alumbrado Público, utilización de luminarias, farolas y proyectores de tecnología LED, que debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Rendimiento lumínico mínimo: 102 lm/W.
  • Temperatura de color 4000 °K y 6000 °K.
  • Driver programable 350/440/530 mA.
  • Vida útil mínima de 50.000 horas con el mantenimiento del 70% del flujo lumínico inicial, según placa/módulo de LED.

ARTICULO 2°: Incorporase en su oportunidad lo resuelto conforme lo establece la Ordenanza N° 744-C.D.-2024 T.O. –

ARTICULO 3°: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y  OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.

ORDENANZA N° X-1124-C.D.-2024 – DECLARA PATRIMONIO CULTURAL MUNICIPAL EL HIMNO A MERLO

Villa de Merlo, (S.L.), 13 de Junio de 2024.-

ORDENANZA N° X- 1124- C.D.-2024. –

“DECLARA PATRIMONIO CULTURAL MUNICIPAL EL HIMNO A MERLO”. –

VISTO:

La responsabilidad del Estado Municipal de preservar y promover el patrimonio cultural, con el objetivo de salvaguardar el legado y fomentar la difusión y aprecio de las manifestaciones sociales que representan un gran valor simbólico para nuestra comunidad; y:

CONSIDERANDO:

Que el Himno a Merlo es una composición musical que ha sido adoptada como símbolo oficial del municipio mediante la  Ordenanza Nº 634-HCD-1996, la cual aprobó los Símbolos Municipales resultantes del llamado a concurso para la elección de los mismos, que se realizó a través de la Ordenanza N° 617-HCD-1996, como acto preparatorio de la celebración de los 200 años de nuestra Villa.-

Que el Himno a Merlo, titulado “ODA A MERLO”, es una pieza musical creada por nuestro músico y compositor Jorge “Coco” Altamirano, quien ha sabido plasmar en su letra y música, la belleza del paisaje, la geografía, las tradiciones y el sentir de los merlinos a través de una canción emblemática que expresa los valores, la historia y el orgullo de nuestra localidad. –

Que el Himno a Merlo ha sido y es un símbolo de unidad y pertenencia para los habitantes de nuestra comunidad desde su implementación oficial en el año 1997, transmitiendo el sentido de identidad y arraigo a lo largo de décadas. Sus letras reflejan la esencia de nuestro pueblo,  convirtiéndose en una manifestación artística y cultural que, desde su concepción, ha sido interpretada y entonada en numerosas ocasiones en eventos cívicos, culturales y deportivos, constituyéndose en una parte integral de la historia de nuestra comunidad. –

Que el Himno a Merlo ha contribuido al fortalecimiento de nuestra cultura local y ha sido reconocido como un elemento representativo de nuestra sociedad. Su valor artístico y poético ha sido destacado en diversos contextos y su difusión ha trascendido las fronteras de nuestro municipio, convirtiéndose en un emblema de nuestra identidad. –

Que el Concejo Deliberante de Villa de Merlo, en virtud de sus atribuciones y con el propósito de proteger y promover la riqueza cultural de nuestro territorio, estableció mediante Ordenanza Nº IX- 0490-HCD-2012 que en cada acto oficial sea cantado, además del Himno Nacional Argentino, el Himno a Merlo, interpretado por artistas locales. –

Que a través de la Resolución Nº 1846- HCD-2017, por su conducta de vida y aportes a la cultura de la Villa de Merlo, se declaró como “CIUDADANO ILUSTRE DE VILLA DE MERLO, a Don JORGE LUIS “COCO” ALTAMIRANO, creador de nuestra canción más representativa.-

Que mediante Ordenanza N° X-1024-HCD-2021seinstauró en el municipio de Merlo el 20 de Mayo como el “Día del Himno a Merlo”, en conmemoración del natalicio de nuestro querido y recordado compositor, quien nos brindó una manifestación artística y cultural excelsa que hoy representa una parte integral de la memoria colectiva y el patrimonio inmaterial de todos los merlinos. –

POR TODO ELLO EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA VILLA DE MERLO, HACIENDO USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

Artículo 1°: DECLARAR al Himno a Merlo, creado por nuestro músico y compositor Jorge “Coco” Altamirano, como Patrimonio Cultural Municipal de la ciudad de Villa de Merlo, Provincia de San Luis. –

Artículo 2°: El municipio de Merlo se compromete a salvaguardar, preservar y difundir el Himno a Merlo como parte fundamental de nuestra memoria colectiva y patrimonio cultural. –

Artículo 3°: INSTAR al municipio de Villa de Merlo a continuar fomentando la enseñanza y divulgación del Himno a Merlo en instituciones educativas, eventos públicos y actividades culturales, a fin de fortalecer el conocimiento y aprecio por ésta expresión artística y su significado histórico. –

Artículo 4°: Se establecerán medidas de protección y conservación del Himno a Merlo, incluyendo su registro, transcripción y preservación en soportes adecuados, garantizando su accesibilidad y disponibilidad para las futuras generaciones.

Artículo 5°: El municipio de Merlo continuará promoviendo la realización de eventos y actividades que resalten el valor del Himno a Merlo, propiciando su interpretación y difusión en distintos ámbitos culturales y festividades locales.

Artículo 6°: Se invita a las instituciones educativas, organizaciones culturales y a la comunidad en general a participar activamente en la difusión y valoración del Himno a Merlo como parte integral del patrimonio cultural merlino.

Artículo 7°: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE