ORDENANZA N° IX-1091-C.D.2023 – ACEPTAR Y HOMOLOGAR DONACIÓN YEDRO

ORDENANZA N° IX-1091-C.D.2023 – ACEPTAR Y HOMOLOGAR DONACIÓN YEDRO

Villa de Merlo, (San Luis), 16 de Marzo de 2023.-

ORDENANZA N°IX-1091-C.D.2023

VISTO:
La Nota Recibida N° 021-C.D.-2023, ingresada con fecha 06.03.2023; y:
CONSIDERANDO:
Que a través de la N.R. mencionada en el visto, la Secretaría de Gobierno de la Municipalidad Villa de Merlo eleva a este C.D. solicitud de homologación y aceptación de donación efectuada ante la Dirección de Catastro Municipal.-

Que mediante Acta de Donación de fecha 13.02.2023, certificada por el Escribano Público Titular del Registro Notarial N° 22, de la localidad de La Toma, Departamento Coronel Pringles, Provincia de San Luis, GABRIEL LISANDRO FENOGLIO CORNET, el Sr. YEDRO DANIEL PERFELIO, DNI. N° 13.445.181, -en su carácter de propietario del inmueble que en la parte dispositiva de ésta norma se individualiza.-
Que el propósito del mencionado es el donar superficies para Calles Públicas y Ochavas, la Parcela 5 de la Mzna. 106, con una superficie total de 4.121,84 m2, registrado bajo Padrón N° 1077508 y para Espacio Verde del inmueble que se identifica como: Sección C002, Manzana 104, Parcela 2, Padrón N° 1077499, de propiedad del Sr. YEDRO DANIEL PERFELIO, D.N.I. N° 13.445.181, por una superficie total de 3972,70 m2, ambas del Plano de Mensura N° 06-135-2022.-
Que la Ordenanza N° VIII-1020-CD-2021, (Banco Municipal de Tierras e Inmuebles), en su Art. 7° regula el ingreso de inmuebles al peculio Municipal.-
Que por todo ello se resuelve conforme a continuación se establece.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: ACEPTAR Y HOMOLOGAR, la Donación efectuada mediante Acta de Donación de fecha 13.02.2023, certificada por el Escribano Público Titular del Registro Notarial N° 22, de la localidad de La Toma, Departamento Coronel Pringles, Provincia de San Luis, GABRIEL LISANDRO FENOGLIO CORNET, respecto del inmueble ubicado en Calle Cuesta del Cerro N° 1689, Barrio Cerro de Oro, Villa de Merlo, Provincia de San Luis el que se identifica como:
a) Para Espacio Verde, Sección C002, Manzana 104, Parcela 2, Padrón N° 1077499, de propiedad del Sr. YEDRO DANIEL PERFELIO, D.N.I. N° 13.445.181, por una superficie total de 3972,70 m2;

b) Para calles públicas y ochavas, Parcela 5, de la Mazna. 106, con una superficie total de 4.121, 84 m2 registrado bajo Padrón N° 1077508, ambos del Plano de Mensura N° 6-135-2022.-

ARTICULO 2º: FACULTAR Y ENCOMENDAR al DEM la realización de la pertinente escritura traslativa de dominio a fin de inscribir registralmente el inmueble cedido a nombre de la Municipalidad de Merlo San Luis, y gestionar las exenciones impositivas provinciales correspondientes.-
ARTICULO 3º: Solicitar al DEM incorpore al Registro del Banco de Tierras e Inmuebles, creado por la Ordenanza N° VIII-1020-CD-2021, el inmueble consignado en el Art. 1°- Inc. a).-
ARTICULO 4º: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-

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