ORDENANZA N° VII-1071-C.D.-2022 – AUTORIZA CUADRO DE TARIFAS DE SERVICIO DE REMIS 2022

ORDENANZA N° VII-1071-C.D.-2022 – AUTORIZA CUADRO DE TARIFAS DE SERVICIO DE REMIS 2022

Villa de Merlo, (San Luis), 24 de Noviembre de 2022.-

ORDENANZA N° VII-1071-C.D.-2022

VISTO:

La presentación efectuada por los titulares de Remises de la Villa de Merlo (S.L.); y:

CONSIDERANDO:

Que esta consiste en la Nota Recibida N° 372-C.D.-2022, de fecha 07/11/22, presentada por licenciatarios/as, choferes de Remises y titulares de agencias de nuestra Villa, solicitando un incremento de tarifas. –

Que tratado el tema en la Comisión respectiva de éste C.D., se resolvió que no se pueden desconocer los aumentos producidos del costo de vida, debiendo tener en cuenta que el último incremento otorgado a este sector, data del día 09/06/22.-

Que existió en estos últimos meses un exponencial aumento de los precios de combustibles, como así también, de los costos de mantenimiento de sus vehículos debido a la difícil situación económica que atraviesa el país, lo cual pone en riesgo a esta fuente de trabajo.-

Que por todo ello se dispone conforme a continuación se establece. –

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: AUTORIZAR, el siguiente Cuadro de Tarifas a aplicar por los prestadores del Servicio de Remises de nuestra Ciudad:

TARIFA 1- DIURNA:

  • BAJADA DE BANDERA: $200,00.- (doscientos pesos).-
  • CAIDA DE FICHAS: $20,00.- (veinte pesos), desde los primeros 100 m. (cien metros).-

TARIFA 2 – NOCTURNA:

  • BAJADA DE BANDERA: $220,00.- (doscientos veinte pesos).-
  • CAIDA DE FICHAS: $ 25,00 (veinticinco pesos) cada 100 m.-

TARIFA 3 – RUTA:

  • BAJADA DE BANDERA: $180,00.- (ciento ochenta pesos).-
  • CAIDA DE FICHAS: $18,00.- (dieciocho pesos), desde los primeros 100 m. (cien metros), los que se aplicarán cuando el destino del viaje sea fuera del ejido municipal.-

HORA DE ESPERA: ESTABLECER, que el valor del rubro-servicio “HORA DE ESPERA”, se fija en el valor de 120 fichas, según la zona correspondiente (urbana o en ruta).-

ARTICULO 2º: DEROGAR, en todas sus partes la Ordenanza Nº VII-1050-HCD-2021, de fecha 09/06/2022.-

ARTICULO 3º: APLICAR en el caso, lo normado por el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 1159-HCD-2009.-

ARTICULO 4º: ENVIAR copia de la presente a todas las Agencias de Remises.-

ARTICULO 5º: COMUNÍQUESE, NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y OPORTUNAMENTE ARCHÍVESE.-

Los comentarios están cerrados.