Villa de Merlo, San Luis 13 de Octubre de 2022.-
ORDENANZA N° VII-1067-C.D-2022
PLAN DE REGULARIZACION DE DEUDAS POR TASAS
VISTO:
La necesidad de activar la recaudación por deudas de Tasas Municipales que mantienen los contribuyentes con la Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que el presente proyecto surge como consecuencia del alto grado de morosidad en el pago de las tasas de Seguridad e Higiene y Tasas de Servicios a la Propiedad que impiden el cumplimiento de los ingresos presupuestarios previstos para el año 2022.-
Que es necesario definir una política de recaudación eficaz para mejorar dichos índices y que a su vez, resulte equitativo respecto a los contribuyentes que cumplen con el compromiso de pago de las tasas.-
Que es necesario incrementar los ingresos propios a efectos de realizar una mejor prestación de los servicios que se encuentran a cargo de la Municipalidad.-
Que la regularización de tasas impagas, reporta importantes descuentos sobre las tasas del año que se regulariza la deuda de años anteriores, dado que requiere tener cancelado las deudas por tasas sin pagar, para obtener dichos descuentos.-
Que resultará accesible para el contribuyente adoptar el plan de pago elegido, con solo acceder a la web de la Municipalidad, mediante una clave personal que se le habilitará al efecto.-
POR TODO LO EXPUESTO, ESTE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
ARTICULO 1º: ESTABLECER, que a partir de la fecha de publicación en el Boletín Oficial tendrá vigencia la presente Ordenanza, del plan de regularización de las distintas Tasas y derechos municipales que adeudan los contribuyentes.-
ARTICULO 2º: ESTABLECER que los contribuyentes que regularicen deudas vencidas podrán acceder al descuento del importe de los intereses originados por las tasas impagas del año anterior hasta la fecha en que se regulariza la deuda.-
I.- REGIMEN GENERAL
Los contribuyentes que mantienen deudas vencidas por tasas o derechos, podrán acogerse al presente plan de regularización.
Los contribuyentes que tengan un plan de financiación anterior impago, y que forman parte de una deuda mayor, deberán cancelarse para optar alguna de las variantes de este plan de regularización.
:
II.- REGIMEN ESPECIAL
Los contribuyentes que dispongan liquidar sus deudas mediante Clave Fiscal Municipal deberán solicitarla vía email.
DEUDA DETERMINADA | Descuento de Intereses Excepto los indicados Art.2º | Intereses por Financiación | ANTICIPO |
Con clave fiscal | 100 % | 0,00 % | Contado |
Plan un pago | 80 % | 0,00 % | Contado |
Plan hasta 3cuotas | 50% | 3,00 % mensual | 50 % |
Plan hasta 6 cuotas | 30 % | 4,00 % mensual | 30 % |
ARTICULO 3º: DETERMINAR que la falta de pago de 2 o más cuotas seguidas o alternadas, se dará por caído el plan elegido, imputándose lo pagado a los meses más antiguos y en forma ascendente, perdiendo los descuentos y facilidades al que se hubiere acogido el contribuyente.
Las cuotas de los distintos planes deberán pagarse en forma conjunta con la cuota del mes en curso. Asimismo, se podrán realizar planes especiales de multi-tasas, es decir todas aquellas que figuren a nombre del mismo titular.
Los contribuyentes que se acogieran a alguno de los planes mencionados, gozarán del beneficio del contribuyente al día, cuando así se lo requiera.
ARTICULO 4º: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-