ORDENANZA N° VII-1055-C.D.-2022 – TARIFAS TAXIS

ORDENANZA N° VII-1055-C.D.-2022 – TARIFAS TAXIS

Villa de Merlo, (San Luis), 16 de junio de 2022.-

ORDENANZA N° VII-1055-C.D.-2022

VISTO:
La Nota recibida Nº 150-C.D-2022, de fecha 01.06.22, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la misma, los taxistas de la Villa de Merlo solicitan la modificación de la normativa respecto a que los “taxis” deben ser únicamente de carrocería sedan.-

Que debido a las características de las calles y distintas arterias viales de nuestra localidad se requiere de vehículos de transporte público adecuados a la zona geográfica en la que desarrollan sus actividades.-

Que es prioritario brindar a los prestadores de este servicio una posibilidad de actualizar su flota de vehículos a unidades aptas para la zona serrana y que cumplan con todas las medidas de seguridad establecidas por Ley.

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA EL SIGUIENTE:

ORDENANZA

Art. 1º.- MODIFICAR la Ordenanza Nº 893-HCD-2004, en su Capítulo II, Art. 10 inc. a; el cual quedará redactado de la siguiente forma:

“LOS VEHICULOS”

Art 10°) LOS VEHÍCULOS: Los vehículos destinados al servicio de Taxis, deben cumplir los siguientes requisitos, además de los ya establecidos en el artículo 5º.-

a) Ser del tipo sedán con cuatro puertas laterales, furgones mixtos o vehículos tipo SUV (vehículos utilitarios sport) de color blanco y con capacidad máxima de cuatro (4) pasajeros, más el conductor.-

Art. 2º.- COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y ARCHÍVESE.-

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