ORDENANZA N° IX-1053-C.D.-2022 – HOMOLOGA CONVENIO INTA

ORDENANZA N° IX-1053-C.D.-2022 – HOMOLOGA CONVENIO INTA

Villa de Merlo, (San Luis), 16 de Junio de 2022.-

ORDENANZA N° IX-1053-C.D.-2022

HOMOLOGACIÓN DEL CONVENIO DE COOPERACIÓN TÉCNICA ENTRE EL INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA AGROPECUARIA Y LA MUNICIPALIDAD DE VILLA DE MERLO

VISTO:

La importancia que la actual gestión municipal le ha otorgado a la producción agroecológica de alimentos como herramienta necesaria para lograr la recuperación de la memoria productiva de la Villa de Merlo y promover la economía local de las y los pequeños productores y elaboradores; y:

CONSIDERANDO:

Que desde la Agenda 2030, la ONU recomienda la Producción Agroecológica por ser la mejor forma de producir alimentos sanos, un sistema de producción que mitiga la Crisis Climática, una generadora de trabajo local, una actividad sostenible por tener baja Huella de Carbono.-

Que desde el inicio de la gestión se entablaron canales de diálogo y trabajo conjunto con profesionales del INTA para fortalecer el entramado productivo local.-

Que para formalizar el trabajo del Ejecutivo Municipal en este sentido, se creó la Dirección Municipal de Agroecología y Economía Social dependiente de la Secretaría de Ambiente, Producción y Desarrollo Sustentable.-

Que para incentivar y fortalecer la producción local, se creó la Escuela Municipal de Agroecología de la cual participa INTA con sus docentes.-

Que el presente Convenio le permitirá al Municipio de la Villa de Merlo fortalecer las acciones coordinadas para un adecuado aprovechamiento de los recursos humanos y económicos, promocionando, formulando y gestionando programas y proyectos productivos sustentables.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

ARTICULO 1°: HOMOLOGAR en todas sus partes, el Convenio celebrado entre la Municipalidad de la Villa de Merlo representada por el Intendente Dr Juan Álvarez Pinto por una parte y por la otra, el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria INTA, representado por el Director del Centro Regional La Pampa-San Luis, Dr Ricardo Sager.-

ARTICULO 2°: INCORPORAR el compromiso suscripto como parte integrante de la presente Ordenanza.-

ARTICULO 3°: AUTORIZAR al Municipio a ceder en calidad de préstamo, una oficina para el funcionamiento del INTA en la Villa de Merlo.-

ARTICULO 4°: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-

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