ORDENANZA N° VIII-1040-HCD-2022 – ACEPTAR Y HOMOLOGAR DONACIÓN

ORDENANZA N° VIII-1040-HCD-2022 – ACEPTAR Y HOMOLOGAR DONACIÓN

Villa de Merlo, San Luis, 17 de Marzo  de 2022.-

ORDENANZA N° VIII-1040-HCD-2022

VISTO:

                                 La Nota Recibida N° 035-HCD-2022, ingresada con fecha 03.03.2022; y:

CONSIDERANDO:

                                 Que a través de la N.R. mencionada en el visto, la Secretaría de Gobierno de la Municipalidad Villa de Merlo eleva a este H.C.D. solicitud de homologación y aceptación de donaciones efectuada ante la Dirección de Catastro Municipal.-

  Que mediante Acta de Donación de fecha 17.02.2022, certificada por la Escribana Pública Titular del Registro Notarial N° 26, María Cristina Chada, el Sr: IVAR EDUARDO FERNANDEZ, M.I. N° 12.338.918, por derecho propio, en su carácter de propietario del inmueble que en la parte dispositiva de ésta norma se individualiza, realiza donación expresa de este para equipamiento urbano.-

Que la Ordenanza N° VIII-1020-HCD-2021, (Banco Municipal de Tierras e Inmuebles), en su Art. 7° regula el ingreso de inmuebles al peculio Municipal.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD  VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º: ACEPTAR Y HOMOLOGAR,  la Donación efectuada mediante Acta de Donación de fecha 17.02.2022, certificada por la Escribana Pública Titular del Registro Notarial N° 26, María Cristina Chada, por el Sr: IVAR EDUARDO FERNANDEZ, M.I. N° 12.338.918, respecto del inmueble ubicado en Ruta Provincial N° 05, Calle Marqués de Sobremonte, Calle Cacique Yanquetruz, Calle Los Chañares y Calle Igualdad, de esta Villa de Merlo, que se identifica como Sección 07, Manzana 09, Parcela 16, del Plano de Mensura y División confeccionado por el Ingeniero Agrimensor Luis E. Ibarra, bajo el N° 6/147/21,  Padrón N° 1071497, Rec. 13 de Merlo. La superficie donada es de 6684,77 mts.2.-

ARTICULO 2º: FACULTAR Y ENCOMENDAR al DEM la realización de la pertinente escritura traslativa de dominio a fin de inscribir registralmente el inmueble cedido a nombre de la Municipalidad de Merlo San Luis, y gestionar las exenciones impositivas provinciales correspondientes.-

ARTICULO 3º: Solicitar al DEM incorpore al Registro del Banco de Tierras e Inmuebles, creado por la Ordenanza N° VIII-1020-HCD-2021, el inmueble objeto de la presente norma.-

ARTICULO 4º: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-

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