Villa de Merlo, San Luis, 17 de Marzo de 2022.-
ORDENANZA N° 1042-HCD-2022
VISTO:
La Nota Recibida N° 035-HCD-2022, ingresada con fecha 03.03.2022; y:
CONSIDERANDO:
Que a través de la N.R. mencionada en el visto, la Secretaría de Gobierno de la Municipalidad Villa de Merlo eleva a este H.C.D. solicitud de homologación y aceptación de donaciones efectuada ante la Dirección de Catastro Municipal.-
Que mediante Acta de Donación de fecha 30.07.2015, certificada por Comisaría Distrito N° 26, de Merlo, el Sr: WALDO ADAN OLMOS, M.I. N° 16.430.472, por derecho propio, de estado civil casado con MARIA ASUNCION PIZZOLATO, M.I. N° 16.140.539, en su carácter de propietario del inmueble que en la parte dispositiva de ésta norma se individualiza, realiza donación expresa de este para espacio verde.-
Que la Ordenanza N° VIII-1020-HCD-2021, (Banco Municipal de Tierras e Inmuebles), en su Art. 7° regula el ingreso de inmuebles al peculio Municipal.-
POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: ACEPTAR Y HOMOLOGAR, la Donación efectuada mediante Acta de Donación de fecha 30.07.2015, certificada por Comisaría Distrito N° 26, de Merlo, el Sr: WALDO ADAN OLMOS, M.I. N° 16.430.472, por derecho propio, de estado civil casado con MARIA ASUNCION PIZZOLATO, M.I. N° 16.140.539, en su carácter de propietario del inmueble ubicado en Avda. Dos Venados S/N, que se identifica como Sección PB05, Manzana 172, Parcela 2, del Plano de Mensura y División confeccionado por el Ingeniero Agrimensor Luis E. Ibarra, bajo el N° 6/268/16, Padrón N° 1026539, Rec. 13 de Merlo. La superficie donada es de 3437,38 mts.2.-
ARTICULO 2º: FACULTAR Y ENCOMENDAR al DEM la realización de la pertinente escritura traslativa de dominio a fin de inscribir registralmente el inmueble cedido a nombre de la Municipalidad de Merlo San Luis, y gestionar las exenciones impositivas provinciales correspondientes.-
ARTICULO 3º: Solicitar al DEM incorpore al Registro del Banco de Tierras e Inmuebles, creado por la Ordenanza N° VIII-1020-HCD-2021, el inmueble objeto de la presente norma.-
ARTICULO 4º: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-