ORDENANZA N° X-0943-HCD-2020 – MODIFICA ART 1 DE ORD. 968-06 REGLAM. INTERNO

ORDENANZA N° X-0943-HCD-2020 – MODIFICA ART 1 DE ORD. 968-06 REGLAM. INTERNO

Villa de Merlo, 3 de setiembre de 2020

ORDENANZA N° X-0943-HCD-2020

VISTO:

La necesidad de actualizar el Reglamento Interno del Concejo Deliberante debido a la actualidad que avanza y requiere compromiso; y:

CONSIDERANDO:

 Que en este sentido el Honorable Concejo Deliberante actualmente participa como miembro fijo de varios ENTES sociales, ambientales, deportivos, turísticos, culturales, etc.

Que a raíz de varias Ordenanzas se han creado Comision de Discapacidad (COMUDI), Comision Evaluadora de Proyectos (CEP), Comision de Ambiente (COAMA), Comision de Promoción de Deporte (PRODEPOR), Ente Mixto de Promoción Turística (EMIPROTUR), Ente Mixto de Protección Animal (EX EMIPROA), ahora Ente Mixto de Bienestar Animal (EMBA), Comision de Regulación de Obras Permanentes (CROP).-

 Que a través dela Ordenanza N° 968-HCD-2006, de fecha 07 de Abril de 2006, se estableció el cambio del orden de incisos, según el ART. 90° del Reglamento Interno, en el Orden del Dia, quedando de la siguiente manera:

1.    De los Despachos de Comision;

2. De los Proyectos De Los Concejales;

3. De las Comunicaciones Oficiales;

4. De los Informes y/o solicitudes del DEM,

5. De los Peticiones Particulares.

Que a raíz del cúmulo de ingresos en cada Orden del Dia, se consensuó leer solamente los más urgente. –

Que además es deber tener en cuenta todas las Comisiones Externas de las que forman parte cada miembro de este Concejo, razón por la cual, es menester incluir como Inciso 6: “DE LOS INFORMES DE LOS ENTES”, para conocer más sobre su trabajo en ellos.-

POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

ARTICULO 1°:  MODIFICAR la Ordenanza N° 968-HCD-2006 en su Artículo primero el que quedará redactado de la siguiente manera:

1.    De los Despachos de Comision;

2.    De los Proyectos De Los Concejales;

3.    De las Comunicaciones Oficiales;

4.    De los Informes y/o solicitudes del DEM,

5. De los Peticiones Particulares y

6. DE LOS INFORMES DE LOS ENTES.

ARTICULO 2°:  ELABORAR texto ordenado del correspondiente Reglamento Interno del HCD, por Secretaria Administrativa- Legal.-

ARTICULO 3°:  COMUNÍQUESE, NOTIFÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE ARCHÍVESE.-

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