ORDENANZA N° VII-0927-HCD-2020 – CLAVE FISCAL MUNICIPAL

ORDENANZA N° VII-0927-HCD-2020 – CLAVE FISCAL MUNICIPAL

Villa de Merlo, (San Luis), 28 de Mayo de 2020.-

ORDENANZA N° VII-0927-HCD-2020

VISTO: 

La necesidad de implementar el uso de los Servicios de Gobierno Electrónico, por parte de la prestadora del Sistema Informático Municipal, hace que haya que establecer un Régimen de Clave Fiscal Municipal, para permitir a los vecinos la realización de trámites mediante transferencia electrónica de datos vía Internet, utilizando firma electrónica; y:

CONSIDERANDO:

Que en el último proyecto de reforma al Código Civil se admite que la firma ológrafa pueda ser reemplazada, en los instrumentos generados por medios electrónicos, en tanto se utilice un método idóneo para identificar al firmante.-

Que se considera satisfecho el requisito de la firma, cuando en los documentos electrónicos se siga un método que asegure razonablemente su autoría e inalterabilidad (Decreto Nº 1397/79 – Reglamentación de la Ley 11683. Aplicación y Percepción de Impuestos-. Art. Nº 28 – modificado por el Decreto Nº 658/2002. Art. Nº 1 Modificase el Decreto Nº 1397/79, en relación a las declaraciones juradas que deben presentar los contribuyentes-).-

Que con la sanción de la Ley Nº 25.506 (Firma Digital – Régimen Legal), por su artículo 1º, se reconoce el empleo de la firma electrónica y de la firma digital, y su eficacia jurídica en las condiciones que la misma ley establece.-

Que los ciudadanos por medio de su computadora personal y un software de navegación para el uso normal de la red Internet, puedan utilizar las nuevas tecnologías para efectuar distintos trámites, facilitando su diligenciamiento y generando un incremento en la recaudación.-

Que adicionalmente, la implementación del nuevo régimen de Clave Fiscal Municipal permite incorporar nuevos Servicios de Gobierno Electrónico que requieren de firma electrónica.-

Que, por otra parte, los Servicios de Gobierno Electrónico le permite a los contribuyentes disponer de la debida información con respecto a la liquidación de las respectivas tasas municipales y emitir el comprobante de pago.-

Que a los fines que los ciudadanos puedan utilizar los distintos Servicios de Gobierno Electrónico, a través de los cuales podrán realizar distintos trámites, resulta necesario establecer la Clave Fiscal Municipal que los habilite a cumplimenta con el procedimiento para el otorgamiento de la misma.-

                               Que por todo ello se dispone conforme se establece a continuación.-

POR TODO LO EXPUESTO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

ARTICULO 1º: Se establece el Régimen de “Clave Fiscal Municipal – Transferencia Electrónica de Datos”, para el uso de Servicios de Gobierno Electrónico, los cuales permitirán a los vecinos realizar distintos trámites vía Internet, reemplazando la firma ológrafa por la firma electrónica.-

ARTICULO 2º: Los trámites que podrán ser efectuados mediante este régimen, estarán disponibles mediante el correspondiente Servicio de Gobierno Electrónico, a través de la dirección web que se creare a tal efecto.-

ARTICULO 3°: Autorízase al Intendente Municipal a reglamentar los procedimientos para la obtención de la Clave Fiscal Municipal y para el uso de los Servicios de Gobierno Electrónico que se habiliten en el futuro.-

ARTICULO 4°: La utilización de la Clave Fiscal Municipal y la protección de su contraseña, son de exclusiva autoría y responsabilidad del titular que la solicite.-

ARTICULO 5°: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo para su reglamentación y promulgación.-

ARTICULO 6°: COMUNIQUESE, NOTIFIQUESE, PUBLIQUESE, REGISTRESE Y OPORTUNAMENTE ARCHIVESE.-

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