ORDENANZA  Nº VII-0873-HCD-2018 “TASA ARTESANOS”

ORDENANZA  Nº VII-0873-HCD-2018 “TASA ARTESANOS”

Villa de Merlo, San Luis, 13 de diciembre de 2018.-

ORDENANZA  Nº VII-0873-HCD-2018

TASA ARTESANOS

VISTO:

La Ordenanza Nº VII-0806-HCD-2017 “Texto Ordenado de Artesanos”, dispone los aranceles que deberán abonar los Artesanos al Municipio; y:

CONSIDERANDO:

Que es necesario adecuar los importes de las distintas Tasas y Derechos que percibe la Municipalidad de la Villa de Merlo, por la contraprestación de los servicios.-

POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA LA SIGUIENTE:

 

 ORDENANZA

ARTICULO 1º: ACTUALIZAR el Art. 37º de la Ordenanza VII-0138-2008-HCD (1115/08) con el siguiente texto: “Los propietarios/as abonarán por adelantado el arancel que será fijado de la siguiente manera: Enero, Febrero, el mes que incluya Semana Santa, Vacaciones de Invierno y fines de semana largo: $ 3380 por 10 puestos, más $ 338 por cada uno adicional a partir del undécimo.

Los aranceles se reajustarán anualmente por la Tarifaria Anual”.-

ARTICULO 2º:      ACTUALIZAR el Art. 10º de la Ordenanza VII-0138-2008-HCD (1115/08) con el siguiente texto:

“Los artesanos abonarán por adelantado el arancel mensual, que será fijado de la siguiente manera:

ORDENANZA Nº 1115- HCD-2008: ORDENANZA ARTESANOS (TEXTO ORDENADO)

PERMANENTES $185 (Ciento ochenta y cinco pesos) por mes.- Todo el Año
VISITANTES, TEMPORARIOS Y
DE PASO
$155 (ciento cincuenta y cinco pesos) por día, mínimo de pago inicial: una semana.- Temporada Alta
$118 (ciento dieciocho pesos) por día, mínimo de pago inicial: una semana.- Temporada Baja
LOCALES
TEMPORARIOS
$ 55 (cincuenta y cinco pesos) por día, mínimo de pago inicial: una semana.- Temporada Alta
$18 (dieciocho pesos) por día, mínimo de pago inicial: una semana.- Temporada Baja

Los aranceles se reajustarán anualmente por este H.C.D. y se incorporaran a la Tarifaria Anual.-“

ARTICULO 3º: DEROGAR la Ordenanza VII-0806-HCD-2017, en todas sus partes, a partir del día 31 de Diciembre 2018.-

ORDENANZA Nº VII-0806-HCD-2017 “TASA ARTESANOS”

ARTICULO 4º: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y    OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-

 

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