Archivo el 9 de octubre de 2018

ORDENANZA Nº VIII- 0827-HCD-2018: Designar Nombre De Calle “Reforma Universitaria De 1918”

Villa de Merlo, (San Luis), 14 de Junio de 2018.-

 

ORDENANZA Nº VIII- 0827-HCD-2018

Designar Nombre De Calle “Reforma Universitaria De 1918”

 

VISTO:

Que el 15 de junio del corriente año se cumplen cien años de la Reforma Universitaria de 1918, que dio comienzo al movimiento estudiantil argentino, sentando las primeras bases del sistema universitario de nuestro país conquistando derechos como la autonomía universitaria, el cogobierno, la extensión universitaria, la educación laica, la libertad de pensamiento y la jerarquización en la relación obrero-estudiantil, y;

CONSIDERANDO:

Que el movimiento reformista se gestó a partir del compromiso de trasformación y la participación política de los jóvenes, generando una corriente de pensamiento político universitario, que se expandió por toda América Latina sentando las bases de la educación pública en la actualidad.-

Que de dicho acontecimiento histórico ejecutado por la Federación Universitaria de Córdoba (FUC) y alentado por el gobierno radical de Hipólito Yrigoyen, surgió la democratización del gobierno universitario.-

Que como se expresa en los vistos de la presente, los principios fundamentales de la gesta implicaban: la autonomía, el cogobierno, concursos públicos y periodicidad de las cátedras, lo que trajo un mejoramiento de la enseñanza y de la calidad académica. Además, se planteó como principio básico y fundamental, la gratuidad y el compromiso social de las universidades con la comunidad, a través de la extensión universitaria. También fue un postulado el latinoamericanismo, forjado en esa su época fundacional y en los años 20´ con un claro plan de conciencia social, el antiimperialismo, la reivindicación de los pueblos originarios, el nacionalismo agrario, la integración con la clase trabajadora para respaldar y sostener sus reivindicaciones; todo ello dentro del marco de la democracia con contenido social.-

Que reflexionar sobre el movimiento reformista, y su impacto en Argentina y Latinoamérica, es fundamental para repensar la educación y la universidad, con sus conquistas y avances, pero también con sus desafíos futuros.-

Que en la Villa de Merlo contamos con la presencia de dos Universidades Nacionales Publicas, la ya conocida Universidad Nacional de San Luis mediante la Facultad de Turismo y Urbanismo, y la recién creada Universidad Nacional de Los Comechingones en proceso de organización, por lo que resulta indispensable jerarquizar ante la comunidad a la Universidad en general y a los principios de la Reforma en particular.-

Que es fundamental comprometer al gobierno local con la vida universitaria, ya que por medio de la educación es que el pueblo logra empoderarse, mejorar su calidad de vida y la de comunidad.-

Que en el ejido municipal existen nuevas calles sin nombres, por lo que resulta necesario la asignación de los mismos, y en ese sentido entendemos que “REFORMA UNIVERSITARIA DE 1918” puede ser uno de ellos por la importancia antes resaltada.-

Que por todo ello se dispone conforme se expresa a continuación.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

ARTICULO 1º: DESIGNAR con el nombre de: “REFORMA UNIVERSITARIA DE 1918”, a la Avenida contemplada en la Ordenanza 732 de Marco Trazado, proyectada de 30 metros de ancho y ubicada de forma paralela a Ruta 1 a una distancia aproximada de 2.000 metros de la Rotonda de Merlo hacia el oeste.-

 

ARTICULO 2°: ESTABLECER como ANEXO Ide la presente Ordenanza los correspondientes croquis de ubicación.-

 

ARTICULO 3º: ORDENAR, la incorporación del nombre designado precedentemente en el Nomenclador de Calles Municipal (Ordenanza Nº VIII-0489-HCD-2012).-

ORDENANZA Nº VIII-0489-HCD-2012: NOMENCLADOR VILLA DE MERLO

ARTICULO 4°: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-

ORDENANZA Nº VII- 0826-HCD-2018: AUTORIZA AUMENTO DE TARIFAS DE TRANSPORTE URBANO DE PASAJEROS

DEROGADA POR  ORDENANZA Nº VII-0865-HCD-2018: TARIFAS DE TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS

Villa de Merlo, (San Luis), 07 de junio de 2018.-

 

ORDENANZA Nº VII- 0826-HCD-2018

 
VISTO:
El ingreso de la Nota Recibida Nº 114-HCD-2018, ingresada con fecha 27 de marzo de 2018; y
 
CONSIDERANDO:

La Secretaría de Gobierno de la Municipalidad Villa de Merlo, adjunta y remite, copia de la presentación se realizó por la Empresa ZENITRAM SAN LUIS SRL para el Municipio Expediente N ° 7688, de fecha 23.03.2018 , por el cual la Empresa Concesionaria del Servicio de Transporte Público de Pasajeros de nuestra Villa, solicitudes de incremento de tarifas, por el aumento en todos sus insumos, etc.

El tema fue tratado en la Comisión.

POR TODO ELLO EL HONOR CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:

 

ORDENANZA

 

ARTÍCULO 1º : AUTORIZAR , CONCLUSIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE PASAJEROS DE LA CIUDAD DE MUNICIPIO , SAN LUIS Y LA EMPRESA CONCESIONARIA DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS DE NUESTRA VILLA “ZENITRAM SAN LUIS SRL”, con fecha 18 de abril de 2017, Orden de acuerdo con el siguiente CUADRO DE TARIFAS , para el Servicio de Transporte Público de Pasajeros de nuestra Villa:

  • Boleto Pasaje UNICO para 1ra, 2da. y 3ra. Sección >>>> $ 15,00.-
  • Boleto Pasaje obrero / docente UNICO >>>>>>>>>>>>>> $ 9,00.-
  • Boleto Pasaje Estudiantil >>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>> $ 5,00.-
  • Boleto Pasaje Discapacitados >>>>>>>>>>>>>>>>>>>> $ 0,00.-

ARTICULO 2º : DEROGAR las Ordenanzas Nº VII-0768-HCD-2017 y VII-0794-HCD-2017.-

ORDENANZA Nº VII-0794-HCD-2017: INCREMENTO DE TARIFAS ZENIBUS

ORDENANZA Nº VII-0768-HCD-2017: TARIFAS DE TRANSPORTE URBANO DE PASAJEROS

ARTICULO 3º : COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-

ORDENANZA Nº VIII-0832-HCD-2018 “MODIFICA ORD. Nº VIII-0520-HCD-2012, ZONA R8B”

Villa de Merlo, (San Luis), 05 de julio de 2018.-

 

ORDENANZA Nº VIII-0832-HCD-2018

“MODIFICACIÓN ORD. VIII-0520-HCD-2012, ZONA R8 B ”

 

VISTO:

La Ordenanza N ° VIII-0520-HCD-2012; y

 

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario regular el ordenamiento territorial de la Villa de Merlo.-

 

Que debido al gran desarrollo y al crecimiento de la orden demográfica de la Ciudad, obliga a extender las zonas urbanas planificando el crecimiento y limitando el mismo.-

 

Que han sido numerosos en las necesidades de los vecinos, problemas en estas zonas, que han motivado más de una vez, el dictado de establecer las excepciones a la normativa vigente.

 

Que las dimensiones de los terrenos establecidos en la ord. N ° VIII-0520-HCD-2012 para la zona R8B es de 5.000 m 2 , existiendo en las zonas contiguas, terrenos con superficies mínimas de 1.500 m2. En este caso, la calle Cuesta del Cerro separa dos zonas de dimensiones muy distintas de los terrenos.-

 

Qué demorar la implementación de la reglamentación de las secciones y las zonas antes citadas traería problemas en el desarrollo y el crecimiento armónico de la Villa.-

 

Que por ello, este HCD propone el siguiente proyecto de ordenanza.-

 

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONOR CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VILLA DE MERLO (SL) EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA LA SIGUIENTE:

 

ORDENANZA

 

ARTÍCULO 1 ° : MODIFICAR , la Ordenanza Nº VIII-0520-HCD-2012, ART. Nº 3) ZONA R8B, estableciendo para la ZONA R8B todos los indicadores urbanísticos de la ZONA R8A   y en su correspondiente, los correspondientes urbanos de la zona, un sable: Usos, Dimensiones, Retiros, Índices (FOS, FOT, OE y EV) ), Altura Máxima, Techos, Cercos y Medianeras, Arbolado y Veredas.-

ARTICULO 2 ° : COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-

 
ORDENAMIENTO CERRO DE ORO-ZONA SUR (DEROGA ORD. Nº 851/03)

ORDEN DEL DÍA – SESIÓN ORDINARIA FECHA: 04 DE OCTUBRE DE 2018 ACTA N ° 028-HCD-2018.-

ORDEN DEL DÍA – SESIÓN ORDINARIA

FECHA: 04 DE OCTUBRE DE 2018

ACTA N ° 028-HCD-2018.-

De las Actas :

1) Lectura y Aprobación de Actas Anteriores.-

Acta Nº 026 del día 20 de septiembre de 2018 —————————————- ———————-

De los Despachos de Comisión.-

2) Nota R. Nº 737-HCD-18.- Despacho de Comisión, Proyecto de Nota a la Sra. Carmen Ortega, en ref .: enviar copia de Nota R. Nº 703-HCD-18 sobre pedido de informes por la Obra “Las Cuatro Estaciones” .-

 

3) Nota R. Nº 738-HCD-18.- Despacho de la Comisión, Proyecto de Nota a la Asociación Civil Picahuesos Básquet Club, en ref .: invitar a una reunión de la Comisión del día Miércoles 10 del presente mes y año a las 19: 00 horas, un fin de tratamiento pedido de reducción en los montos de las tasas municipales y derechos de construcción.-

 

4) Nota R. Nº 739-HCD-18.- Despacho de Comisión, Proyecto de Nota a la Fundación Espacios Verdes, en ref .: agradecer la participación e informarle la participación del HCD a la apertura de las VI Jornadas RESA.-

 

5) Nota R. Nº 740-HCD-18.- Despacho de Comisión, Proyecto de Nota al Centro Cultural Rincón del Este y Peña “Los Rinconeros”, en ref .: convocarlos a la reunión de Comisión, del día Miércoles 10 del corriente mes y año a las 20:00 horas, a fin de tratar la declaración de Interés Cultural y Municipal de la fiesta “Peña de los Rinconeros” y el “Paseo de Arte, Cultura e Historia de Rincón del Este” .-

 

6) Nota R. Nº 741-HCD-18.- Despacho de Comisión, Proyecto de Resolución, en ref .: DECLARAR DE INTERES MUNICIPAL DE LA VILLA DE MERLO, SAN LUIS, el Primer Concurso de Diseño de Folleto para la difusión de la Reserva Provincial Mogote Bayo denominado “MOGOTE BAYO, LOS ESPERA”, Organizado por la Fundación Espacios Verdes.-

 

7) Nota R. Nº 742-HCD-18.- Despacho de Comisión, Proyecto de Nota a la Directora de Obras Privadas de la Municipalidad de la Villa de Merlo, Arq. Antonella Laudo Malet, en ref.: enviar Expte. de la Sra. María Virginia García, sobre pedido de  excepción a la Ordenanza Nº 744, con motivo de habilitar una casa de té, en el edifico de la Vieja Usina  del Rincón del Este y solicitarle complete la documentación necesaria e informe su opinión a tal solicitud.-

8) Nota R. Nº 743-HCD-18.- Despacho de Comisión, Proyecto de Resolución, en ref.: AUTORIZAR, y a los efectos de regularizar la situación planteada por los interesados, Sres. HECTOR RUBEN CORDOBA y MONICA PATRICIA ENRIQUE, el tratamiento del Plano de Relevamiento en los términos de la Ordenanza Nº VIII-0663-HCD-2015. (Plan de Regularización de Obras).-

 

9) Nota R. Nº 744-HCD-18.- Despacho de Comisión, Proyecto de Nota al Secretario de Gestión Territorial, Arq. Nicolás Rosatti, con copia al Secretario de Gobierno, Sr. Mariano González, en ref.: reenviarle copia de presentación  realizada por la Comisión del Barrio “Los Chañares”, quienes solicitan cesión de Espacio Verde, para ser usado como “Espacio de Recreación”, y solicitarle informes sobre dicho Espacio.-

 

10) Nota R. Nº 745-HCD-18.- Despacho de Comisión, Proyecto de Resolución, en ref.: AUTORIZAR FACTIBILIDAD DE USO V.A.T.T., en la propiedad de la  Sra. MARIA MAGDALENA RODRIGUEZ, para desarrollar la actividad de VATT “casa de alquiler”.-

 

 

De los Proyectos (y/o propuestas de los Concejales).-

11) Nota R. Nº 746-HCD-18.- Concejales del Bloque, Unidad Justicialista San Luis, elevan Proyecto de Nota al Director de Tránsito Municipal, Sr. Leonardo Orgorozo, en ref.: solicitar informe sobre el estado de los motovehículos que  se encuentran en el Depósito Municipal.-

De los Informes (y/o solicitudes) del D.E.M..-

12) Nota R. Nº 728-HCD-18.- Directora de Catastro de la Municipalidad de la Villa de Merlo, Sra. Rosana Sirka, eleva Expediente Original del Sr. Pablo Sebastián Agüero para someter a régimen de Propiedad Horizontal.-

13) Nota R. Nº 729-HCD-18.- Directora de Catastro de la Municipalidad de la Villa de Merlo, Sra. Rosana Sirka, eleva Expte. de Molinari, Amelia Matilde, sobre solicitud de División por herencia de inmueble ubicado en Piedra Blanca Arriba.-

14) Nota R. Nº 730-HCD-18.- Directora de Catastro de la Municipalidad de la Villa de Merlo, Sra. Rosana Sirka, responde Nota E. Nº 249-HCD-18 sobre pedido de nombres de calles del Barrio Los Chañares.-

15) Nota R. Nº 731-HCD-18.- Directora de Catastro de la Municipalidad de la Villa de Merlo, Sra. Rosana Sirka, eleva Expte. de la Sra. De Rosso, Lucía Liliana, sobre solicitud de División por herencia.-

16) Nota R. Nº734-HCD-18.- Secretario de Gestión Territorial, Arq. Nicolás Rosatti, eleva pedido de la empresa American Tower Corporation, que apunta a la colocación de una antena de telefonía celular.-

17) Nota R. Nº 735-HCD-18.- Intendente Municipal, Lic. Miguel Ángel Flores y Secretaria de Hacienda, Srta. Cecilia Greco, elevan Proyecto de Ordenanza en ref.: Presupuesto Municipal año 2019.-

18) Nota R. Nº 736-HCD-18.- Intendente Municipal, Lic. Miguel Ángel Flores y Secretaria de Hacienda, Srta. Cecilia Greco, elevan Proyecto de Ordenanza de Tarifaria 2018, Derechos de Construcción e Introductores 2019.-

 

19) Nota R. Nº 748-HCD-18.- Área Políticas para la Discapacidad, Mujer y Familia, invita  a los representantes del H.C.D. a la reunión del Consejo Municipal de Discapacidad el jueves 04 de octubre a las 15hs. en la Planta baja del Edificio Municipal.-

 

20) Nota R. Nº 749-HCD-18.- Directora de Obras Privadas de la Municipalidad de la Villa de Merlo, Arq. Antonella Laudo Malet, responde Nota E. Nº 226-HCD-18 y eleva documentación solicitada por Expte. del Sr. Sardan Rodas, Ronald sobre pedidos de permisos para conexiones de luz y agua en un inmueble de su propiedad ubicado en loteo de Margarita Bohler, en Cerro de Oro.-

 

21) Nota R. Nº 750-HCD-18.- Directora de Obras Privadas de la Municipalidad de la Villa de Merlo, Arq. Antonella Laudo Malet, solicita se dé tratamiento al Proyecto de Ordenanza referido a “Vanos Molestos”.-

 

22) Nota R. Nº 751-HCD-18.- Secretario de Gobierno de la Municipalidad de la Villa de Merlo, Sr. Mariano González, eleva nota en ref.: comunicar que el petitorio efectuado por la Asociación Gremial ATE-CTA por otorgamiento de terreno, se considera factible.-

De las Peticiones o Asuntos Particulares.-

23) Nota R. Nº 725-HCD-18.- Sra. Selva Mariene Ulfe Creste y Sr. Fernando Enrique García Arias, solicitan declarar de interés Municipal el Proyecto Sustentable “Centros de Formación Profesional Hijos del Sol”.-

24) Nota R. Nº 727-HCD-18.- Consejo Directivo Provincial de A.T.E. solicita se arbitren los mecanismos para que se finalice el otorgamiento del terreno, consensuado por el D.E.M. y la Organización Gremial ATE San Luis.-

25) Nota R. Nº 732-HCD-18.- Asociación Civil Herradura Rugby Club, información en el Proyecto de Ordenanza sobre la Prohibición de Venta y Consumo de Alcohol en Encuentros Deportivos para Menores de Edad.-

26) Nota R. Nº 733-HCD-18.- Asociación de Voluntarios de la Villa de Merlo, agradecimiento a la presencia de los Concejales en el desfile por el 40º Aniversario de la Institución.-

27) Nota R. Nº 747-HCD-18.- Vecinos de Rincón del Este, solicite gestionarlo ante el DEM, la solución del problema de Seguridad Vial y de buena convivencia entre vecinos del Barrio.-

 

ORDEN DEL DÍA – SESIÓN ORDINARIA FECHA: 27 DE SETIEMBRE DE 2018 ACTA N° 027-HCD-2018.-

ORDEN DEL DÍA – SESIÓN ORDINARIA

FECHA: 27 DE SETIEMBRE DE 2018

ACTA N° 027-HCD-2018.-

 

De las Actas:

1) Lectura y Aprobación de Actas Anteriores.-

Acta  Nº 020 del día 09 de Agosto de 2018———————————————————————

Acta  Nº 021 del día 16 de Agosto de 2018———————————————————————

 

De los Despachos de Comisión.-

2) Nota R. Nº 712-HCD-18.- Despacho de Comisión, Proyecto de Nota al Área Contable del HCD, en ref.: solicitudes varias por Presupuesto HCD 2019.-

 

3) Nota R. Nº 713-HCD-18.- Despacho de Comisión, Proyecto de Resolución en ref.: DECLARAR DE INTERES MUNICIPAL la presentación de la obra literaria denominada “Seres y Relatos Mágicos de San Luis” de la escritora MARIA INES LANFRANCHI, ilustrada por Fernando Molinari, a presentarse en el Bar Cultural “Imaginario”, el Domingo 30 de Septiembre del corriente año, en esta Villa de Merlo.-

4) Nota R. Nº 714-HCD-18.- Despacho de Comisión, Proyecto de Resolución, en ref.: DECLARAR DE INTERES MUNICIPAL el evento denominado “Entre Abuelos”, organizado por Saymaro Eventos y Congresos y LasChikasEventos, a realizarse los días 28, 29 y 30 de Septiembre del corriente año, en los escenarios del Teatro Amigos de Merlo y en el Salón de Usos Múltiples del Hotel Virginia, en esta Villa de Merlo.-

5) Nota R. Nº 715-HCD-18.- Despacho de Comisión, Proyecto de Nota al Juzgado de Faltas Municipal, en ref.: remitirle presentación sobre nuevo reclamo en relación a OASIS DE LA MONTAÑA, más todo el Expediente que sobre este tema obra ingresado en el HCD, a fin de que se expida sobre el mismo y adopte las medidas correspondientes conforme a las Ordenanzas vigentes.-

 

De los Proyectos (y/o propuestas de los Concejales).-

6) Nota R. Nº 710-HCD-18.- Concejales del Bloque, U.C.R-Avanzar y Cambiemos por San Luis, elevan Proyecto de Ordenanza, en ref.: Protección del Patrimonio Histórico Cultural y Natural de la Villa de Merlo.-

 

7) Nota R. Nº 720-HCD-18.- Concejales del Bloque, U.C.R-Avanzar y Cambiemos por San Luis, elevan Proyecto de Resolución, en ref.: Declarar de Interés Municipal la participación del Ente Mixto de Promoción Turística de la Villa de Merlo (E.MI.PRO.TUR) en la 23º Edición de la Feria Internacional de Turismo.-

De los Informes (y/o solicitudes) del D.E.M..-

8) Nota R. Nº 702-HCD-18.- Directora de Medio Ambiente de la Municipalidad de la Villa de Merlo, Sra. Paula Andreoli, envía Plan de Gestión Ambiental, por obra a construir de Estrada, Liliana Carolina, ubicada en calle Poeta Agüero Sur S/N, para que sea analizado por el H.C.D..-

9) Nota R. Nº 703-HCD-18.- Secretario de Gobierno de la Municipalidad de la Villa de Merlo, Sr. Mariano González, responde Nota E. Nº 048-HCD-18 sobre pedido de informes por la obra “Las Cuatro Estaciones”.-

10) Nota R. Nº 704-HCD-18.- Directora de Catastro de la Municipalidad de la Villa de Merlo, Sra. Rosana Sirka, responde Nota E. Nº 295-HCD-2017 y eleva documentación solicitada por Expte. del Sr. Pedro Roberto Godoy.-

11) Nota R. Nº 705-HCD-18.- Directora de Catastro de la Municipalidad de la Villa de Merlo, Sra. Rosana Sirka, eleva Expte. de las Sras. Adriana, Vanda y Mirna Paradzik, por pedido de División de Inmueble, ubicado en Ex. Ruta Provincial S/N, Merlo, San Luis.-

12) Nota R. Nº 717-HCD-18.- Directora de Catastro de la Municipalidad de la Villa de Merlo, Sra. Rosana Sirka, responde Nota E. Nº 248-HCD-18, por Expte. de la Sra. CAROLINA ELIZABETH MARINARO, sobre nombre para una Calle en Cerro de Oro.-

13) Nota R. Nº 718-HCD-18.- .- Directora de Catastro de la Municipalidad de la Villa de Merlo, Sra. Rosana Sirka, responde Nota E. Nº 237-HCD-18 por solicitud realizada por el Sr. VALENTIN OMAR BECERRA,  sobre nombre de calle.-

14) Nota R. Nº 719-HCD-18.- Directora de Catastro de la Municipalidad de la Villa de Merlo, Sra. Rosana Sirka, responde Nota E. Nº 234-HCD-18, por Expte. del Sr. Garis, Bartolomé.-

De las Peticiones o Asuntos Particulares.-

15) Nota R. Nº 701-HCD-18.- Sr. Simón O. Sinatra Landeau, solicita donación de Espacio Verde Municipal para construir espacio físico de la ONG. Hijos del Sol.-

 

16) Nota R. Nº 706-HCD-18.- ONG. Hijos del Sol, solicita Declaración de Interés Municipal el evento Sustentable “Encuentro Mundial Consciente” a realizarse el sábado 13 de octubre de 10 a 19hs, en la Plaza Arco Iris de la Villa de Merlo.-

17) Nota R. Nº 707-HCD-18.- Vecinos propietarios de terrenos ubicados en el loteo de Margarita Bohler. Solicitan se resuelvan los pedidos de conexión de luz y agua.-

18) Nota R. Nº 708-HCD-18.- Delegada de la Asociación Mutual del Obrero Municipal, Sra. Paola Siano, eleva nota en ref.: Invitar al Presidente del HCD a asistir a presenciar la  firma del Acta Acuerdo.-

 

19) Nota R. Nº 709-HCD-18.- Rectora del Colegio de la Ciudad. Prof. Débora Demarchi y Prof. Juan Francisco Valdés, eleva propuesta de encuentro entre estudiantes de su Colegio y miembros del H.C.D. cuya fecha sería el lunes 8 de octubre a las 13.30hs.-

20) Nota R. Nº 711-HCD-18.- Arq. Jorge Garavaglia Jofré,  en representación del Sr. Lucas Ramírez,  y el Sr. Hernán Witthouck, eleva nota en ref.: prefactibilidad de Estación de Servicio en Ruta Nº1 y Carlos Gardel.-

21) Nota R. Nº 716-HCD-18.- Asociación Civil Picahuesos Básquet Club, elevan pedido de reducción en los montos de las tasas municipales y derechos de construcción.-

22) Nota R. Nº 721-HCD-18.- Asociación de Taxis de la Villa de Merlo, elevan nota para poner en conocimiento la voluntad de la mayoría de los miembros de la Asociación sobre la necesidad de alquilar las licencias.-

 

23) Nota R. Nº 722-HCD-18.- Centro de Estudiantes de la Escuela EMEI, proponen realizar reunión de Comisión para el día martes 9 de octubre, en horario a convenir.-

24) Nota R. Nº 723-HCD-18.- Fundación Espacios Verdes, invita a participar de la apertura de las VI  Jornadas RESA, a realizarse el viernes 05 de octubre a las 9hs. en la Universidad Nacional de los Comechingones.-

25) Nota R. Nº 724-HCD-18.- Fundación Espacios Verdes, solicita auspicio Institucional y Declaración de Interés del concurso llamado “Mogote Bayo, los espera”, “Defender la vida y conservar la naturaleza; una construcción colectiva y ciudadana”, que se lanzará en el marco de las VI Jornadas RESA.-

ORDENANZA Nº VI-0825-HCD-2018  “Senderos Históricos y Fomento del Montañismo”

Villa de Merlo, (San Luis), 05 de Junio de 2018.-

 

ORDENANZA Nº VI-0825-HCD-2018

 Senderos Históricos y Fomento del Montañismo

 
VISTO:
La Nota Recibida N° 189-HCD-2018, presentada con fecha 24.04.2018, por el Club Andino San Luis, Personería Jurídica Resolución Nº 05/2014 y la necesidad de preservar las sendas de usos históricos; y:
 

CONSIDERANDO:

Que se consideran actividades de montañismo a las actividades contempladas en el Anexo I de ésta Ordenanza.-

Que se reconoce la existencia de sitios, recorridos y espacios serranos de tránsito y uso ancestral, histórico o deportivo en relación al montañismo, que han perdurado en el tiempo sin modificar su trazado, a través de cuestas, quebradas etc.-

Que los senderos y caminos son una manifestación del contacto  que  mantenían los antiguos pobladores cumbranos y los habitantes del valle.-

Que el territorio del ejido de la Villa de Merlo se encuentra atravesado de sendas que evidencian  la forma en que los grupos humanos tradicionalmente  organizaban el territorio y construían su cultura.-

Que la actividad del montañismo no constituye una relación de consumo ni vínculo oneroso, sino que implica un vínculo entre miembros de una asociación civil y/o grupos de personas convocadas por esta actividad.-

Que el fomento al montañismo conlleva un aporte al cuidado de la salud, beneficios físicos, mentales y emocionales potenciados con el contacto con la naturaleza.-

Que por todo ello, se dispone conforme a continuación se establece.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE VILLA DE MERLO, SAN LUÍS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA LA SIGUIENTE:

  ORDENANZA

 

ARTICULO 1º: Se reconoce a los “Montañistas” como deportistas, y su derecho de llevar adelante su práctica en forma autónoma o asociada respetando la naturaleza y el cuidado de la misma., las Reliquias fósiles y arqueológicas. Poniendo en práctica valores de cooperación.-

ARTICULO 2°: Se definen  como “SENDAS DE USO HISTÓRICO” a todos aquellos recorridos que han perdurado en el tiempo y son reconocidos por la población,  sin haber modificado su trazado.-

ARTICULO 3°: Se declaran como “Sendas de uso histórico y de interés municipal” las enumeradas a continuación y graficadas en el ANEXO II, de esta Ordenanza, a saber:

  1. Sendero de la “Cuesta de Cerro de Oro”
  2. Sendero del “Camino a Damiana Vega”
  3. Sendero al “Mirador de la Amistad”
  4. Sendero de la “Cuesta del Mogote Bayo”
  5. Sendero de la “Cuesta del Cerro Chumamaya”
  6. Sendas del “Arroyo Juan Pérez”
  7. Sendero al “Mirador del Peñón”
  8. Sendas de “Sendas y Molles” en Piedra Blanca Arriba
  9. Sendero al “Cerro Chico”
  10. Senderos de “Pasos Malos”

 

ARTICULO 4º: El D.E.M. deberá reglamentar a través de la Dirección Municipal de Deporte y/o toda aquella que en el futuro la reemplace, el uso de los senderos mencionados.-

ARTICULO 5°: El DEM para garantizar el acceso a estos senderos que por la presente son declarados de uso histórico, podrá establecer convenios con linderos o propietarios, a fin de dar cumplimiento a la finalidad que persigue la presente norma.-

ARTICULO 6°: Esta Ordenanza cuenta con los ANEXOS I y II, y que forman parte de la misma.-

ARTICULO 7°: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-

ANEXO I

  1. MONTAÑISMO: actividad deportiva o socio-recreativa que consiste en hacer marchas o recorridos a pie por zonas o regiones de montaña, asimilando a las mismas las zonas serranas. Se incluye en esta definición todas las técnicas, conocimientos y habilidades necesarios para concretar la actividad y la misma puede desarrollarse solo en una jornada o durante varios días.-
  2.  SENDERISMO: especialidad del montañismo que consiste en caminar por senderos determinados estando estos señalizados o simplemente demarcados por el uso habitual.-
  3. TREKKING: especialidad del montañismo que consiste en caminar por un entorno natural agreste sin que exista en el mismo necesariamente senderos determinados.-
  4. ASCENSIONISMO: especialidad del montañismo que consiste en ascender y alcanzar la cima de montañas o serranías.-
  5. ESCALADA: especialidad del montañismo que consiste en realizar ascensos o descensos sobre pendientes o paredes -de roca, hielo o mixtas-, utilizando técnicas, elementos y herramientas necesarios para tal fin. Se incluye en esta categoría la escalada deportiva practicada en espacios creados por el hombre artificialmente.-
  6. COMBINACIONES: todas las especialidades descriptas pueden desarrollarse individualmente o de manera combinada conforme el objetivo que persiga quien lleva adelante la práctica del montañismo.-

 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

ORDEN DEL DÍA – SESIÓN ORDINARIA FECHA: 20 DE SETIEMBRE DE 2018 ACTA N° 026-HCD-2018.-

ORDEN DEL DÍA – SESIÓN ORDINARIA

FECHA: 20 DE SETIEMBRE DE 2018

ACTA N ° 026-HCD-2018.-

De las Actas :
1) Lectura y Aprobación de Actas Anteriores.-
Acta Nº 019 del día 02 de Agosto de 2018 —————————————- ————————
Acta Nº 023 del día 30 de Agosto de 2018 —————————————- ————————-
 
De los Despachos de Comisión.-

2) Nota R. Nº 691-HCD-18.- Despacho de Comisión, Proyecto de Nota al Secretario de Gobierno Municipal, Sr. Mariano González, en ref .: enviar copia de notas ingresadas a este Concejo por la Asociación de Taxis y de Remises, referida a problemas varios con 2 taxis locales, un fin de que arbitren los medios para resolver estas situaciones.-

 3) Nota R. Nº 692 -HCD-18.- Despacho de Comisión, Proyecto de Nota al Sr. Fernando Guardia, en ref .: convocarlo a la reunión de la Comisión, del día Miércoles 26 del corriente mes y año a las 19: 00 horas, en el Recinto de Sesiones de este HCD, un final de tratamiento presentado por una vecina.

 4) Nota R. Nº 693-HCD-18.- Despacho de Comisión, Proyecto de Nota a los Sres. Néstor y Miguel Ferrero, en ref.: convocarlos a la reunión de la Comisión, del día Miércoles 26 del corriente mes y año a las 20:00 horas, en el Recinto de Sesiones, un fin de capítulo solicitud recibida Recibido N ° 645/18 referida a los torneos que van a realizar.-

 5) Nota R. Nº 694 -HCD-18.- Despacho de Comisión, Proyecto de Nota al Sr. Leonardo Davicino, en ref .: convocarlo a la reunión de la Comisión, del día Miércoles 26 del corriente mes y año a las 19: 30 horas, en el Recinto de Sesiones, para tratar una relación relacionada con la circulación de las Calles Tissera y El Ciprés.-

 6) Nota R. Nº 695-HCD-18.- Despacho de Comisión, Proyecto de Nota a la Prof. Cecilia F. de Gabriel y otros, en ref .: enviar copias de Notas N ° 631 y 640/18, ingresadas por Los dos Bloques de Conciertos que conforman el Concejo, un fin de convocarlos a la reunión de la Comisión, del día Miércoles 03 de Octubre del año corriente a las 18:00 horas, en el Recinto de Sesiones.-

 7) Nota R. Nº 696-HCD-18.- Despacho de Comisión, Proyecto de Nota al Director de Tránsito Municipal, Sr. Leonardo Orgorozo, en ref .: solicitarle remita informe sobre la problemática del nudo vial que se genera en intersección de Calle Carlos Gardel y Ruta Provincial N ° 01.-

 8) Nota R. Nº 697-HCD-18.- Despacho de Comisión, Proyecto de Nota a la Sra. Liliana Murga, en ref .: Invitar a una reunión de la Comisión del día Miércoles 26 del corriente mes y año a las 18:00 horas, en el Recinto de Sesiones de este HCD, en relación con Expediente formado con varias presentaciones realizadas por Ud.

 9) Nota R. Nº 698-HCD-18.- Despacho de Comisión, Proyecto de Resolución, en ref .: declarar DE INTERES MUNICIPAL DE LA VILLA DE MERLO, San Luis, La Presentación del nuevo CD “Soy de San Luis”, del artista y músico local RUBEN DARIO GALLARDO que se llevará a cabo el día 22 de septiembre en la Casa del Poeta de nuestra Ciudad.-

10) Nota R. Nº 699-HCD-18.- Despacho de Comisión, Proyecto de Resolución, en ref .: autorizar, la factibilidad de aprobacion para efectuar la subdivisión de la ONU inmueble SEGÚN Proyecto de División Presentado, en Relación al inmueble propiedad del Sr. SIMON TADEO MERCAU, ubicado en Calle Los Algarrobos Blancos N ° 230, de Cerro de Oro, Merlo, Pcia. de San Luis.-

11) Nota R. Nº 700-HCD-18.- Despacho de Comisión, Proyecto de Ordenanza, en ref .: Adherir a la Ley de la Provincia de San Luis, Nº XIV-0898-2014, que regula el ejercicio de la actividad de los Martilleros y Corredores Públicos en todo el ámbito de la Provincia; ya la Ley Nacional Nº 25.028 / 98, modificatoria del Decreto Nacional Nº 20.266 / 73.-

 

De los Proyectos (y / o propuestas de los Concejales) .-

12) Nota R. Nº 690-HCD-18.- Concejales del Bloque, UCR-Avanzar y Cambiemos por San Luis, elevan Proyecto de Nota dirigida al Secretario de Gobierno Municipal, Sr. Mariano González en ref .: solicitarle, la señalización de ingreso a la Villa de Merlo por Ruta Nº 1.-

 

De las Comunicaciones Oficiales

13) Nota R. Nº 675-HCD-18.- Presidente de la Asociación Argentina de Agrometeorología,  Dra. Marta G. Vinocur y Rectora de la Universidad Nacional de los Comechingones Mag. Agustina Rodríguez Saá, invitada al Acto de Apertura de la XVII Reunión Argentina de Agrometeorología, que se llevará a cabo el día miércoles 19.09.2018, a las 9:00 hs. en el salón del Auditorio Casa del Poeta.

14) Nota R. Nº 677-HCD-18.- Cura Párroco, Pbro. Claudio Collado de la Parroquia Nuestra Señora del Rosario, invita a Novena Patronal a entre los días 28-09 a 07-10, e invitarlos a la llegada especialmente el sábado 6 de octubre, ya que la intención de ese día es rezar “Por la Patria, por nuestra Provincia y por nuestra Ciudad “.-

15) Nota R. Nº 678-HCD-18.- Cura Párroco, Pbro. Claudio Collado de la Parroquia Nuestra Señora del Rosario, invitar a un colaborador con la compra de claveles que adornarán la réplica de la imagen del Cristo de la Quebrada y de Nuestra Sra. del Rosario.-

16) Nota R. Nº 687-HCD-18.- Área Contable del HCD, elevación Presupuesto correspondiente al año 2.018.-

De los Informes (y / o solicitudes) del DEM.-

17) Nota R. Nº 681-HCD-18.- Directora de Catastro Municipal, Sra. Rosana Sirka, eleva Expte. del Sr. Nahuel Augusto Cancela quien solicita la aprobación del Plano de Mensura y División.-

18) Nota R. Nº 684-HCD-18.- Directora de Obras Privadas de la Municipalidad de la Villa de Merlo, Arq. Antonella Laudo Malet, responde Nota E. Nº 233-HCD-18 por Expte. de la Sra. MARIA MAGDALENA RODRIGUEZ.-

19) Nota R. Nº 685-HCD-18.- Directora de Obras Privadas de la Municipalidad de la Villa de Merlo, Arq. Antonella Laudo Malet, eleva pedido del Sr. Pablo A. Rodríguez, sobre pedido de aprobación y otorgar plano de final de obra para vivienda de vivienda unifamiliar.-

20) Nota R. Nº 686-HCD-18.- Directora de Obras Privadas de la Municipalidad de la Villa de Merlo, Arq. Antonella Laudo Malet, nota elevada del Sr. Mauro Alfredo Flores quien solicita permiso para instalar un puesto móvil y revistas en la Galería del Sol.-

 

De las Peticiones o Asuntos Particulares.-

21) Nota R. Nº 676-HCD-18.- Sr. Hernando R. Andrada, solicitud de tratamiento de su Expte. Referencia de una aprobación de Plano de Propiedad Horizontal.-

22) Nota R. Nº 679-HCD-18.- Centro Cultural de Rincón del Este, solicite Declarar de Interés Cultural y Municipal a la fiesta denominada “Peña de los Rinconeros” y el “Paseo de Arte, cultura e historia de Rincón del Este”.-

23) Nota R. Nº 680-HCD-18.- Asociación Civil Herradura Rugby Club, solicite Declarar de Interés Municipal el Proyecto de Integración Social y Deportivo.-

24) Nota R. Nº 682-HCD-18.- Cooperativa de Provisión de Agua Potable Merlo Ltda. Responda Nota E. Nº 157-HCD-18 y eleve informe sobre estado y ubicación de cada hidrante ubicado en la Villa de Merlo.-

 25) Nota R. Nº 683-HCD-18.- Sr. Pablo Bajo, eleva constancias de las denuncias realizadas contra Oasis de la Montaña y el Intendente Miguel Ángel Flores, para toma de conocimiento.-

26) Nota R. Nº 688-HCD-18.- Sáymaro Eventos Turísticos, solicitud de Interés Turístico y Cultural al evento denominado “Entre Abuelos” a los días 28-29 y 30 de septiembre de 2018, en la Villa de Merlo. –

27) Nota R. Nº 689-HCD-18.- Sra. María Inés Lanfranchi, solicite Declarar de Interés Municipal la presentación del libro “Seres y Relatos Mágicos de San Luis” en el Bar Cultural “Imaginario” el domingo 30 de septiembre. Deja ejemplar del libro.-

ORDENANZA Nº IV-0824-HCD-2018: MODIFICA ORDENANZA 893

Villa de Merlo, (San Luis), 10 de Mayo de 2018.-

ORDENANZA Nº IV-0824-HCD-2018

 
VISTO :
La Nota Recibida Nº 017-HCD-2018, ingresada a este HCD con fecha 23.02.2018; y:

 

CONSIDERANDO :

Que por el medio de la misma la Asociación de Taxis Villa de Merlo, solicitud de modificaciones puntuales en relación con los certificados de antecedentes requeridos por la Ordenanza N ° 893-HCD-2004.-

Que analizó el pedido en la Comisión de Gobierno, y luego recibió también una reunión de trabajo en la Asociación de Taxis, con todos los consejos que integran este HCD, esta conclusión se refiere a la solicitud.-

Que el tema fue elevado entonces al Plenario de este Concejo el que dispone dictar la presente en los primeros términos.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE VILLA DE MERLO, SAN LUÍS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA LA SIGUIENTE:

 

 ORDENANZA

ARTICULO 1º: MODIFICAR, el Artículo 28° de la Ordenanza N° 893-HCD-2004, en su Inciso “e)-“, el que queda redactado de la siguiente forma:
e)- Certificado de Antecedentes expedido por el Registro Nacional de Reincidencia:

  • Propietarios de Licencias de 0 hasta 5 años, deberán presentar el Certificado todos los años;
  • Propietarios de Licencias de 5 años en adelante, deberán presentar el Certificado, cada vez que se deba renovar el Registro de Conducir.-

REGULA SERVICIO TAXIS, REMIS Y TAXIFLET
ARTICULO 2º: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-

ORDENANZA Nº IX-0823-HCD-2018 “Licencia Laboral Por Violencia De Género”

Villa de Merlo, (San Luis), 26 de Abril de 2018.-

ORDENANZA Nº IX-0823-HCD-2018

Licencia Laboral Por Violencia De Género

 

VISTO :

 Que la violencia de género es una problemática social, que atraviesa todos los ámbitos de nuestra sociedad, donde la mujer es la principal víctima de esta situación y que por la que tanto es fundamental generará las condiciones que aporten al acompañamiento de esta problemática; y:

CONSIDERANDO :

Que en el año 2015 mediante Nota Nº 897/15, el día 15 de febrero del Bloque de Conciertos de la Unión Cívica Radical, presentado un Proyecto para crear en el ámbito municipal un sistema de Licencias Laborales Especiales por Violencia de Género.-

Que en el marco del día internacional de la mujer del corriente año, y en alusión a la problemática planteada en el Visto de la presente ordenanza, el Bloque de Concejales UCR – Avanzar y Cambiemos por San Luis reiteró la presentación del Proyecto de Licencias Laborales por Violencia de Género presentado en el año 2015, el que fue ingresado formalmente por Nota Nº 038/18 y enviado a la Comisión de Gobierno y Hacienda para su tratamiento preferencial.-

Que analizado el Proyecto en la Comisión de Gobierno y Hacienda, sus miembros ( que integran ambos bloques de Unidad Justicialista de San Luis y Bloque Concejales UCR – Avanzar y Cambiemos por San Luis) propusieron ampliar la participación a Instituciones, ONGs, Agrupaciones, Gremios, etc., para que la iniciativa se nutra de sus aportes, opiniones y sugerencias.-

Que en fecha 4 de Abril del corriente año, en el seno del Concejo Deliberante se llevó a cabo una importante reunión entre todos los Concejales, y representantes de asociaciones, gremios y reparticiones gubernamentales, previamente citadas, donde se generó un fructífero intercambio de ideas y sugerencias, enriqueciendo el Proyecto original.-

Que estuvieron presentes en la reunión delegadas gremiales de ATE-CTA y UPCN, integrantes de la Mesa Local de la Mujer de Carpintería, representantes de la “Red Contra la Violencia en el Valle del Conlara”, y responsable de la Oficina de la Mujer y Familia del Municipio de la Villa de Merlo, empleadas municipales y vecinas en general entre ellos: Mariela Delgado, Nadia Oviedo, Nancy Sanchez, Marina Orozco, Nélida Ramos, Pamela Mckey, Mónica Braile, Pablo González, Luz Laratro, Sandra López, María Sánchez Donoso, Mariela Núñez, Gustavo Lattaruolo.-

Que en el ámbito laboral se tomarán las medidas necesarias a fin de ratificar el respeto del derecho constitucional a la igualdad entre hombres y mujeres. En este sentido el concepto de género  nos  aporta claves para entender los mecanismos de este sistema, que tiene que ver con “normas naturalizadas”, “roles establecidos” en la sociedad, “mandatos” que establecen conductas para los varones y las mujeres. Por dicho motivo es primordial pensar en que las principales sujetas de derecho de la presente ordenanza son las empleadas del Municipio de la Villa de Merlo.-

Que las empleadas  que sufren  este flagelo habitualmente,  para ausentarse  de su lugar de trabajo  deben recurrir  al amparo de una “Carpeta Medica” o “Licencia por Asuntos Particulares”, esta conducta impide que se haga visible la verdadera problemática, que no es otra que una expresión cultural, estructural de desigualdad y poder.-

Que la violencia se manifiesta de diferentes maneras y en diversos ámbitos. En general se asocia a la violencia con el maltrato físico, pero también coexisten  otro tipo de violencias como la psicológica, simbólica, económica, sexual que son parte de un mismo proceso de violencia.-

Que de acuerdo a la “Ley de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales”,  Ley N° 26.485, sancionada en Marzo  de 2009, debe entenderse  por violencia contra las mujeres: toda conducta, acción u omisión, que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal.-

Que en el denominado ciclo de la violencia, se vé afectada la autoestima, la autonomía, la  independencia de la persona.-

Que la licencia laboral por violencia de género constituye una herramienta más para que la mujer que es víctima de esta situación logre mantener autonomía económica, no rompa las redes sociales que le proporciona el trabajo, ya que este es un ámbito donde reconstruir su autoestima.-

Que a su vez la aprobación de la presente ordenanza se constituirá en un valioso antecedente en los ámbitos legislativos de toda la Provincia.-

Que por todo lo expuesto la Comisión de Gobierno y Hacienda del Honorable Concejo Deliberante de la Villa de Merlo presentó al Plenario del Cuerpo para su tratamiento y aprobación este proyecto de Ordenanza, habiendo resuelto conforme a continuación se establece.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°: Créase la figura de “LICENCIA LABORAL  POR VIOLENCIA  DE GENERO” en el ámbito de la Municipalidad de la Villa de Merlo, complementándose al régimen de Licencias establecido por ORDENANZA Nº 161-IM-1978 (Estatuto del Personal Municipal).-

CREA ESTATUTO PERSONAL MUNICIPAL

ARTÍCULO 2°: Las empleadas municipales, cualquiera sea su vínculo laboral o situación que revista, gozarán de una Licencia Laboral por violencia de género con goce de haberes y sin pérdida de presentismo, reducción de la jornada laboral y/o readecuación del horario de la misma o del lugar de trabajo, cuando sean víctimas de hechos de violencia familiar, de género o contra la mujer, y en razón de ello, deban ausentarse en forma total o parcial de su puesto laboral.-

ARTICULO 3º: El Departamento Ejecutivo Municipal deberá constituir una Comisión Interdisciplinaria integrada por profesionales dependientes de este municipio a fin de elaborar un protocolo de acción que establecerá el procedimiento a seguir a fin de efectivizar este derecho. Debiendo introducirse en el mismo la contención y facilitando la resiliencia de la víctima.-

ARTÍCULO 4°: Para hacer efectivo el Derecho dispuesto en el Artículo 2º de la presente Ordenanza, la empleada municipal deberá presentar por sí o por interpuesta persona de su confianza, un sobre cerrado a la oficina de Recursos Humanos, dentro de las 48 horas hábiles de su ausencia al lugar de trabajo, en el que deberá acompañar:

  • Copia o constancia de la denuncia policial o judicial (si existiere), o de organismo oficial de protección de las víctimas de violencia;
  • Certificación de un profesional de la salud que indique el tiempo parcial o total aproximado que requerirá apartarse de sus funciones.-

ARTÍCULO 5°: Será responsabilidad  de  la Oficina Recursos Humanos  garantizar la comunicación con el área donde la empleada presta servicio y poner en marcha el protocolo.-

 Así mismo deberá garantizar la estabilidad en el puesto, tarea o función y la protección de los datos referidos a los motivos de su Licencia, considerando esto último un Derecho de Confidencialidad.-

ARTÍCULO 6°: El beneficio de Licencia Laboral dispuesto en el Artículo 2° de la presente también beneficiará a las agentes municipales que como consecuencia del padecimiento sufrido deban presentarse  en dependencia policial o judicial, sea por presentación espontanea o citación de la propia autoridad, a tal fin  deberá presentar la constancia emitida por la autoridad pertinente.-

ARTICULO 7º: La presente ordenanza prevé una licencia inicial de hasta 10 días, cumplido este plazo y de ser necesaria la renovación de la licencia deberá reiniciarse la aplicación del protocolo establecido en el artículo 3º.-

ARTÍCULO 8 °: Deberán crear estrategias de difusión en el ámbito laboral, a fin de concientizar sobre el uso de la presente ordenanza, en las que podrán participar las ONGs, como la Red Contra la Violencia en el Valle del Conlara, los gremios e instituciones vinculadas al tema.-

ARTÍCULO 9 °:   C OMUNÍQUESE, Registrese, Publíquese Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE .-

ORDENANZA Nº VIII-0822-HCD-2018: DESIGNA NOMBRE DE BARRIO “BARRIO SOL DE MERLO”

Villa de Merlo, (San Luis), 26 de Abril de 2018.-

 

ORDENANZA Nº VIII-0822-HCD-2018

VISTO:

Las Notas Recibidas Nº 550-HCD-2017; y N° 689-HCD-2017, de fechas 06.09.2017 y 18.10.2017, respectivamente ingresadas a este Honorable Concejo Deliberante;  y:

CONSIDERANDO:

Que a través de la primera de las Notas del visto, la Secretaría de Desarrollo Humano y Social de la Municipalidad Villa de Merlo,  apoya la iniciativa formulada por un grupo de vecinos del B° Social 32 Viviendas de nuestra Villa, correspondiente al Plan Solidaridad, y solicita se le asigne nombre al mismo y proponen “SOL DE MERLO”, adjuntándose varias firmas.-

Que la Nota Recibida N° 689/2017, ingresó de parte de numerosos vecinos del referido Barrio, formulando solicitud en el mismo sentido que la anterior.-

Que por todo ello se dispone conforme se expresa a continuación.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

ARTICULO 1º: DESIGNAR con el nombre de: “BARRIO SOL DE MERLO”, al Barrio Social 32 Viviendas,  de nuestra Villa de Merlo, correspondiente al Plan Solidaridad.-

ARTICULO 2º: ESTABLECER como ANEXO Ide la presente Ordenanza a las Notas Recibidas mencionadas en esta norma.-

ARTICULO 3º: ORDENAR, la incorporación de los nombres designados precedentemente en el Nomenclador de Calles Municipal (Ordenanza Nº VIII-0489-HCD-2012).-

NOMENCLADOR VILLA DE MERLO

ARTICULO 4°: DEROGAR, toda otra norma que se oponga a la presente Ordenanza.-

ARTICULO 5°: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-