ORDENANZA Nº VIII-0803-HCD-2017: DESIGNA NOMBRE CALLE "CUESTA ALGARROBOS BLANCOS" A CALLE ALOE VERA EN CERRO DE ORO

ORDENANZA Nº VIII-0803-HCD-2017: DESIGNA NOMBRE CALLE "CUESTA ALGARROBOS BLANCOS" A CALLE ALOE VERA EN CERRO DE ORO

Villa de Merlo, (San Luis), 07 de Diciembre de 2017.-

 

ORDENANZA Nº VIII-0803-HCD-2017

 
 

VISTO: 

Las Notas Recibidas Nº 025-HCD-2017 y Nº 784-HCD-2017 ingresadas a este Honorable Concejo Deliberante, con fechas 24 de Febrero y 16 de Noviembre de 2017, respectivamente; y:

CONSIDERANDO:

Que en la primera de ellas un grupo de vecinos de Cerro de Oro, solicitan se asigne el nombre de “Cuesta Algarrobos Blancos” a una Calle Pública del sector, refiriendo que el pedido se inició con fecha 17 de Agosto de 2012; y se continuó mediante las Notas Recibidas N° 339-HCD-2015 y N° 387-HCD-2016, de fechas 08 de Junio de 2015 y 24 de Junio de 2016, respectivamente.-

Que en la segunda de las Notas Recibidas de mención, según refieren, todos los vecinos de dicha Calle Pública, de nombre “Aloe Vera”, según la Ordenanza Nº VIII-0489-HCD-2012, vuelven a reiterar su voluntad de que se cambie el nombre por el de “Cuesta Algarrobos Blancos”, manifestando que originalmente la Calle era de tan solo 4 metros de ancho y que ellos debieron donar 2 metros más para que al menos tenga 6 metros.-

Que se reitera, que todos los vecinos frentistas están de acuerdo con el pedido según refieren en las notas de referencia suscriptas por los interesados, por lo que no se ocasionaría ningún perjuicio a nadie en este sentido.-

Que por todo ello se dispone conforme se expresa a continuación.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

ARTICULO 1º: DESIGNAR con el nombre: “CUESTA ALGARROBOS BLANCOS” a la calle que actualmente se denomina “ALOE VERA”, de Cerro de Oro, de nuestra Villa de Merlo.-

ARTICULO 2º: ORDENAR, la incorporación de la modificación introducida precedentemente en el Nomenclador de Calles Municipal (Ordenanza Nº VIII-0489-HCD-2012.-

ARTICULO 3º: COMUNIQUESE, NOTIFIQUESE, PUBLIQUESE, REGISTRESE Y OPORTUNAMENTE ARCHIVESE.-

 

Los comentarios están cerrados.