ORDENANZA Nº VII-0718-HCD-2016 MODIFICA ORDENANZA TARIFARIA 2016 REF.: CAMPINGS

ORDENANZA Nº VII-0718-HCD-2016 MODIFICA ORDENANZA TARIFARIA 2016 REF.: CAMPINGS

Villa de Merlo (San Luis), 12 de Mayo de 2016.-

 

ORDENANZA Nº VII-0718-HCD-2016

 
 

VISTO:  

Las  Notas Recibidas Nº 056-HCD-2016, Nº 072-HCD-2016 y Nº 199-HCD-2016, ingresadas al Concejo con fechas: 11.03.2016, 17.03.2016 y 26.04.2016;  y:

CONSIDERANDO:

Que la primera de las notas recibidas consignada en el visto, fue presentada por JORGE KLEIN, del Camping Calaguala, manifestando diversas discrepancias con la Ordenanza Tarifaria actual, en relación a la actividad de los campings.-

Que la segunda de las notas recibidas consignada en el visto, fue presentada por el Ingeniero Alberto González del Camping de Cerro de Oro, quien también manifiesta que los aumentos contemplados en la Tarifaria en vigencia son en demasía confrontados con la realidad actual.-

Que con fecha 23.03.2016, el Concejo remitió la Nota Emitida Nº 029-HCD-2016, a la Secretaría de Turismo Municipal, solicitando informe sobre reclamos similares y para que brindara sugerencias sobre los reclamos y modificaciones pretendidas.-

Que la tercera de las Notas Recibidas consignada en el visto, fue presentada por la Sra. Secretaria de Turismo Municipal, en la que realiza un exhaustivo análisis de las diversas situaciones que se generan, sugiriendo analizar la situación de estos prestadores turísticos a fin de impartir equidad en la tributación hacia el estado municipal.-

Que por todo ello se dispone conforme a continuación se establece.-

POR TODO LO EXPUESTO, ESTE HONORABLE CONCEJO  DELIBERANTE DE LA CIUDAD  VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:

 ORDENANZA

 

ARTICULO 1º: MODIFICAR, la Ordenanza Nº VII-0695-2015, (Tarifaria 2016), Artículo 1º, Capítulo 2º, Inc. 3) CAMPING: primer párrafo, el que queda redactado de la siguiente manera: Inc. 3) CAMPING: El Coeficiente General será determinado según el procedimiento empleado en el Rubro Hotelería, aplicando el siguiente Cuadro de Valores:

 

TEMPORADA CANTIDAD DE DIAS OPERATIVOS % DE OCUPACION
 
ALTA 60 DIAS 90%
BAJA 245 DIAS 5%
CERRADO 60 DIAS 0%

ARTICULO 2º: SUPRIMIR, el segundo párrafo del Inc. 3), manteniéndose los subsiguientes en su redacción.-

 

ARTICULO 3º: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-

http://hcdvillademerlo.com.ar.j8a.com.ar/ordenanza-no-vii-0695-hcd-2015-tarifaria-2016/

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