Villa de Merlo (San Luis), 23 de Octubre de 2014.-
ORDENANZA Nº VIII-0629-HCD-2014
VISTO:
La Ordenanza Nº 845-HCD-2003, de fecha 05 de Diciembre de 2003; y:
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza citada en el visto, adjudicó al Sr. HECTOR DANIEL MIGLIORANZA, D.N.I. Nº 12.232.347, en su carácter de propietario de la Fábrica de Elaboración de Dulces Caseros y Conservas Artesanales “El Gringo”, la subparcela “B”, de la Parcela 4, Manzana 5, (según subdivisión del Plano 6/93/87), del Parque Industrial “Eliseo Mercau”.-
Que con fecha 11 de Junio de 2014, ingresó la Nota Recibida Nº 352-HCD-2014, a través de la cual, el interesado, formaliza su pedido de que este H.C.D. genere y produzca los actos administrativos necesarios a fin de concretar la escritura traslativa de dominio, ya que manifiesta haber cumplido con los cargos impuestos por la Ordenanza de adjudicación.-
Que con motivo de ello, el Concejo realizó solicitud ante el D.E.M., a fin de constatar fehacientemente que el peticionante hubiera cumplido acabadamente con la totalidad de los cargos establecidos en la Ordenanza de adjudicación mencionada, según Nota Emitida Nº 132-HCD-2014, de fecha 12.06.2014.-
Que posteriormente ingresó la Nota Recibida Nº 409-HCD-2014, de fecha 03.07.2014, remitida por el Secretario de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Merlo, San Luis, a través de la cual hace saber que MIGLIORANZA ha cumplido con los cargos establecidos en la Ordenanza Nº 845-HCD-2003 y agrega el Acta de Inspección Nº 34684 de fecha 24.06.2014.-
Que la Comisión de Planeamiento de este H.C.D., elevó sus conclusiones al Plenario del Concejo, correspondiendo hacer lugar a lo solicitado por el adjudicatario, por lo que dispone conforme a continuación se expresa.-
POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD VILLA DE MERLO, SAN LUIS, EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
ART. 1º: DECLARAR CUMPLIMENTADOS, por parte del Sr. HECTOR DANIEL MIGLIORANZA, D.N.I. Nº 12.232.347, en su carácter de propietario y responsable de la Fábrica de Elaboración de Dulces Caseros y Conservas Artesanales “El Gringo”, con los cargos establecidos por la Ordenanza Nº 845-HCD-2003 de adjudicación.-
ART. 2º: SOLICITAR al D.E.M., proceda a dictar los actos administrativos que sean pertinentes, a fin de efectivizar la cesión del inmueble individualizado en la norma mencionada ut supra, a través de DONACION LA QUE ESTE H.C.D. DECLARA HOMOLOGADA EN ESTE ACTO, conforme lo han establecido los Arts. 1º y 2º, de la norma precitada, en virtud de lo declarado en el Artículo precedente, y conforme lo establece también la Ley de Régimen Municipal y la Constitución Provincial, para los actos de disposición de bienes que integran el peculio municipal.-
ART. 3º: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE.-